Opinión Invitada / Jesús Ibarra Cárdenas: Empobreciendo a la democracia

AutorOpinión Invitada

Hasta las teorías de la democracia se separan según su calidad y resultados. Para las perspectivas "minimalistas" el momento estelar es la votación, ahí se muestra el músculo de la mayoría; en contraste, las perspectivas "sustantivas" privilegian el diálogo y la deliberación para convencer -o ser convencido- con la fuerza del mejor argumento.

Los integrantes del Consejo General del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana (IEPC) mostraron su "minimalismo" democrático al vaciar de contenido deliberativo el novedoso mecanismo de consulta popular. La pregunta que aprobaron en torno a la ciclovía que corre por bulevar Marcelino García Barragán opera enfrentando posturas, vuelve irreconciliables los intereses privados y convenientemente sitúa en una posición cómoda al Instituto Electoral: contar votos y determinar una mayoría.

¿Debe permanecer la ciclovía en el bulevar Marcelino García Barragán?, es la cuestión que se tendrá que responder con un "sí debe o no debe". Puesta así, la pregunta oculta el tema de fondo que motiva la consulta popular, encubre el problema y cancela el diálogo informado que tiene que ver con el debate de la movilidad no motorizada en la Zona Metropolitana de Guadalajara, con la configuración del espacio público que es de todos.

El IEPC no sólo hizo una interpretación extravagante y reduccionista de la figura de consulta popular. Además nos quedó a deber información clave que señala el Código Electoral y de Participación Social, por ejemplo, ¿cómo justificaron el tamaño de la "demarcación territorial" para entonces definir el número de firmas requerido? Además, la ley de movilidad indica que "los ciclistas tienen derecho a una movilidad segura y preferencial", así como a "contar con vías de circulación suficientes, seguras e interconectadas y disfrutar de su uso exclusivo", luego ¿qué dice el acuerdo del IEPC acerca de la prohibición de utilizar los instrumentos de participación social para disminuir o revocar el reconocimiento o ampliación de derechos humanos? ¿Hicieron algún tipo de ponderación de derechos?

No hay respuestas a estas preguntas. Los únicos "argumentos" que presenta el IEPC para aprobar la solicitud de consulta popular son...

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