Circular por la que se comunica a las dependencias, Procuraduría General de la República y entidades de la Administración Pública Federal, así como a las entidades federativas, que el Noveno Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito otorgó el amparo y protección de la Justicia Federal a las empresas Direct Global Media Inc. y DGMC, LLC.
Edición | Matutina |
Emisor | Secretaría de la Función Pública |
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de la Función Pública.- Organo Interno de Control en el Consejo de Promoción Turística de México, S.A. de C.V.- Area de Responsabilidades. CIRCULAR No. 21/355/OIC/AR/297/2008
CIRCULAR POR LA QUE SE COMUNICA A LAS DEPENDENCIAS, PROCURADURIA GENERAL DE LA REPUBLICA Y ENTIDADES DE LA ADMINISTRACION PUBLICA FEDERAL, ASI COMO A LAS ENTIDADES FEDERATIVAS, QUE EL NOVENO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO, OTORGO EL AMPARO Y PROTECCION DE LA JUSTICIA FEDERAL A LAS EMPRESAS DIRECT GLOBAL MEDIA INC., Y DGMC, LLC.
Oficiales mayores de las dependencias,
Procuraduría General de la República
y equivalentes de las entidades de la
Administración Pública Federal y de los
gobiernos de las entidades federativas.
Presentes.
Con fecha 25 de septiembre de 2008, el Noveno Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, dentro de la revisión en amparo número R.A. 276/2008, promovido por las empresas Direct Global Media Inc. y DGMC, LLC., en contra de la sentencia dictada en el juicio de amparo número 1274/2007 por el Juzgado Decimoprimero de Distrito en Materia Administrativa en el Distrito Federal; dictó sentencia en la que modificó la sentencia recurrida y otorgó el amparo y protección de la Justicia Federal a las empresas quejosas, para el efecto de que las autoridades responsables dejen insubsistentes la resolución contendida en el oficio número 21/355/OIC/AR/229/2007 de 29 de agosto de 2007, mediante el cual se dictó resolución definitiva en el procedimiento administrativo sancionador instruido en el expediente OIC/AR/SP/48/2007, así como sus efectos y consecuencias legales, y en cuyos puntos resolutivos, señaló lo siguiente:
PRIMERO.- Se modifica la sentencia recurrida.
SEGUNDO.- Se sobresee en el juicio de garantías...
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