Declaratoria de Emergencia con motivo de los daños ocasionados a la población de Nextipac, en sus viviendas y cultivos por el fenómeno geológico en el Municipio de Zapopan del Estado de Jalisco
Emisor | Secretaría de Gobernación |
DECLARATORIA de Emergencia con motivo de los daños ocasionados a la población de Nextipac, en sus viviendas y cultivos por el fenómeno geológico en el Municipio de Zapopan del Estado de Jalisco.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Gobernación.
MARIA DEL CARMEN SEGURA RANGEL, Coordinadora General de Protección Civil de la Secretaría de Gobernación, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 12 fracción IX y 29, 30, 33 y 37 de la Ley General de Protección Civil; 10 fracciones XVIII y XIX del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación; numeral 31 del Acuerdo que establece las Reglas de Operación del Fondo de Desastres Naturales (FONDEN) vigentes, y el artículo 10 del Acuerdo que establece los Lineamientos Generales para la Utilización del Fondo Revolvente, y
CONSIDERANDO
Que por petición escrita a la Secretaría de Gobernación, el C. Gobernador del Estado de Jalisco, mediante oficio CISG 1657/2004, de fecha 30 de junio de 2004, solicitó la emisión de la Declaratoria de Emergencia, en virtud de los daños ocasionados a la población, por el fenómeno geológico.
Que el Centro Nacional de Prevención de Desastres (CENAPRED), mediante oficio número HOO-D.G./552/2004, de fecha 2 de julio de 2004, envió a esta Coordinación la Notificación Técnica número 04-20 en la que informó que el día 30 de junio del presente, se reportó a las autoridades de Protección Civil la presencia de agrietamientos en el terreno, que habían sido precedidos por una inundación considerable. La longitud total de la grieta, medida el 1 de julio, fue de 1,070 m, con dirección N15° W, ancho de hasta 4-5 m y profundidades entre 15 y 20 m. Los mayores efectos del fenómeno se observaron en la parte central de la grieta, en un segmento de aproximadamente 500 m. Como consecuencia del fenómeno, fue necesario reubicar a 60 familias, la gran mayoría asentadas en el área inmediata a la zona central de la grieta, donde se presentaron los mayores hundimientos y aberturas. En esta área, también fueron identificadas otras grietas, con longitud no mayor a 150 m y con mucho menor desarrollo en profundidad, cuya dirección muestra una tendencia transversal a la grieta principal. Por los acontecimientos descritos, se recomienda declarar en emergencia al Municipio de Zapopan.
Con base en lo anterior, se estimó procedente emitir la siguiente:
DECLARATORIA DE EMERGENCIA CON MOTIVO DE...
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