DECRETO QUE AUTORIZA AL ORGANISMO OPERADOR MUNICIPAL DE AGUA POTABLE ALCANTARILLADO Y SANEAMIENTO DE BAHIA DE BANDERAS, NAYARIT; A CONTRATAR UNA LINEA DE CREDITO CON BANOBRAS S.N.C.

Al margen un Sello con el Escudo Nacional que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Poder

Legislativo.- Nayarit.

LIC. NEY GONZÁLEZ SÁNCHEZ, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Nayarit, a los habitantes del mismo, sabed:

Que el H. Congreso Local, se ha servido dirigirme para su promulgación, el siguiente:

DECRETO

El Congreso del Estado Libre y Soberano de Nayarit representado por su XXIX Legislatura, decreta

AUTORIZAR

AL

ORGANISMO

OPERADOR

MUNICIPAL

DE

AGUA

POTABLE

ALCANTARILLADO Y SANEAMIENTO DE BAHIA DE

BANDERAS, NAYARIT; A CONTRATAR UNA LÍNEA

DE CRÉDITO CON BANOBRAS S.N.C.

ARTÍCULO PRIMERO: Se autoriza al Organismo Operador Municipal de Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento de Bahía de Banderas; Organismo Público Descentralizado de la administración pública municipal, por conducto de su Director General, para que con la garantía y/o deuda solidaria del Municipio de Bahía de Banderas, Estado de Nayarit, contrate con el Banco Nacional de Obras y Servicios Públicos, Sociedad Nacional de

Crédito, Institución de Banca de Desarrollo, un crédito en cuenta corriente, irrevocable y contingente, hasta por la cantidad de: $9’000,000.00 (Nueve Millones de Pesos 00/100.

M.N.), mas el 50% si esto fuera necesario, a precios de Noviembre de 2010, cantidad equivalente a 3 meses de la contraprestación incluyendo el IVA que se genere por el pago de la contraprestación, pactada en el contrato de prestación de servicios a celebrarse por el Organismo Operador Municipal de Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento de Bahía de Banderas, Nayarit; y la empresa que resulte ganadora con motivo de la licitación pública nacional correspondiente, actualizable conforme al Índice Nacional de Precios al

Consumidor, más las cantidades que se requieran para el pago de accesorios financieros, impuestos, comisiones e intereses.

ARTÍCULO SEGUNDO: Se autoriza al Organismo Operador Municipal de Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento de Bahía de Banderas, Nayarit para que afecte como fuente de pago del crédito que contrate con base en la presente autorización, los ingresos y/o las partidas presupuestales que legalmente le correspondan conforme a la legislación aplicable.

Sábado 25 de Diciembre de 2010 Periódico Oficial 3

ARTÍCULO TERCERO

El crédito que contrate el Organismo Operador Municipal de Agua.

Potable, Alcantarillado y Saneamiento de Bahía de Banderas, Nayarit, con base en la presente autorización, deberá destinarse para cubrir posibles faltantes de liquidez en el pago de las obligaciones derivadas de amortizaciones de la inversión para la construcción, operación, explotación, conservación y mantenimiento de la planta de tratamiento de

Bahía de Banderas, que incluye el tratamiento, estabilización y disposición...

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