Decreto Núm. 340. por el que se Reforman el Artículo 35 Bis, la Fracciones Iii y Iv del Artículo 36, y el Primer Párrafo del Artículo 36 Bis 2; y se Adiciona una Fracción V al Artículo 36, todos de la Ley Orgánica del Poder Judicial del estado de Nuevo León.

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