Resolución por la que se modifican los artículos primero, cuarto, quinto, sexto, séptimo, octavo y noveno, y se adicionan los artículos décimo y décimo primero de la autorización otorgada al Grupo Financiero Bital, S.A. de C.V., para constituirse como sociedad controladora filial y operar como grupo financiero

Fecha de disposición05 Marzo 2004
Fecha de publicación05 Marzo 2004
EmisorSECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

Resolución por la que se modifican los artículos primero, cuarto, quinto, sexto, séptimo, octavo y noveno, y se adicionan los artículos décimo y décimo primero de la autorización otorgada al Grupo Financiero Bital, S.A. de C.V., para constituirse como sociedad controladora filial y operar como grupo financiero.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- Subsecretaría de Hacienda y Crédito Público.- Unidad de Banca y Ahorro.

RESOLUCION UBA/128/2003

La Secretaría de Hacienda y Crédito Público, a través de la Unidad de Banca y Ahorro, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 31 fracciones VII y XXV de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, 27-D y 27-J de la Ley para Regular las Agrupaciones Financieras y en ejercicio de las atribuciones que le confiere el artículo 27 fracción XXVI del Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, así como en atención a los siguientes:

ANTECEDENTES

Esta Secretaría, mediante el oficio 102-B-358 del 29 de octubre de 2002, autorizó a HSBC Holdings, plc. (sociedad constituida de conformidad con las leyes del Reino Unido de la Gran Bretaña e Irlanda del Norte, que tiene el carácter de Sociedad Relacionada de conformidad con las Reglas para el Establecimiento de Filiales de Instituciones Financieras del Exterior), para adquirir la totalidad menos una de las acciones representativas del capital social de Grupo Financiero Bital, S.A. de C.V., y de esta forma convertir a dicha sociedad controladora en filial, con fundamento en lo dispuesto por el Acuerdo de Asociación Económica, Concertación Política y Cooperación entre los Estados Unidos Mexicanos y la Comunidad Europea y sus Estados Miembros, el artículo 27-J de la Ley para Regular las Agrupaciones Financieras y las cuarta, quinta, sexta y séptima de las reglas para el Establecimiento de Filiales de Instituciones Financieras del Exterior.

Mediante oficio DGBA/DGABM/353/2003 del 14 de mayo de 2003, esta dependencia aprobó la reforma integral de los Estatutos Sociales de Grupo Financiero Bital, S.A. de C.V., acordada en la asamblea general extraordinaria de accionistas de dicho Grupo, celebrada el 5 de diciembre de 2002, a efecto de reflejar su conversión en filial y el aumento de su capital social en la parte fija, el cual ascendió a $1,923 033,144.00 (un mil novecientos veintitrés millones treinta y tres mil ciento cuarenta y...

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