Notificaciones del Juzgado Primero Penal.

DEL PRIMER DEPARTAMENTO JUDICIAL DEL ESTADO DE YUCATAN.

AL C

SENTENCIADO: GASPAR JESUS PACHECO ORDOÑEZ DOMICILIO IGNORADO

En el expediente número 337/2002, que en este Juzgado, se instruyó en contra de: GASPAR JESÚS PACHECO ORDOÑEZ, como penalmente responsable del delito de: ATAQUES A LAS VIAS DE COMUNICACIÓN, DAÑO EN PROPIEDAD AJENA Y LESIONES COMETIDAS POR CULPA, denunciado el primer delito por MARTÍN J NOLASCO MORALES, Jefe del Departamento de Peritos de la entonces denominada Secretaria de Protección y Vialidad, el segundo ilícito querellado por GUILLERMO PEDRO ARISTI SOLIS Y ANDRES SALVADOR ALONZO MORENO y el tercer antisocial querellado por DIEGO ARTURO CAN MENA e imputado por la Representación Social, se ha dictado un acuerdo del tenor literal siguiente:- JUZGADO PRIMERO PENAL DEL PRIMER DEPARTAMENTO JUDICIAL DEL ESTADO. Mérida, Yucatán, a los 30 treinta días del mes de noviembre de 2010 dos mil diez.------------------------------------------- VISTOS: En atención al estado que guarda la presente causa penal marcada con el número 337/2002, que se instruyó en contra de GASPAR JESÚS PACHECO ORDOÑEZ, por la comisión de los delitos de ATAQUES A LAS VIAS DE COMUNICACION, DAÑO EN PROPIEDAD AJENA y LESIONES COMETIDAS POR CULPA, denunciado el primero por el ciudadano MARTÍN J. NOLASCO MORALES, Jefe del Departamento de Peritos de la entonces denominada Secretaria de Protección y Vialidad, el segundo ilícito querellado por Guillermo Pedro Aristi Solís y Andrés Salvador Alonzo Moreno, y el tercer antisocial querellado por Diego Arturo Can Mena y por cuanto de la constancia de notificación de fecha 13 de agosto de 2009, se aprecia que el citado indiciado, es de domicilio ignorado ya que el predio en el que señaló tener su domicilio actualmente se encuentra deshabitado y que a pesar de que se solicitaron los informes respectivos a la Policía Judicial del Estado y al Vocal Ejecutivo del registro Federal de Electores con la finalidad de ubicar su paradero lo cual fue infructuoso, en tal razón, con fundamento en el artículo 65 sesenta y cinco del Código de Procedimientos en Materia Penal del Estado en vigor, notifíquesele por medio de edictos publicados por 3 tres días consecutivos en el Diario Oficial del Estado, el contenido de la resolución de fecha 24 veinticuatro de junio de 2009 dos mil nueve, en la que se declararon PRESCRITAS LAS SANCIONES PRIVATIVA DE LIBERTAD, PECUNIARIA CONSISTENTE EN MULTA y la relativa a REPARACIÓN DE DAÑO, impuestas al sentenciado GASPAR JESÚS PACHECO ORDOÑEZ, en sentencia de primera instancia de fecha 12 doce de enero del año 2004 dos mil cuatro, la cual causó ejecutoria en fecha16 dieciséis de febrero del mismo año, en la cual se le consideró penalmente responsable de la comisión de los delitos de ATAQUES A LAS VIAS DE COMUNICACION, DAÑO EN PROPIEDAD AJENA y LESIONES COMETIDAS POR CULPA, denunciado el primero por el ciudadano MARTÍN J. NOLASCO MORALES, Jefe del Departamento de Peritos de la entonces denominada Secretaria de Protección y Vialidad, el segundo ilícito querellado por Guillermo Pedro Aristi Solís y Andrés Salvador Alonzo Moreno, y el tercer antisocial querellado por Diego Arturo Can Mena.------- NOTIFIQUESE como legalmente corresponda y CUMPLASE.-------------------------------------------------------- Así lo acordó y firma el Juez Primero Penal del Primer Departamento Judicial del Estado, Abogado Luis Felipe Santana Sandoval, asistido de la Secretaria Auxiliar en funciones de la de Acuerdos por Ministerio de Ley, Licenciada en Derecho Silvia Eugenia Cabrera Ucan. Lo Certifico.-------------------------------------------DOS FIRMAS ILEGIBLES ---------L.F. SANTANA S. ----------S.E. CABRERA U. ----------RUBRICAS. --------- JUZGADO PRIMERO PENAL DEL PRIMER...

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