Nuevas causales para la cancelación de certificados digitales

AutorMtro. Fernando Rafael Ramos Gallardo
CargoLicenciado en Derecho por la Universidad de Guadalajara. Maestría en Impuestos por el Instituto de Especialización para Ejecutivos. Asociado a la firma Gallardo Flores y Asociados S.C. estando encargado en el área de litigios. Columnista en la revista Consejero Empresarial
Páginas15-16
www.iee.edu.mx
Texto: Mtro. Fernando Rafael Ramos Gallardo
A partir de la reforma al Código Fiscal de la
Federación (CFF) vigente para el año 2014
se dotan de nuevas atribuciones a las
autoridades fiscales para que puedan
ejercer medidas de gestión hacia los
contribuyentes con el objeto de que se
pongan al corriente en el cumplimiento de
sus obligaciones fiscales, un ejemplo de
esto lo podemos apreciar con la reforma el
Artículo 17-H en su Fracción X del referido
ordenamiento que habilita a las autoridades
para que puedan dejar sin efectos los
certificados digitales cuando se omitan de
forma seguida 3 declaraciones de
impuestos, no se localice al contribuyente,
o se le infraccione por no cumplir
debidamente sus obligaciones fiscales.
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IEE Plantel Guadalajara
Fuente: Google.com
En la Regla Miscelánea 2.2.3. se establece
el procedimiento para cancelar los sellos
digitales y el proceso de aclaración del
contribuyente; sin embargo aquí cabe
destacar que primero se ejerce la atribución
y luego permiten defenderse lo que pudiera
considerarse que vulnera la garantía de
audiencia previa que es un principio
constitucional que estatuye que antes de
cualquier acto de privación se le otorgue al
gobernado la oportunidad de ser oído y
vencido en un juicio. La Regla en cita se
trascribe a continuación:
“Procedimiento para dejar sin efectos el
certificado de sello digital de los
contribuyentes, restringir el uso del
certificado de Firme Electrónica (FIEL) o el
mecanismo que utilizan las personas
físicas para efectos de la expedición de
Comprobante Fiscal Digital por Internet
(CFDI) y procedimiento para desvirtuar o
subsanar las irregularidades detectadas.
NUEVAS
CAUSALES PARA
LA
CANCELACIÓN
DE
CERTIFICADOS
DIGITALES
Fuente: Google.com

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