Declaratoria de Desastre Natural para efectos de las Reglas de Operación del Fondo de Desastres Naturales (FONDEN) vigentes, en virtud de los daños provocados por las lluvias atípicas e impredecibles que se presentaron del 22 al 24 de septiembre de 2002, ocasionadas por la presencia del huracán Isidore, que afectaron al Patrimonio Cultural ...

Fecha de disposición24 Septiembre 2002
Fecha de publicación23 Octubre 2002
EmisorSECRETARIA DE GOBERNACION
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

DECLARATORIA de Desastre Natural para efectos de las Reglas de Operación del Fondo de Desastres Naturales (FONDEN) vigentes, en virtud de los daños provocados por las lluvias atípicas e impredecibles que se presentaron del 22 al 24 de septiembre de 2002, ocasionadas por la presencia del huracán Isidore, que afectaron al Patrimonio Cultural (monumentos arqueológicos e históricos) de diversos municipios de los estados de Quintana Roo y Tabasco, solicitada por el Instituto Nacional de Antropología e Historia (INAH).

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Gobernación.

DECLARATORIA DE DESASTRE NATURAL PARA EFECTOS DE LAS REGLAS DE OPERACION DEL FONDO DE DESASTRES NATURALES (FONDEN) VIGENTES, EN VIRTUD DE LOS DAÑOS PROVOCADOS POR LAS LLUVIAS ATIPICAS E IMPREDECIBLES QUE SE PRESENTARON DEL 22 AL 24 DE SEPTIEMBRE DE 2002, OCASIONADAS POR LA PRESENCIA DEL HURACAN ISIDORE , QUE AFECTARON AL PATRIMONIO CULTURAL (MONUMENTOS ARQUEOLOGICOS E HISTORICOS) DE DIVERSOS MUNICIPIOS DE LOS ESTADOS DE QUINTANA ROO Y TABASCO, SOLICITADA POR EL INSTITUTO NACIONAL DE ANTROPOLOGIA E HISTORIA (INAH).

SANTIAGO CREEL MIRANDA, Secretario de Gobernación, asistido por María del Carmen Segura Rangel, Coordinadora General de Protección Civil de dicha Secretaría, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 27 fracción XXIV de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 12 fracción IX y 29 al 37 de la Ley General de Protección Civil; 5, fracciones I y XXIV y 10 del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación, y numerales 45, 46, 47, Capítulo IV, Sección IV y Anexo IX del Acuerdo que establece las Reglas de Operación del Fondo de Desastres Naturales (FONDEN) vigentes, y

CONSIDERANDO

Que el Acuerdo que establece las Reglas de Operación del Fondo de Desastres Naturales (FONDEN) vigentes, precisa que el FONDEN tiene como objetivo atender los efectos de desastres naturales imprevisibles, cuya magnitud supere la capacidad financiera de respuesta de las dependencias y entidades federales, así como de las entidades federativas y que es un complemento de las acciones que deben llevarse a cabo para la atención de desastres naturales.

Que por petición escrita a la Secretaría de Gobernación, el C. Director General del Instituto Nacional de Antropología e Historia (INAH), mediante oficios número 401-1-300, 401-1-301, 401-1-302, 401-1-303 y...

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