Acuerdo por el que se hacen del conocimiento público los días inhábiles de la Oficina de Información Pública de la Secretaría de Desarrollo Social del Distrito Federal, correspondientes al año 2013 y enero 2014, para todo tipo de actos y procedimientos de esta oficina

ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL SECRETARÍA DE DESARROLLO SOCIAL

ACUERDO POR EL QUE SE HACEN DEL CONOCIMIENTO PÚBLICO LOS DÍAS INHÁBILES DE LA OFICINA DE INFORMACIÓN PÚBLICA DE LA SECRETARÍA DE DESARROLLO SOCIAL DEL DISTRITO FEDERAL, CORRESPONDIENTES AL AÑO 2013 Y ENERO 2014, PARA TODO TIPO DE ACTOS Y PROCEDIMIENTOS DE ESTA OFICINA.

ROSA ICELA RODRÍGUEZ VELAZQUEZ, SECRETARIA DE DESARROLLO SOCIAL, con fundamento en los artículos 87 y 115 del Estatuto de Gobierno de l Distrito Federal; 15 fracción VI, 16 fracciones III y IV y 28 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; 7, 46, 47, 50, 51 y 58 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal; y 11 de la Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal y:

CONSIDERANDO

1. Que la Secretaría de Desarrollo Social del Distrito Federal es una Dependencia de la Administración Pública del Distrito Federal de acuerdo con lo establecido en los artículos 15, fracción VI y 28 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal, correspondiéndole el despacho de las materias relativas al desarrollo social, alimentación, promoción de la equidad, recreación, información social y servicios sociales comunitarios.

2. Que de conformidad con lo establecido por los artículos 46 y 58 de Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal, la Secretaría de Desarrollo Social, por ser un Ente Obligado, cuenta con una Oficina de Información Pública, a través de la cual las personas ejercen su derecho de acceso a la información pública.

3.-Que la actuación de la Administración Pública del Distrito Federal se encuentra regulada por la Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal, donde se establece que las actuaciones y diligencias de orden administrativo deberán ser ejecutadas en días hábiles, y que se consideran inhábiles, entre otros, aquellos en que se suspendan de manera general las labores de las Dependencias, Delegaciones, Órganos Desconcentrados o Entidades de la Administración Pública del Distrito Federal.

4.- Que la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, en su artículo 29, establece que serán días de descanso obligatorio los que señale el calendario oficial y el que determinen las leyes federales y locales electorales, en el caso de elecciones ordinarias, para efectuar la jornada electoral.

5.- Que de acuerdo a la última reforma del Decreto por el que se establece el Calendario Oficial, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 27 de enero de 2006, son días de descanso obligatorio el 1 de enero, el primer lunes de febrero en conmemoración...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR