Convocatoria para la Convención Obrero Patronal revisora del Contrato Ley de la Industria de la Radio y la Televisión

EdiciónMatutina
EmisorSecretaria del Trabajo y Previsión Social

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría del Trabajo y Previsión Social.- Unidad de Funcionarios Conciliadores.- Contrato Ley-Radio y Televisión.- Oficio 12/212/(72)/18 Legajo 51.

Asunto: CONVOCATORIA PARA LA CONVENCIÓN OBRERO PATRONAL REVISORA DEL CONTRATO LEY DE LA INDUSTRIA DE LA RADIO Y LA TELEVISIÓN.

México, Distrito Federal, a veinticuatro de octubre de dos mil trece.

VISTO el expediente administrativo número 12/212/(72)/18 legajo 51, formado en la Unidad de Funcionarios Conciliadores de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, con motivo de las solicitudes de trabajadores sindicalizados, para que se convoque a una Convención Obrero Patronal Revisora del Contrato Ley de la Industria de la Radio y la Televisión en su forma integral, con fundamento en el artículo 419 fracciones I y II de la Ley Federal del Trabajo, presentadas en esta Dependencia por los sindicatos: De trabajadores de la Industria de la Radiodifusión, Televisión, Similares y Conexos de la República Mexicana (CTM), Industrial de Trabajadores y Artistas de Televisión y Radio, Similares y Conexos de la República Mexicana (CTM) e industrial de Empleados y Artistas de Radiodifusoras y Televisoras, Similares y Conexos de la República Mexicana (CTM) a través de sus escritos recibidos en esta Unidad los días nueve, diez y quince de octubre de dos mil trece respectivamente, y

CONSIDERANDO

PRIMERO.- Que por convenio de treinta y uno de enero de dos mil doce, firmado por patrones y trabajadores sindicalizados, representantes del interés profesional de la Industria de la Radio y la Televisión, se dio por revisado en su forma integral, el Contrato Ley de esta Rama Industrial, señalándose en la cláusula séptima una vigencia del primero de febrero del año de dos mil doce al treinta y uno de enero del año dos mil catorce. El referido convenio y el Contrato Ley íntegro se publicaron en el Diario Oficial de la Federación de primero de marzo de dos mil doce.

SEGUNDO.- Que el Contrato Ley mencionado fue modificado en su aspecto salarial, por convenio de fecha treinta y uno de enero de dos mil trece, publicado en el Diario Oficial de la Federación el dieciocho de febrero de dos mil trece.

TERCERO.- Que atendiendo las solicitudes recibidas con fechas nueve, diez y quince de octubre de dos mil trece, formuladas en tiempo por los sindicatos afectos al Contrato Ley de la Industria de la Radio y la Televisión, que se mencionan en el proemio...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR