Resolución por la que se aprueba una modificación a los lineamientos operativos sobre condiciones financieras y suspensión de entregas, en materia de facturación

Fecha de disposición13 Noviembre 2002
Fecha de publicación13 Noviembre 2002
EmisorSECRETARIA DE ENERGIA
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

Resolución por la que se aprueba una modificación a los lineamientos operativos sobre condiciones financieras y suspensión de entregas, en materia de facturación.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Comisión Reguladora de Energía.

RESOLUCION No. RES/219/2002

RESOLUCION POR LA QUE SE APRUEBA UNA MODIFICACION A LOS LINEAMIENTOS OPERATIVOS SOBRE CONDICIONES FINANCIERAS Y SUSPENSION DE ENTREGAS, EN MATERIA DE FACTURACION.

RESULTANDO

Primero. Que esta Comisión Reguladora de Energía (esta Comisión) aprobó los Términos y Condiciones Generales para las Ventas de Primera Mano de Gas Natural (los Términos y Condiciones Generales) presentados por Pemex Gas y Petroquímica Básica (PGPB) y su régimen transitorio (el Régimen Transitorio) mediante Resolución número RES/158/2000 de fecha 14 de agosto de 2000;

Segundo. Que mediante Resolución número RES/100/2001, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 5 de julio de 2001, esta Comisión aprobó modificaciones al Régimen Transitorio de modo que durante dicho régimen y una vez celebrados los Acuerdos Base en condiciones especiales que correspondan, los adquirentes a quienes se hayan adjudicado o se adjudiquen contratos de compromiso de capacidad de generación de energía eléctrica y compraventa de energía eléctrica asociada en las licitaciones convocadas por la Comisión Federal de Electricidad (CFE) puedan celebrar los contratos de venta de primera mano de gas natural previstos en la Cláusula 7 de los Términos y Condiciones Generales en plazos que podrían ser menores a los establecidos en dichos Términos y en su Régimen Transitorio;

Tercero. Que el 26 de abril de 2002 esta Comisión, mediante Resolución número RES/063/2002, aprobó los Lineamientos Operativos sobre Condiciones Financieras y Suspensión de Entregas (los Lineamientos) para su aplicación a los contratos celebrados en términos de la Resolución número RES/100/2001;

Cuarto. Que mediante Resolución número RES/110/2002 esta Comisión modificó el alcance de la Resolución número RES/100/2001, a fin de incluir a otros generadores de energía eléctrica que para el desarrollo de sus proyectos requieran contratos de venta de primera mano de gas natural a largo plazo en condiciones especiales;

Quinto. Que mediante escrito GV-0257/02 de fecha 5 de junio de 2002, PGPB solicitó a esta Comisión le apruebe modificar la Cláusula 5.1 de los Lineamientos con objeto de establecer plazos de emisión de facturas de gas natural diferentes a los aprobados para los adquirentes que cuenten con un contrato de venta de primera mano de acuerdo con la Cláusula 4 Condiciones Especiales de los Términos y Condiciones Generales;

Sexto. Que PGPB modificó su planteamiento inicial mediante escritos GV-0275/2002 y GV-0307/02 de fechas 14 de junio y 3 de julio de 2002, respectivamente, y

Séptimo. Que en los escritos relacionados en los resultandos quinto y sexto, PGPB ha sido representado por el Lic. Juan Marcelo Parizot Murillo quien...

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