Notificaciones del Juzgado Tercero de Ejecución de Sentencia del Estado.

DE YUCATÁN.

Calle 60 sin número, Ex hacienda San José Tecoh, por Anillo Periférico sección Sur, colonia San José Tecoh, C.P 97299 (adjunto al Centro de Reinserción Social del Estado)

A QUIEN ACREDITE TENER DERECHO A LA REPARACIÓN DEL DAÑO (INDEMNIZACIÓN Y GASTOS FUNERARIOS) POR EL DELITO DE HOMICIDIO CALIFICADO (4) COMETIDO EN LAS PERSONAS QUE EN VIDA RESPONDIERON A LOS NOMBRES DE FELIPE DE JESÚS CANUL CHAN, MARÍA ELENA PECH RODRÍGUEZ, JUAN CANUL POOL y LUIS ANTONIO CANUL CHAN.

En el expediente número 298/2014 J3ES derivado de la causa penal número 1/2013, seguida en contra de JORGE ARMANDO SANSORES DURÁN (A) “EL BRUJO”, a quien por Sentencia condenatoria dictada en procedimiento abreviado por la Juez Primero de Control del Cuarto Distrito Judicial del Sistema de Justicia Penal Acusatorio y Oral, se declaró penalmente responsable del delito de HOMICIDIO CALIFICADO (4) (cometidos en agravio de quienes en vida respondieron a los nombres de Felipe de Jesús Canul Chan, María Elena Pech Rodríguez, Juan Canul Pool y Luis Antonio Canul Chan) denunciados por JUAN CARLOS CANUL PECH (por lo que respecta a los homicidios de los dos primeros nombrados) y por JOSÉ ERNESTO CANUL CHAN (por lo que respecta a la muerte de los dos últimos nombrados) e imputado por la representación social, el ciudadano Juez de ejecución del conocimiento ha dictado un acuerdo de tenor literal siguiente:----------------------------------------------------------------------------------

“JUZGADO TERCERO DE EJECUCIÓN DE SENTENCIA DEL ESTADO.- Mérida, Yucatán, 25 veinticinco de junio de 2018 dos mil dieciocho.--------------------------------------------------------------------------------

VISTOS.- En atención al estado que guarda la carpeta de ejecución de sentencia número 298/2014-J3ES, que ante éste Juzgado se inició en relación a JORGE ARMANDO SANSORES DURÁN, alias “EL BRUJO”, como penalmente responsable de los delitos de HOMICIDIO CALIFICADO 4 (cometidos en agravio de quienes en vida respondieron a los nombres de Felipe de Jesús Canul Chan, María Elena Pech Rodríguez, Juan Canul Pool y Luis Antonio Canul Chan), denunciados por Juan Carlos Canul Pech (por lo que respecta al homicidio de los dos primeros nombrados) y por José Ernesto Canul Chan (por lo que respecta a la muerte de los dos últimos nombrados); y por cuanto del resolutivo CUARTO de la sentencia de primera instancia emitida por la Juez del Juzgado Primero de Control del Cuarto Distrito Judicial del...

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