Notificaciones del Tribunal Superior de Justicia.

DEL ESTADO DE YUCATAN. TRIBUNAL CONSTITUCIONAL DEL ESTADO DE YUCATÁN.

AUDIENCIA DEL DÍA 3 DE ABRIL DE 2017.

LUIS ALBERTO ZAVAL JIMÉNEZ, como representante común de MARCELA LARA SÁNCHEZ, MARIANA FABIOLA CERVERA BRITO, JORGE LUIS TAMAYO CORTÉS, IRAN OMAR CAN VARGAS, CATALINA ELIZABETH PECH BACELIS y JUANA DALILA CAUICH CHALÉ

Expediente formado con motivo del recurso de reclamación promovido por LUIS ALBERTO ZAVAL JIMÉNEZ, como representante común de MARCELA LARA SÁNCHEZ, MARIANA FABIOLA CERVERA BRITO, JORGE LUIS TAMAYO CORTÉS, IRAN OMAR CAN VARGAS, CATALINA ELIZABETH PECH BACELIS y JUANA DALILA CAUICH CHALÉ en contra del acuerdo de fecha catorce de febrero del año dos mil diecisiete, dictado por el Magistrado Instructor en la acción contra la omisión legislativa o normativa local número 04/2017. Expediente Número 03/2017. Auto de fecha tres de abril del año dos mil diecisiete.

MERIDA, YUCATAN, A 4 DE ABRIL DE 2017.

EL C. ACTUARIO.

LICENCIADO EN DERECHO JUAN ANDRÉS RODRÍGUEZ KU.

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL ESTADO DE YUCATAN.

TRIBUNAL CONSTITUCIONAL DEL ESTADO DE YUCATAN.

EXPEDIENTE FORMADO CON MOTIVO DEL RECURSO DE RECLAMACIÓN PROMOVIDO POR LIGIA LINDA MARTÍN VÁRGUEZ COMO REPRESENTANTE COMÚN DE NOÉ JONATHAN MOO HAU, LUIS RUBÉN ANDRADE BRICEÑO Y JOSÉ LUIS CANTO SOSA, EN CONTRA DEL ACUERDO DE FECHA DIEZ DE FEBRERO DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE, DICTADO POR EL MAGISTRADO INSTRUCTOR EN LA ACCIÓN CONTRA LA OMISIÓN LEGISLATIVA O NORMATIVA LOCAL NÚMERO 3/2017. EXPEDIENTE NÚMERO 2/2017. AUTO DE FECHA TRES DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE.

MERIDA, YUCATAN A CUATRO DE ABRIL DEL AÑO 2017.

LA ACTUARIA.

LICDA. LILIA NOEMI ARGAEZ CHAY.

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL ESTADO DE YUCATAN. S A L A C O L E G I A D A P E N A L. AUDIENCIA DE FECHA 31 DE MARZO DE 2017. DEFENSOR: LIC. JORGE ALBERTO PACHO CASTILLO.

TOCA: relativo al recurso de apelación interpuesto por el defensor particular del procesado MARTÍN WENSESLAO ECHEVERRÍA ECHEVERRÍA (o) MARTÍN WENCESLAO ECHEVERRÍA ECHEVERRÍA, quien es el Licenciado Jorge Alberto Pacho Castillo, en contra del punto resolutivo Segundo de la resolución de fecha 12 de septiembre de 2016, dictada por la entonces Juez Primero Penal del Primer Departamento Judicial del Estado, en la causa número 220/2014, que se instruyó en contra del referido acusado. TOCA 94/2017.

Mérida, Yucatán, a 4 de abril de 2017.

EL C. ACTUARIO DE LA SALA COLEGIADA PENAL

DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL ESTADO.

LIC. GUSTAVO GERARDO CORONADO CRUZ.

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL ESTADO DE YUCATAN. S A L A C O L E G I A D A P E N A L. AUDIENCIA DE FECHA 3 DE ABRIL DE 2017. PROMOVENTE SIMÓN DEMETRIO POOL CIAU.

FISCAL GENERAL DEL ESTADO DE YUCATÁN.

Expediente Formado con motivo de reclamación promovido por Simón Demetrio Pool Ciau en contra del acuerdo diez de Febrero de dos mil diecisiete dictado por el Magistrado Instructor en la acción contra la omisión legislativa o normativa local número 2/2017, con el número 1/2017. TOCA PENAL 1/ 2017.

AUDIENCIA DE FECHA 3 DE ABRIL DE 2017. PROMOVENTE. ELMY DEL ROSARIO CASTILLO OCH.

FISCAL GENERAL DEL ESTADO DE YUCATÁN.

Expediente formado con motivo del recurso de reclamación promovido por Elmy del Rosario Castillo Och contra del acuerdo de fecha catorce de Febrero de Dos Mil diecisiete, dictado por el Magistrado Instructor en la acción contra la omisión legislativa o normativa local 1/2017. TOCA PENAL 4/ 2017.

Mérida, Yucatán, a 4 de Abril de 2017.

LA C. ACTUARIA DE LA SALA DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL ESTADO.

LICDA. WENDY NOEMÍ COUOH GÓNGORA.

“2017, Año del Centenario de la Promulgación de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicano”.

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL ESTADO DE YUCATAN.

S A L A C O L E G I A D A P E N A L.

E D I C T O S

Q. F. B. ÁLVARO JEHOVÁ POLANCO ESTRADA. (PERITO)

DOMICILIO: IGNORADO.

Que en el toca penal marcado con el número 105/2016 relativo al recurso de apelación interpuesto por el Agente del Ministerio Público de la adscripción y el sentenciado FRANCISCO GENARO GÓMEZ RAMÍREZ, en contra de la sentencia definitiva de primera instancia de fecha 28 de octubre de 2015, dictada por el Juez Sexto Penal del Primer Departamento Judicial del Estado, en la causa 290/2011, en la que se declaró PENALMENTE RESPONSABLE al citado sentenciado apelante, de los delitos de DAÑO EN PROPIEDAD AJENA Y LESIONES COMETIDOS POR CULPA querellados por el ciudadano Emmanuel Jesús Uribe Vázquez y ATAQUES A LAS VIAS DE COMUNICACIÓN, denunciado por Luís Julián Cih Pool, Segundo Inspector y Coordinador del Departamento de Peritos de Tránsito de la Secretaria de Seguridad Pública del Estado e imputados por la representación social; se ha dictado un acuerdo que es del tenor literal siguiente: -------------------------------------------------------------------------------------- “Mérida, Yucatán, a 28 veintiocho de Marzo del año 2017 dos mil diecisiete.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - Por recibido del Comandante Eberth Francisco Mezeta Couoh, Director de la Policía Estatal de Investigación, de la Secretaria de Seguridad Pública, el oficio número SSP/SPEI/DPEI/878/2017 datado el 17 diecisiete y presentado el 21 veintiuno de los corrientes, por medio del cual en atención a lo solicitado por esta Autoridad respecto a la localización y ubicación de los domicilios donde pueden ser notificados los Peritos Myrna Guadalupe Chi Briceño (o) Mirna Guadalupe Chi Briceño y Álvaro Jehová Polanco Estrada, es que anexa el informe rendido por el ciudadano Luis Ramiro Uc Suaste, Agente de la Policía Estatal de Investigación, de fecha 17 diecisiete de los cursantes, del que en su parte conducente se advierte que la perito Myrna Guadalupe Chi Briceño (o) Mirna Guadalupe Chi Briceño tiene como domicilio para oír y recibir notificaciones el predio marcado con el número 258-B doscientos cincuenta y ocho letra “B” de la calle 39-A treinta y nueve letra “A”, y no 33-A treinta y tres letra “A”, por 18 dieciocho y 20 veinte de la Colonia Mayapan de esta Ciudad; y por lo que atañe al diverso perito Álvaro Jehová Polanco Estrada tiene como domicilio el predio marcado con el número 527 quinientos veintisiete de la calle 59-L cincuenta y nueve letra “L”, por 96 noventa y seis y 98 noventa y ocho de la Colonia Bojorquez de esta Ciudad, siendo que estando en dicho predio el aludido Agente se entrevistó con una persona del sexo femenino quien se negó a proporcionar sus datos pero que tiene como media filiación que es de aproximadamente 55 cincuenta y cinco años de edad, tez clara, complexión mediana, y de 1.65 un metro sesenta y cinco centavos Moneda Nacional, y dicha persona le manifestó que el citado perito Polanco Estrada, fue su yerno, pero que hace aproximadamente 5 cinco años se separó de su hija y que ignora su paradero, refiriendo el aludido Agente de la Policía Estatal de Investigación que hasta el momento de rendir su informe no le fue posible localizar al citado perito. Por lo que en ese contexto de ACUERDA: Con fundamento en los numerales 30 treinta y 189 ciento ochenta y nueve del Código de Procedimientos en Materia Penal del Estado en vigor, agréguese el oficio de referencia y anexo que acompaña a los autos del presente toca penal para los efectos legales que correspondan, asimismo, téngase por cumplida la solicitud efectuada a la autoridad remitente, por consiguiente, se tiene como domicilio de la perito Myrna Guadalupe Chi Briceño (o) Mirna Guadalupe Chi Briceño el predio marcado con número 258-B doscientos cincuenta y ocho letra “B” de la calle 39-A treinta y nueve letra “A”, por 18 dieciocho y 20 veinte de la

Colonia Mayapan de esta Ciudad. Por tanto, corroborada que fue la anterior dirección y habida cuenta de que aún está pendiente por desahogarse en esta Segunda Instancia la ratificación del EXAMEN DE INTEGRIDAD FÍSICA practicado en la persona del sentenciado FRANCISCO GENARO GÓMEZ RAMÍREZ, que data del 10 diez de junio del año 2011 dos mil once, y que obra agregado a foja 17 diecisiete de la causa penal de origen número 290/2011 migrada a la 832/2011 del índice del Juzgado Segundo Penal del Primer Departamento Judicial del Estado, suscrito por la citada galeno Chi Briceño, esta Autoridad estando en aptitud legal para ello a fin de no retrasar el presente asunto penal en perjudico de las partes, difiere como desde luego se difiere la diligencia en comento, y se fija como nueva fecha y hora para su perfeccionamiento el día 6 SEIS DE ABRIL DEL AÑO 2017 DOS MIL DIECISIETE, A LAS 9:00 NUEVE HORAS teniendo verificativo dicha diligencia en el local que ocupa la Sala Colegiada Penal del Tribunal Superior de Justicia del Estado, con domicilio en la avenida Jacinto Canek, sin número, de la 90 noventa, de la Colonia Inalámbrica de esta Ciudad. En esa tesitura, comisiónese al Actuario de esta Sala que se constituya al domicilio de la mencionada doctora Myrna Guadalupe Chi Briceño (o) Mirna Guadalupe Chi Briceño referido en líneas precedentes, a fin de hacerle saber el contenido del presente acuerdo y previniéndola respecto de la obligación que tiene de comparecer puntualmente en la fecha y hora antes señalada, con identificación oficial vigente con fotografía (credencial para votar, pasaporte, cédula profesional, cartilla del Servicio Militar u otro) apercibiéndola que en caso de no asistir de esta forma sin causa justificada, SE LE IMPONDRÁ UNA MULTA DE 1 UNO A 30 TREINTA VECES DEL VALOR DIARIO DE LA UNIDAD DE MEDIDA Y ACTUALIZACIÓN de conformidad con las reformas constitucionales en Materia de Desindexación del Salario Mínimo vigente.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - Por otra parte y toda vez que de líneas anteriores también se desprende que el perito ÁLVARO JEHOVÁ POLANCO ESTRADA, es de domicilio ignorado, esto a pesar de haberse solicitado el auxilio correspondiente a la Policía Estatal de Investigación, por cuanto no se...

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