Notificaciones del Juzgado Cuarto de Defensa Social.

DEL PRIMER DEPARTAMENTO JUDICIAL DEL ESTADO.

A LA PERSONA QUE ACREDITE TENER DERECHO

DOMICILIO.- I G N O R A D O

En la causa penal número 316/2005 que ante este juzgado se instruye en contra de Hector Enrique López Koh, como presunto responsable de la comisión de los delitos de Robo y Homicidio Calificado, denunciado por Flor María de Jesús López Avila, e imputado por la Representación Social, la C. Juez del conocimiento ha dictado un acuerdo, cuyo contenido es del tenor literal siguiente: --------------------------------JUZGADO CUARTO DE DEFENSA SOCIAL DEL PRIMER DEPARTAMENTO JUDICIAL DEL ESTADO.-Mérida, Yucatán, a 27 veintisiete de febrero del año 2008 dos mil ocho. ---------------------------------------------- VISTOS: Se tiene por recibido en la Secretaría de este Juzgado el día 29 veintinueve de enero del año en curso, a las 14:00 catorce horas, del Secretario de Acuerdos de la Primera Sala del H. Tribunal Superior de Justicia del Estado, Licenciado Raúl Antonio Villanueva Jiménez, su atento oficio número 136 de fecha 28 veintiocho del mismo mes y año, derivado del toca penal número 1294/2006 formado con motivo del recurso de apelación interpuesto por el Agente del Ministerio Público de la Adscripción, el sentenciado VÍCTOR ENRIQUE LÓPEZ KOH (a) “TITO” (a) “EL RONCO” y por el defensor de éste quien lo es el de Oficio adscrito a este Juzgado, en contra de la Sentencia Definitiva de Primera Instancia de fecha 21 veintiuno de junio del año 2006 dos mil seis, dictada en autos de la causa penal marcada número 316/2005, en la que se consideró al citado LÓPEZ KOH, penalmente responsable de la comisión de los delitos de HOMICIDIO CALIFICADO (cometido en la persona que en vida respondió al nombre de Manuel Alberto López Ávila (a) “Manolo”), y ROBO denunciado por Flor María López Ávila e imputados por la Representación Social, por medio del cual remite constante de (26) fojas útiles, copia certificada de la resolución de fecha 4 cuatro de Diciembre del año 2007 dos mil siete, junto con sus constancias de notificación, así como también remite los autos originales de la presente causa penal en que se provee. --- En mérito de lo anterior, se acuerda: Con fundamento en el artículo 189 ciento ochenta y nueve del Código de Procedimientos en Materia Penal del Estado, en vigor, agréguese a los autos de la presente causa penal número 316/2005, el oficio de referencia con el anexo que acompaña para constancia y demás fines legales que correspondan; fallo del que se aprecia que la superioridad MODIFICÓ la diversa impugnada, declarando al sentenciado VÍCTOR ENRIQUE LÓPEZ KOH (a) “TITO” (a) “EL RONCO” penalmente responsable de la comisión del delito de HOMICIDIO (cometido en la persona que en vida respondió al nombre de Manuel Alberto López Ávila (a) “Manolo”), y ROBO denunciado por Flor María López Avila e imputados por la Representación Social; suprimiendo la calificativa de ventaja con que se reputo cometido el delito de homicidio denunciado por López Ávila; de igual manera en cuanto a la sanción corporal y multa, quedando firmes los demás puntos resolutivos; por tanto estese a lo ordenado por...

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