Acuerdo por el que se delegan facultades a favor de servidores públicos de la Secretaría de Seguridad Pública y de sus órganos administrativos desconcentrados: Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, Policía Federal Preventiva, Prevención y Readaptación Social, y Consejo de Menores, para llevar a cabo los...

Fecha de disposición31 Enero 2002
Fecha de publicación31 Enero 2002
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

ACUERDO por el que se delegan facultades a favor de servidores públicos de la Secretaría de Seguridad Pública y de sus órganos administrativos desconcentrados: Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, Policía Federal Preventiva, Prevención y Readaptación Social, y Consejo de Menores, para llevar a cabo los procedimientos de contratación, celebrar, formalizar y suscribir convenios, contratos y pedidos que se deriven de los actos jurídico-administrativos previstos en las leyes y ordenamientos aplicables.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Seguridad Pública.

ACUERDO POR EL QUE SE DELEGAN FACULTADES A FAVOR DE SERVIDORES PUBLICOS DE LA SECRETARIA DE SEGURIDAD PUBLICA Y DE SUS ORGANOS ADMINISTRATIVOS DESCONCENTRADOS: SECRETARIADO EJECUTIVO DEL SISTEMA NACIONAL DE SEGURIDAD PUBLICA, POLICIA FEDERAL PREVENTIVA, PREVENCION Y READAPTACION SOCIAL, Y CONSEJO DE MENORES, PARA LLEVAR A CABO LOS PROCEDIMIENTOS DE CONTRATACION, CELEBRAR, FORMALIZAR Y SUSCRIBIR CONVENIOS, CONTRATOS Y PEDIDOS QUE SE DERIVEN DE LOS ACTOS JURIDICO-ADMINISTRATIVOS PREVISTOS EN LAS LEYES Y ORDENAMIENTOS APLICABLES.

ALEJANDRO GERTZ MANERO, Secretario de Seguridad Pública, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 16, 17 y 30 bis de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 9o. último párrafo de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público; 10 último párrafo de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas y 3o. fracción XVII, 5o., 6o. fracción XIV y 25 del Reglamento Interior de la Secretaría de Seguridad Pública, y

CONSIDERANDO

  1. Que corresponde originalmente a los titulares de las secretarías de Estado el trámite y resolución de los asuntos de su competencia, facultad que puede ser delegada a través de acuerdos, que deberán publicarse en el Diario Oficial de la Federación; con excepción de aquellas que, por disposición de la Ley, deban ser ejercidas directamente por dichos titulares, de conformidad con lo previsto en los artículos 16 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y 5o. párrafo segundo del Reglamento Interior de la Secretaría de Seguridad Pública;

  2. Que se establecen diversas facultades expresas a los titulares de las dependencias de la Administración Pública Federal en las leyes de Adquisiciones, Arrendamientos y servicios del Sector Público, y de Obras Públicas y Servicios Relacionados...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR