Notificaciones del Juzgado de Paz.

MÉRIDA, YUC., MARTES 5 DE AGOSTO DE 2014. DIARIO OFICIAL PÁGINA 127
JUEZ UNICO DE PAZ DE LA LOCALIDAD Y MUNICIPIO DE KOPOMA, YUCATÁN
EDICTO
PERSONA FÍSICA:C. MANUEL CAAMAL
DOMICILIO IGNORADO
En el expediente que radica en este Juzgado Único de Paz de Kopomá, relativo al Juicio Verbal
Contradictorio de Prescripción Positiva de Menor Cuantía, promovido por la se ñora ANCELMA DEL
ROSARIO MOO UICAB, por su propio y personal derecho en contra del demandado ya nombrado; se ha
dictado un proveído del tenor literal siguiente:---------------------------------------------------------------------------------
VISTOS: A los dieciocho días del mes de Julio del año dos mil catorce, estando en audiencia el C. Juez
Único de Paz de esta Localidad C. JOSE JAVIER GONZALEZ PUC compareció el pr esidente Municipal
de esta población, dictando el Juez el motivo de su presencia en el proveído siguiente:”El ciudadano
Presidente Municipal como representante del Ministerio Público del ramo civil no contestó la demanda y
su representación no tenía excepciones que oponer a la presente dem anda, por lo que deja al
demandado el cargo de probar sus excepciones y la promovente el derecho de probar sus acciones
expuestos en su demanda”. Así mismo se tiene por presentada a la señora ANCELMA DEL ROSA RIO
MOO UICAB, en su primer libelo en que exhibe los ejemplares del Diario Oficia l del Estado y del Diario la
Verdad de Yucatán, cumpliendo el acuerdo de fecha veintidós de Mayo del año en cur so, proceda este
Juzgado Único de Paz a poner constancias de las publicaciones en autos y como solicita en su memorial
de cuenta, acusar de rebeldía a la parte demandada, por tanto, es de accederse como desde luego se
accede y se ACUSA DE REBELDIA al no contestar el demando señor MANUEL CAAMAL en tiempo
oportuno, por lo que se tiene por contestada en sentido NEGATIVO y en consecuencia se dan por
perdidos sus derechos que oportunamente pudo ejercer, hágase l a notificación de este proveído en la
misma forma que el emplazamiento, por medio de tres publicaciones consecutivas en el Diario Oficial del
Estado y en otro periódico diario que se editen en la ciudad de Mérida, para los efectos legales que
correspondan. Fundamento: el artículo 29 y 557 del Código de Procedimientos Ci viles del Estado de
Yucatán. Notifíquese y Cúmplase. Así Lo proveyó y firma el Juez Único de Paz de Kopomá C. JOSE
JAVIER GONZALEZ PUC asistido d e sus testigos de asistencia JOSE HERNAN MENA BACAB Y
MANUEL JESUS KUK AKE.--------------------------------------------------------------------------------------------------------
con fundamento en el artículo 557 del Código de Procedimientos civiles del Estado, Doy cumplimiento a lo
ordenado en autos que anteceden por medio de tres publicación que deberá hacerse en el Diario Oficial
del Gobierno del Estado y en algún otro periódico de mayor circulación en el Estado. Lo Certifico. -----------
Kopomá, Yucatán a 18 de Julio del año 2014
A T E N T A M E N T E
C. Jose Javier Gonzalez Puc
Juez Único de Paz de la Localidad de Kopomá, Yucatán
Publíquese los días 5, 6 y 7 de agosto de 2014.
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