Notificaciones del Juzgado Quinto Penal.

MÉRIDA, YUC., LUNES 11 DE AGOSTO DE 2008. DIARIO OFICIAL PÁGINA 69
letra “A” de la colonia Graciano Ricalde, proporcionado en e l informe de fecha 07 siete de marzo del
presente año, rendido por el agente ministerial Miguel Ángel Chin Aguilar, según se advierte de la
constancia de notificación levantada por el ciudadano Ac tuario de este Juzgado, no existe, ya que no
pudo localizar el número, los cruzamientos ni la colonia. ------------------------------------------------------------------
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE.-------------------------------------------------------------------------------------------------
Así lo proveyó y firma la ciudadana Secretaria de Acuerdos del Juzgado Cuarto Penal del Primer
Departamento Judicial del Estado, encargada del despacho por vacaciones de la titular, en términos del
primer y segundo párrafo del artículo 119 ciento diecinueve, reformado, de la Ley Orgánica del Poder
Judicial del Estado de Yucatán, Licenciada en Derecho Marcelina del Carmen Puch Cetina, asistida del
Secretario Auxiliar que autoriza y da fe, Licenciado en Derecho Jorge Carlos Kú Icté, en funciones de
Secretario de Acuerdos por Ministerio de Ley. LO CERTIFICO.----------------------------------------------------------
----------------------------- DOS FIRMAS ILEGIBLES ---------------------- RUBRICAS -------------------------------------
Y POR CUANTO DE AUTOS APARECE QUE ES USTED DE DOMICILIO IGNORADO, PROCEDO A
NOTIFICARLE EL ACUERDO QUE ANTECEDE, POR MEDIO DE EDICTOS QUE SE PUBLICARÁN,
POR TRES DIAS CONSECUTIVOS EN EL DIARIO OFICIAL DEL GOBIERNO DEL ESTADO,
FUNDAMENTO DE DERECHO, ARTÍCULO 65 SESENTA Y CINCO DEL CÓDIGO DE
PROCEDIMIENTOS, EN MATERIA PENAL VIGENTE EN EL ESTADO. DOY FE. --------------------------------
- Mérida, Yucatán, a 4 cuatro de agosto de 2008.-
EL C. ACTUARIO DEL JUZGADO CUARTO PENAL DEL PRIMER
DEPARTAMENTO JUDICIAL DEL E STADO DE YUCATÁN.
LICENCIADO.- MARCELO MARRUFO MARTÍNEZ.
Publíquese los días 7, 8 y 11 de agosto de 2008.
JUZGADO QUINTO PENAL DEL PRIMER DEPARTAMENTO JUDICIAL DEL
ESTADO.
AL ACUSADO: JORGE JESÚS LOPEZ ORTEGA (A) “EL VAMPIRO”
DOMICILIO IGNORADO.
En la causa penal marcada con el número 339/2007 que se sigue en contra de JORGE JESÚS
LOPEZ ORTEGA (A) “EL VAMPIRO”, como probable responsable del delito de ULTRAJES A LA MOR AL
PUBLICA Y A LAS BUENAS COSTUMBRES Y PORTACION DE ARMAS E INSTRUMENTOS
PROHIBIDOS, denunciado por el ciudadano Miguel Kim González, Comandante en Turno por ausenci a
incidental del Departamento de Asuntos Jurídicos de la Secretaria de Protección y Vialidad del Estado, e
imputado por la Representación Social; se ha dictado el acuerdo siguiente:------------------------------------------
JUZGADO QUINTO PENAL DEL PRIMER DEPARTAMENTO JUDICIAL DEL ESTADO.- Mérida,
Yucatán, a 13 trece de junio del 2008 dos mil ocho.-------------------------------------------------------------------------
VISTOS: Para dictar Sentencia Definitiva de Primera Instancia, en los au tos y constancias de la causa
penal número 339/2007, que se instruye en contra de JORGE JESÚS LOPEZ ORTEGA (A) “VAMPIRO”,
como probable responsable de los delitos de ULTRAJES A LA MORAL PUBLICA Y A LAS BUENAS
COSTUMBRES Y PORTACION DE ARMAS E INSTRUMENTOS PROHIBIDOS, denunciados por el
ciudadano Miguel Kim González, Comandante en Turno por a usencia incidental del Departamento de
Asuntos Jurídicos de la Secretaría de Protección y Vialida d del Estado, e imputado por la Representación
Social.------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
CONSIDERANDO- - -PRIMERO- - - - SEGUNDO- - - -TERCERO. -----------------------------------------------------
Por lo antes expuesto y fundado, es de resolverse y se--------------------------------------------------------------------
----------------------------------------------------------RESUELVE: ------------------------------------------------------------------
PRIMERO.- SE ABSUELVE a JORGE JESÚS LOPEZ ORTEGA (A) “VAMPIRO”, de los delitos de
ULTRAJES A LA MORAL PUBLICA Y A LAS BUENAS COSTUMBRES Y PORTACION DE ARMAS E
INSTRUMENTOS PROHIBIDOS, denunciado por el ciudadano Miguel Kim González, Comandante en
turno, por ausencia incidental del Departamento de Asuntos Jurídicos de la Secretaría de Protección y
Vialidad del Estado, e imputado por la Representación Social.-----------------------------------------------------------
SEGUNDO.- Cancélese y devuélvase las garantías que se depositaron para garantiz ar la libertad
provisional del sentenciado, previo recibo que se otorgue en autos.----------------------------------------------------
TERCERO.- Cancélese los antecedentes penales del sentenciado originados con motivo de este
procedimiento, una vez que la misma cause estado, debiéndose entonces hacer la comunicación
respectiva a la autoridad pertinente. ---------------------------------------------------------------------------------------------
CUARTO.- Con fundamento en el artículo 60 sesenta del Código Penal del Estado, se decomisa el
objeto descrito en la diligencia de fe ministerial I, de fecha veintitrés de julio del 2007 dos mil siete.-----------

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