Ojo con las promesas de una compraventa

AutorJuan Antonio Moreno

Para amarrar la compraventa de inmuebles es común que los interesados suscriban contratos de promesa que los obligan al cierre futuro de la operación.

Se trata de contratos preparatorios a la celebración de la escritura pública, explica Ernesto Pérez-Charles, titular de Notaría Pública No. 133.

"(Estos contratos) dejan claro cuáles son las obligaciones que están estableciendo cada una de las partes y el plazo en que cumplirán éstas", indica.

El también fedatario del Patrimonio Inmobiliario Federal señala que omitir la celebración de dichos contratos es riesgoso.

"(Es posible) que no esté claro el bien que se va a vender, el precio que se pagará por la transmisión del mismo y el plazo en que se va a celebrar la escritura", opina.

Pero si vas a comprar una propiedad y te piden suscribir un contrato de promesa, evita los pagos anticipados.

Considera que si das un "enganche", deshacer el trato podría resultar complicado.

Esto porque, desde el punto de vista legal, si existe un pago de por medio implica que los acuerdos de promesa en realidad son contratos de compraventa.

"Lo que en el medio inmobiliario se le llama promesa en realidad es una compraventa a plazos o en abonos", subraya Miguel Ángel Martínez, socio del Centro de Consultoría y Capacitación Inmobiliaria (CCCI).

La Suprema Corte de la Nación establece que cuando se entrega un anticipo o la posesión ya no es una promesa sino una...

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