Oficio mediante el cual la Secretaría de Hacienda y Crédito Público autoriza a la Comisión Nacional del Agua, bajo la figura de aprovechamientos, las cuotas de garantía de no caducidad de derechos de aguas nacionales

Fecha de disposición01 Junio 2012
Fecha de publicación01 Junio 2012
MateriaDerecho Fiscal
EmisorSECRETARIA DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

OFICIO mediante el cual la Secretaría de Hacienda y Crédito Público autoriza a la Comisión Nacional del Agua, bajo la figura de aprovechamientos, las cuotas de garantía de no caducidad de derechos de aguas nacionales. "Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- Subsecretaría de Ingresos.- Unidad de Política de Ingresos.- Dirección General Adjunta de Impuestos Indirectos, Derechos, Productos y Aprovechamientos.- 349-A-V 053. México D.F., 07 MAR 2012

C.P. Joaquín Luna Vicuña Director de Contabilidad de la Dirección General de Programación y Presupuesto de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales Av. San Jerónimo No. 458, 1er Piso Col. Jardines del Pedregal C.P. 01900, México, D.F. Me refiero al oficio No. 511.4/035, de fecha 07 de febrero de año en curso, enviado al Dr. Ernesto Revilla Soriano Jefe de la Unidad d Política de Ingresos, mediante el cual, en el marco de las disposiciones normativas que establece el artículo 10 de la Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2012, remite solicitud de autorización del aprovechamiento aplicable para la determinación de la cuota de garantía de no caducidad de derechos de aguas nacionales. Sobre el particular, con fundamento en los artículos 31, fracción XI de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 42, fracción VIII del Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público; 3 del Código Fiscal de la Federación; y 10 de la Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2012, esta Secretaría, con el objetivo de racionalizar los volúmenes concesionados y asignados de la aguas nacionales, autoriza a la Comisión Nacional del Agua, bajo la figura de aprovechamientos, las cuotas que se indican en el anexo, el cual forma parte integral de la presente autorización (1 hoja). La determinación y pago del aprovechamiento correspondiente se efectuará de conformidad con los lineamientos que establece El Reglamento para la determinación y pago de la cuota de garantía de no caducidad de derechos de aguas nacionales, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 27 de mayo del 2011, a través del Sistema de Declaraciones y Pago Electrónico Declar@gua en los portales de internet o ventanillas bancarias de las instituciones de crédito autorizadas por esta Secretaría bajo la clave 700174, Cuota de garantía de no caducidad de derechos de aguas nacionales...

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