Notificaciones del Tribunal Superior de Justicia.

DEL ESTADO DE YUCATAN. S A L A C O L E G I A D A P E N A L.

E D I C T O S DRA. SILVIA ELINA GONZÁLEZ CETZ. (PERITO) DOMICILIO: IGNORADO.

Que en el toca penal marcado con el número 244/2018 relativo al recurso de apelación interpuesto por el sentenciado ROBERTO ISRAEL TORRES DURÁN (O) ROBERTO ISRRAEL TORRES DURÁN, y sus defensores particulares, quienes lo son los Licenciados en derecho Carlos Alberto Chable Contreras y Mateo Iván González Berzunza, en contra de la sentencia de fecha 30 treinta de marzo del año 2016 dos mil dieciséis, dictada por el entonces Juez Sexto Penal del Primer Departamento Judicial del Estado, en la causa número 0317/2011, migrada al Juzgado Segundo Penal del Primer Departamento Judicial del Estado, con el número 0859/2011, en la que se declaró PENALMENTE RESPONSABLE al citado sentenciado apelante, del delito de LESIONES CALIFICADAS en agravio de Neftali Marentes Mut (o) Neftaly Marantes Moot, denunciado por la citada agraviada y por el ciudadano Reynaldo Marentes Marrufo e imputado por la Representación Social; se ha dictado un acuerdo que es del tenor literal siguiente: -------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- “Mérida, Yucatán, a 27 veintisiete de junio del año 2019 dos mil diecinueve.----------------------------------------- Se tienen por recibidos en la Secretaría de esta Sala Colegiada Penal lo siguiente:-----------------------------1.- El oficio número de control 527/2019 quinientos veintisiete diagonal dos mil diecinueve, signado por el ciudadano Juan Carlos Gómez Blanco, Apoderado Legal de la empresa denominada Cablemas Telecomunicaciones, Sociedad Anónima de Capital Variable de fecha 12 doce de junio del año en curso y recibido el día siguiente, por medio del cual en contestación al diverso oficio número 491 cuatrocientos noventa y uno de fecha 4 de abril del año en curso, hace del conocimiento que en las áreas técnicas y operativas de su representada No se encontraron registro alguno en su base de datos a nombre de SILVIA ELINA GONZÁLEZ CETZ.------------------------------------------------------------------------------------------------

  1. - El oficio número 700-71-00-00-01-2019-1764 dos mil diecinueve guion mil setecientos sesenta y cuatro, firmado por la Licenciada Leticia Jeanett Martínez Medina, Administradora Desconcentrada de Servicios al Contribuyente de Yucatán “1” uno con sede en Yucatán, fechado el 17 diecisiete de junio del año en curso, presentado el día siguiente, por medio del cual en atención al oficio número 941 novecientos cuarenta y uno del 11 once de junio del presente año que le fuera enviado por esta Autoridad, requiriéndole información de la ciudadana Silvia Elina González Cetz, manifiesta que se encontraron datos a nombre del referida González Cetz, mismos que se encuentran señalados en su respectivo oficio.----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- En mérito de lo anterior con fundamento en los artículos 30 treinta y 189 ciento ochenta y nueve del Código de Procedimientos en Materia Penal del Estado, agréguese los oficios de cuenta a los autos del toca en el que se actúa, junto con el anexo que se acompaña en el segundo, para los efectos legales que correspondan.-------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- Por otra parte, vistos los autos y constancias que conforman el presente toca penal, en especial la constancia levantada el pasado 21 veintiuno de mayo del año en curso, por el Actuario adscrito a esta Sala Colegiada Penal, en la que se aprecia en su parte conducente que se constituyó al predio número 829 ochocientos veintinueve de la calle 51-A cincuenta y uno letra ”A” por 126 ciento veintiséis y 130 ciento treinta del Fraccionamiento las Quintas Mulsay, a efecto de notificar el acuerdo de fecha 10 diez de mayo del presente a la doctora SILVIA ELINA GONZÁLEZ CETZ, y previamente debidamente constituido en el domicilio, no pudo llevar a cabo la notificación del acuerdo, toda vez que dicho predio se encuentra siempre cerrado, que en varias ocasiones y a diversas horas en diferentes días se apersono a dicho domicilio siempre encontrándolo cerrado; por lo que procedió a preguntar a vecinos de los predios aledaños informándole que hace aproximadamente 5 cinco meses que no han visto a persona alguna en el predio en cuestión y no saben si alguien habita esa casa. Seguidamente se constituyó al predio número 208-B doscientos ocho letra “B” de la calle 33 treinta y tres por 34 treinta y cuatro y 36 treinta y seis de la colonia Francisco I. Madero de esta ciudad, a efecto de notificar el acuerdo antes mencionado a la doctora SILVIA ELINA GONZÁLEZ CETZ, y previamente debidamente constituido en el domicilio, no pudo realizar su encomienda, ya que fue informada por una persona del sexo femenino quien le omitió proporcionar su nombre, que la galena no vive en dicho predio y que ella es la actual propietaria; lo anterior concatenado con la diversa constancia levantada el 24 veinticuatro de mayo del año en curso, por

    el Secretario de Acuerdos de esta Sala Colegiada Penal, se advierte que la doctora SILVIA ELINA GONZÁLEZ CETZ no compareció a la diligencia de ratificación del EXAMEN DE INTEGRIDAD FÍSICA, practicado en la persona de Neftaly Marantes Moot en el “Centro Médico de las Américas”, el 28 veintiocho de septiembre del año 2011 dos mil once, el cual obra agregado a los autos de la causa penal 317/2011 del índice del desaparecido Juzgado Sexto Penal del Primer Departamento Judicial del Estado, actualmente migrada al Juzgado Segundo del mismo ramo, bajo el nuevo número de causa penal 859/2011, la cual dio origen al presente toca, específicamente a foja 5 cinco de la misma; en consecuencia, con el fin de no retrasar la secuela procedimental de este asunto en perjuicio de las partes, resulta procedente diferir como desde luego se difiere la ya citada diligencia de ratificación, fijándose como nueva fecha y hora para su perfeccionamiento el próximo día 09 NUEVE DE JULIO DEL AÑO 2019 DOS MIL DIECINUEVE A LAS 10:00 DIEZ HORAS, misma que habrá de tener lugar en el local que ocupa las instalaciones de esta Sala Colegiada Penal en el interior del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Yucatán. Por lo anteriormente expuesto se advierte que hasta la presente fecha no ha sido posible localizar a la multicitada experta SILVIA ELINA GONZÁLEZ CETZ en los inmuebles que se señalaron como los que posiblemente habita, por los motivos que se expusieron, luego entonces, es claro que la misma es de domicilio ignorado, por tanto, con fundamento en el artículo 65 sesenta y cinco del Código de Procedimientos en Materia Penal, aplicable, resulta pertinente notificarle el contenido del presente acuerdo por medio de EDICTOS PUBLICADOS POR 03 TRES DÍAS CONSECUTIVOS EN EL DIARIO OFICIAL DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE YUCATÁN, haciéndole saber que deberá asistir puntualmente en la hora y fecha señalada con antelación para el desahogo de la diligencia de ratificación, acompañada de una identificación oficial con fotografía (credencial para votar, licencia de conducir, cédula profesional, pasaporte u otro documento análogo). Finalmente, toda vez que de autos se desprende que el Licenciado en Derecho Francisco de Jesús Catzín Sánchez, protesto el cargo de asesor jurídico del Coadyuvante de la Representación Social ciudadano Reynaldo Marentes Marrufo, y de la víctima ciudadana Neftali Marentes Mut (o) Neftaly Marantes Moot, mismo que se encuentra adscrito a la Comisión Ejecutiva Estatal de Atención a Víctimas, notifíquesele el contenido del presente acuerdo por medio de atento oficio que deberá dirigírsele a su superior jerárquico para los efectos legales que correspondan. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE. ------------------------------------------------------------------------------- Así lo acuerdan y firman los Magistrados que integran la Sala Colegiada Penal del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Yucatán: Primera, Abogada Ligia Aurora Cortés Ortega; Segundo, Doctor en Derecho Luís Felipe Esperón Villanueva; y Tercero, Doctor en Derecho Marcos Alejandro Celis Quintal, bajo la Presidencia de la Primera de los nombrados, asistidos del Secretario de Acuerdos que autoriza y da fe, Licenciado Raúl Antonio Villanueva Jiménez. LO CERTIFICO. --------------------------------------------------- - - - - - - - - - - L. A. CORTÉS O. - - - - - - - - L. F. ESPERÓN VILLANUEVA. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - M. A. CELIS Q. - - - - - - - - - - R. A. VILLANUEVA J. - - - - - - RÚBRICAS.- - - - - - - - - - - - - - - - Y por cuanto se asegura que Usted es de DOMICILIO IGNORADO, y por estar así ordenado en autos, procedo a notificarle el acuerdo que antecede, por medio EDICTOS que se publicarán por 3 tres días consecutivos en el Diario Oficial del Gobierno del Estado.

    Fundamento de Derecho: artículo 65 sesenta y cinco del Código de Procedimientos en Materia Penal del Estado. Doy fe. ------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- Mérida, Yucatán, a 3 de julio de 2019.

    LA C. ACTUARIA DE LA SALA COLEGIADA PENAL

    DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL ESTADO.

    LIC. WENDY NOEMÍ COUOH GÓNGORA.

    Publíquese los días 4, 5 y 8 de julio de 2019.

    TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL ESTADO DE YUCATAN. S A L A C O L E G I A D A C I V I L Y F A M I L I A R.

    AUDIENCIA DE FECHA 2 DE JULIO DE 2019.

    MARCELINO ANTONIO TEC MONTAÑEZ.

    INDIRA SOFÍA TEC CAAMAL.

    ALAN DANIEL TEC CAAMAL.

    ANALUZ DEL CARMEN CAAMAL PECH.

    TOCA PARA LA SUBSTANCIACIÓN DEL RECURSO DE APELACIÓN INTERPUESTO POR MARCELINO ANTONIO TEC MONTAÑEZ EN CONTRA DE LA PARTE CONDUCENTE DEL AUTO DE FECHA QUINCE DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO, DICTADO POR EL JUEZ PRIMERO DE LO FAMILIAR...

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