Notificación del Juzgado Tercero Penal.

PÁGINA 90 DIARIO OFICIAL MÉRIDA, YUC., JUEVES 30 DE OCTUBRE DE 2008.
correspondan. Por otra parte, y en atención a las constancias de la Secretaria de Acuerdos, ambas de
fecha 22 veintidós de septiembre del presente año, de las que aparece que las diligencias de careos entre
el inculpado Diego Francisco Burgos Corado (O) Diego Francisco Burgos Conrado (O) Francisco Burgos
Conrado (A) “El Padre”, con la menor Elizabeth Alejandra Carballo Ek presentada por su progenitora la
señora Maria Del Roció Ek Pech y con el agente de la policía Judicial del estado José Alf onso Espadas
Garrido, no se llevaron a cabo por los motivos y razones que e n las mismas se expresan, es procedente
señalar nuevas fechas para el desahogo de dichas diligencias, y quedan de la siguiente manera; para el
próximo día 12 DOCE DE NOVIEMBRE DEL PRESENTE AÑO A LAS 09:00 NUEVE HORAS Y 10:00
DIEZ HORAS, diligencias careos entre el inculpado Diego Francisco B urgos Corado (O) Diego Francisco
Burgos Conrado (O) Francisco Burgos Conrado (A) “El Padre”, con la menor Elizabeth Alejandra Carballo
Ek presentada por su progenitora la señora Maria Del Roció Ek Pech y con el agente d e la policía Judicial
del estado José Alfonso Espadas Garrido, respectivamente; para tal efecto y tomando en c onsideración el
oficio número 375/2008, de fecha 17 diecisiete de sept iembre del presente año, suscrito por el licenciado
Gregorio Trejo Can, del departamento jurídico del Ayuntamiento de Kanasín, Yucatán, por medio del cual
informó a ésta autoridad, que la señora María del Rocío Ek Pech, se fue a radicar a Campeche, por lo que
se le tiene como de domicilio ignorado, en tal virtud, notifíquese el present e acuerdo por medio de edictos
publicados por 3 tres días consecutivos en el Diario oficial del Gobierno del Estado; se previene a la
representante legal de la menor de edad agraviada, quien lo es la ciudadana Mar ía del Rocío Ek Pech,
así como al agente de la Policía Judicial del Estado, ciudadano José Alfonso Espadas Garrido, la
obligación que tienen de comparecer ante ésta au toridad en fecha y horas antes señaladas, d ebidamente
identificados con documento oficial y copia fotostática del mismo, ya que en caso de no hacerlo así, se les
impondría a cada uno de ellos, una multa que podría s er de 1 uno a 30 treinta salarios mínimos vigentes
en el lugar donde se originó el medio de apremio. Gírese atento oficio al director de la Policía Judicial del
Estado, a fin de que ordene lo conducente para que el antes citado agente judici al a su cargo comparezca
en fecha y hora antes señaladas.-------------------------------------------------------------------------------------------------
Fundamentos de derecho: artículos 30 treinta, 65 sesenta y cinco y 84 ochenta y cuatro fracción I primera
del actualmente denominado Código de Procedimientos en materia Penal del Estado. ---------------------------
NOTIFIQUESE Y CUMPLASE.-------------------------------------------------------------------------------------------------
Así lo acordó y firma la ciudadana Juez Segundo Penal del Primer Departamento Judicial del Estado,
Licenciada en Derecho lleana Georgina Domínguez Zapata, asistida de la secretaria auxiliar, licenciada
María Lucía Huchim Kumul, en ausencia accidental de la sec retaria de acuerdos, en términos del artículo
120 ciento veinte fracción II segunda de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado. Lo certifico.----------
------------------------------------------FIRMAS ILEGIBLES---------------------------------------------RUBRICAS-----------
Y por cuanto se asegura que MENOR ELIZABETH ALEJANDRA CARBALLO EK ACOMPAÑADA DE
SU PROGENITORA MARIA DEL ROCIO EK PECH, son de domicilio ignora do, procedo a notificar el
acuerdo que antecede tal y como se ordena en el mismo, por medio de tres publicac iones consecutivas,
en el diario oficial del gobierno del Estado. FUNDAMENTO: artículo 65 sesenta y cinco del actua lmente
denominado Código de Procedimientos en Materia Penal del Es tado en vigor. DOY FE.
Mérida, Yucatán a 24 de octubre de 2008.
LA C. ACTUARIA DEL JUZGADO SEGUNDO DE DEFENSA SOCIAL DEL
ESTADO.
LICENCIADA EN DERECHO.
MILDRED DEL CARMEN AYIL ORTEGÓN
Publíquese los días 28, 29 y 30 de octubre de 2008.
JUZGADO TERCERO PENAL DEL PRIMER DEPARTAMENTO JUDICIAL DEL
ESTADO.
A QUIEN ACREDITE TENER DERECHO SOBRE EL OBJETO QUE SE DESCRIBE EN EL
ACUERDO.
En autos de la causa penal número 301/2008 que en este juzga do se instruye en contra de
GUALBERTO CHI CANCHE (alias) “TORERO”, como probable responsable del delito de ROBO
CALIFICADO, denunciado por Miguel Arcadio Cepeda Heredia e impu tado por la representación social, el
juez del conocimiento ha dictado un acuerdo cuyo contenido es el siguiente: ---------------------------------------
JUZGADO TERCERO PENAL DEL PRIMER DEPARTAMENTO JUDICIAL DEL ESTADO. Mérida,
Yucatán a 25 veinticinco de septiembre del año 2008 dos mil ocho.----------------------------------------------------
VISTOS.- Por cuanto de la constancia que inmediatamente antecede, aparece que se encuentra a
disposición de este juzgado: un medidor de agua potable de bronce y tapa de plástico con la le yenda

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