Notificaciones del Juzgado Segundo de Ejecución de Sentencia del Estado.

DE

YUCATÁN

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN POR EDICTOS

SENTENCIADOS FRANCISCO PIMENTAL MORELOS Y JORGE ALEJANDRO VILLANUEVA SELEM (O) JORGE VILLANUEVA SELEM

DOMICILIO IGNORADO

En el expediente número 538/2012 derivado de la causa penal número 386/2012, del Juzgado Octavo Penal del Primer Departamento Judicial del Estado, seguido en contra de SENTENCIADO FRANCISCO PIMENTEL MORALES RODRIGO ISRAEL CANTO OCAMPO Y JORGE ALEJANDRO VILLANUEVA SELEM por el delito de LESIONES COMETIDO EN RIÑA Y EN PANDILLA CON EL CARÁCTER DE PROVOCADO, querellado por Mario Alberto Valladares Sosa e imputado por la Representación Social por la Representación Social por la Representación Social, se ha dictado el acuerdo siguiente:-------------------- JUZGADO SEGUNDO DE EJECUCIÓN DE SENTENCIA DEL ESTADO. Mérida Yucatán a 09 nueve de Junio del año 2022 dos mil veintidós--------------------------------------------------------------------------------------------VISTOS: Por cuanto en el presente expediente de ejecución de sentencias marcado con el número 178/2014 iniciado a FRANCISCO PIMENTEL MORALES RODRIGO ISRAEL CANTO OCAMPO Y JORGE ALEJANDRO VILLANUEVA SELEM, por el delito de LESIONES COMETIDO EN RIÑA Y EN PANDILLA CON EL CARÁCTER DE PROVOCADO, querellado por Mario Alberto Valladares Sosa e imputado por la Representación Social, se advierte que ha transcurrido el término señalado por el numeral 131 ciento treinta y uno de la Ley Nacional de Ejecución Penal sin que ninguna de las partes interpusiera recurso legal alguno en contra de la resolución de fecha 25 veinticinco de enero del año 2021 dos mil veintiuno, misma en la que se decretó la Extinción por prescripción de las sanciones y medidas impuestas a los arriba nombrados; en tal virtud y con fundamento en el numeral 412 cuatrocientos doce del Código Nacional de Procedimientos Penales, que a la letra establece “En cuanto no sean oportunamente recurridas, las resoluciones judiciales quedarán firmes y serán ejecutables sin necesidad de declaración alguna”, se decreta que dicha resolución de Extinción arriba descrita HA QUEDADO FIRME, para todos los efectos legales que procedan.------------------------------------------------------------------------------------------------- Y por cuanto los sentenciados FRANCISCO PIMENTAL MORELOS Y JORGE ALEJANDRO VILLANUEVA SELEM (O) JORGE VILLANUEVA SELEM, se consideran de DOMICILIO IGNORADO, con fundamento en el numeral 65 sesenta y cinco del Código de Procedimientos en la...

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