Objeta IP nueva Ley de Amparo

AutorVerónica Gascón

El sector empresarial advirtió ayer que si se aprueba una nueva Ley de Amparo en la que se elimine la figura de suspensión judicial, no se podrá frenar lo que consideran abusos de autoridad.

Gerardo Gutiérrez Candiani, presidente del Consejo Coordinador Empresarial (CCE), indicó que las fracciones XI y XIII del artículo 129 del proyecto aprobado ayer por la Comisión de Justicia de la Cámara de Diputados, dejan vulnerables a las compañías que prestan servicios financieros o públicos, entre ellas las que explotan alguna concesión como televisión, telefonía y aviación, entre otras.

A través de este artículo, dijo el presidente del CCE, se busca evitar que se otorgue la suspensión en favor de los particulares que se inconformen ante decisiones de la autoridad.

"La suspensión es una condición de acceso a la justicia efectiva y es un acto protegido tanto por la Constitución como por los tratados internacionales.

"La suspensión en el amparo ha sido siempre un elemento fundamental que se ha tenido para evitar abusos de la autoridad. Ese es el tema, que no se preste a discrecionalidad de una autoridad, es lo que se está tratando de evitar", comentó.

Fortino Delgado, jurídico de la Confederación Patronal de la República Mexicana (Coparmex), consideró que cualquier ciudadano tiene derecho a solicitar la suspensión de un acto de autoridad cuando haya violación a las garantías individuales, pero con esta iniciativa la suspensión procedería sólo en ciertos casos.

"Si se limita la suspensión provisional a un sector determinado, se está vulnerando el debido proceso de generalidad, pues la ley es para todos.

"No puedes quitar derechos ya otorgados en la ley de amparo de un momento a otro", comentó Delgado.

La redacción del artículo 129 considera que la suspensión puede ser contraria al interés social si se impiden los procedimientos relativos a la intervención, quiebra o liquidación de entidades financieras, y que se aplican para proteger al público ahorrador o salvaguardar el sistema de pagos.

ASÍ LO DIJO

"La suspensión es una condición de acceso a la justicia efectiva y es un acto protegido tanto por la Constitución como por los tratados internacionales".

Gerardo Gutiérrez Candiani

Presidente del CCE

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