Opinión Invitada / Olmo Guerrero: Cuarentena judicial

AutorOpinión Invitada

Ante la situación compleja que vivimos, los tres Poderes de gobierno se encuentran obligados a trabajar en condiciones extraordinarias.

Mientras que algunos Congresos hasta hace poco seguían sesionado limitadamente, otros han recurrido al uso de medios electrónicos para no detener su trabajo.

Por su parte, los Poderes Ejecutivos, de la Federación, Estados y Municipios, han tomado medidas para combatir la pandemia, muchas de las cuales han generado amplio debate sobre su idoneidad e incluso se han apartado de lo estipulado en la Constitución.

En este sentido, el Poder Judicial de la Federación debe continuar ejerciendo su función de garante de derechos fundamentales. Aun cuando muchos de los errores del Poder Ejecutivo y Legislativo se entienden a la luz de una situación de urgencia, los juzgadores federales tienen que estar siempre listos para acotar los excesos en el ejercicio de los otros dos Poderes.

Aunque el miedo nos pueda orillar a aceptar limitaciones a nuestras libertades civiles, todas ellas deben realizarse dentro de los márgenes de nuestro sistema jurídico.

Así, a nivel local se han anunciado acuerdos en los que los municipios de forma unilateral han establecido medidas como toques de queda. EL NORTE publicó también que en Coahuila impidieron el ingreso de automovilistas regiomontanos aludiendo razones de salud.

Todo ello no tiene fundamento legal y resulta preocupante. Al no existir una declaración de excepción de garantías, la actuación de las autoridades, aun con buenas intenciones, simplemente es ilegal.

La importancia del Poder Judicial para controlar esos y otros actos es tal que desde el 31 de marzo se determinó que sus funciones son esenciales. Por ello, ante la pandemia, sus operaciones no pueden suspenderse por ser presupuestales en el Estado.

En este tenor, se emitió el acuerdo de la judicatura 6/2020, y se acotó que, de momento y hasta el 5 de mayo, sólo se tramitarán asuntos urgentes. Para saber si un caso reúne estas características se toman en cuenta los derechos humanos en juego, la trascendencia de su transgresión y el peligro que justifique su estudio inmediato.

Así, tanto los ciudadanos en general y los operadores jurídicos en particular deben realizar actuaciones que coadyuven al correcto funcionamiento de los órganos jurisdiccionales.

Por un lado, es importante al momento de definir qué es un asunto urgente que se comprenda la mayor cantidad de juicios posibles, y volver por ende efectivo el principio de...

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