Notificaciones del Juzgado Tercero de Defensa Social.

DEL PRIMER DEPARTAMENTO JUDICIAL DEL

ESTADO.

C. FRANCISCA MARTINA DZUL UC.- DOMICILIO.-IGNORADO.

En la causa de Defensa Social número 614/2004, que ante este juzgado se instruye en contra de EMILIANO JAVIER PECH PERAZA O EMILIANO JAVIER PECH COLLI, como presunto responsable del delito de ULTRAJES A LA MORAL PUBLICA Y A LAS BUENAS COSTUMBRES, cometido en agravio de la menor de edad JUANITA DEL CARMEN CHAN DZUL, denunciado por FRANCISCA MARTINA DZUL UC, e imputado por la Representación Social.- El Juez del conocimiento dicto un acuerdo que es al tenor literal siguiente: ------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------ “Mérida, Yucatán a 14 catorce de enero de 2005 dos mil cinco.---------------------------------------------------------- VISTOS.- Se tiene por recibido del defensor de oficio y de la agente del Ministerio Público, ambos de la adscripción sus memoriales de fechas 12 doce de los corrientes, mediante los cuales ofrecen una serie de probanzas relativas al presente juicio.- Agréguese a estos autos para los efectos legales que correspondan.- En mérito de lo anterior , el ciudadano juez del conocimiento acordó: por cuanto en tiempo y conforme a derecho fueron ofrecidas la instrumental pública consistente en todas y cada una de las constancias que integran el presente proceso, y las presunciones en su doble aspecto legales y humanas, éstas se admiten, las cuales por su naturaleza serán valoradas en el momento procesal oportuno; por lo que respecta a la diligencia de CAREOS ENTRE EL ACUSADO EMILIANO JAVIER PECH PERAZA (O) EMILIANO JAVIER PECH COLLI con la denunciante FRANCISCA MARTINA DZUL UC, se accede y se fija el próximo día 28 VEINTIOCHO DE ENERO DEL PRESENTE AÑO A LAS 09:00 NUEVE HORAS, en el local que ocupa este juzgado. Se le previene a la citada quejosa a fin de que comparezca en fecha y hora indicada con una identificación con fotografía vigente con una copia fotostática de la misma, apercibiéndola que en caso de no hacerlo será acreedora al medio de apremio consistente en una multa de 1 uno a 30 treinta días de salario...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR