Notificación del Juzgado Sexto Penal.

PÁGINA 86 DIARIO OFICIAL MÉRIDA, YUC., VIERNES 22 DE ENERO DE 2010.
ARTÍCULO 65 SESENTA Y CINCO DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS EN MATERIA PENAL
VIGENTE EN EL ESTADO. DOY FE.--------------------------------------------------------------------------------------------
Mérida, Yucatán a 19 de Enero del 2010
EL C. ACTUARIO DEL JUZGADO CUARTO
PENAL DEL PRIMER DEPARTAMENTO JUDICIAL DEL ESTADO
LICENCIADO EN DERECHO JOSE VICENTE TUN POOL.
Publíquese los días 20, 21 y 22 de enero de 2010.
JUZGADO SEXTO PENAL DEL PRIMER DEPARTAMENTO JUDICIAL DEL
ESTADO.
A QUIEN ACREDITE TENER DERECHO
DOMICILIO IGNORADO
En los autos de la causa penal número 35/09 seguida en contra de MICHAEL DE JESÚS FRANCO
CHAY como presunto responsable del delito de ROBO CON VIOLENCIA, denunciado por Julio Cesar
Pantoja Itz, el Juez del conocimiento ha dictado un proveído al tenor literal siguiente:
JUZGADO SEXTO PENAL DEL PRIMER DEPARTAMENTO JUDICIAL DEL ESTADO.- Mérida, Yucatán,
a 15 quince de enero de 2010 dos mil diez.------------------------------------------------------------------------------------
VISTOS: Atento al estado que guarda la presente causa penal marcada con el número 035/2009, y por
cuanto de autos aparece la Sentencia Definitiva de Primera Instancia dictada en este Tribunal en fecha 09
nueve de noviembre de 2009 dos mil nueve, en la que se consideró a M ICHEL JESÚS FRANCO CHAY
(o) MICHEL DE JESÚS FRANCO CHAY (o) MIGUEL JESÚS FRANCO CHAY (A) “FLACO” como
penalmente responsable de los delitos de ATAQUES A LAS VÍAS DE COMUNICACIÓN y ROBO,
denunciados respectivamente por el Licenciado JULIO CÉSAR PANTOJA ITZ, Jefe del Departamento de
Asuntos Contenciosos de la Dirección Jurídica de la Secretaría de Seguri dad Pública del Estado y por el
ciudadano EDUARDO MARTÍN NOH JIMÉNEZ, misma sentencia que caus ó estado el 07 siete de
diciembre del mismo año, y por cuanto de autos se observa que en el punto resolutivo octavo de dicho
fallo se ordena: “Entréguese en definitiva a quien acredite tener derecho a ello, el objeto descrito en Ia
diligencia de fe ministerial de fecha 26 veintiséis de enero de 2009 dos mil nueve, consistente en:
“un teléfono celular de la marca NOKIA, MODELO 5300, EXPRESS MUSIC, COLOR NEGRO, MISMO
QUE NO FUNCIONA, Y UN CARGADOR DE LA MARCA NOKIA, COLOR NEGRO, MISMOS QUE NO
SE APRECIAN NUEVOS”; es por lo que se previene a quien acredite tener derecho a dichos objetos, para
que comparezca ante esta autoridad con identificación of icial vigente con fotografía y copia de la misma,
para que en el lapso de 90 noventa días naturales, contad os a partir de la notificación, comparezca ante
esta autoridad a solicitar la devolución de los objetos antes descritos, debiendo ac reditarla propiedad de
los mismos, ya que en caso contrario se estará a lo dispuesto en el citado numeral 480 B cuatrocientos
ochenta letra “B” del Ordenamiento Legal antes invocado, que a la letra dice: “ARTÍCULO 480 B. Los
objetos o valores que se encuentren a disposici ón de las autoridades judiciales que no ha yan sido
decomisados y que no sean recogidos por quien tenga derecho a ello en un lapso de noventa días
naturales, contados a partir de la notificación al interes ado, se enajenarán en subasta pública, en los
términos que establezca el Código de Procedimientos Civiles del Estado de Yucatán y el producto de la
venta se aplicará a quien tenga derecho a recibirlo. Si notificado no se presenta dentro de los tres meses
siguientes a la fecha de la notificación, el produc to de la venta se destinará al Estado”; y por cuanto de se
ignora el nombre y domicilio del propietario de los objetos antes descritos, con fundamento en el artículo
65 sesenta y cinco del Código Adjetivo de la materia , en vigor, proceda el ciudadano actuario a realizar la
notificación por edictos publicados por tres días consecu tivos en el Diario Oficial del Estado.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE. Así lo acordó y firma el ciudadano Juez Sexto Pe nal del Primer
Departamento Judicial del Estado, Licenciado en Derecho Manuel Jesús Soberanis Ramírez, asistido del
Secretario de Acuerdos que autoriza y da fe, Licenciado en Der echo Edwin Romel Uc Suárez.
LO CERTIFICO.
Por lo anterior procedo a hacer la notificación ordenada median te publicación en el Diario Oficial del
Gobierno del Estado por medio de edictos publicados por tres días con secutivos, con fundamento en el
artículo 65 del Código de Procedimientos en Materia Penal del Estado en vigor.-DOY FE.-
EL C. ACTUARIO DEL JUZGADO SEXTO PENAL
DEL PRIMER DEPARTAMENTO JUDICIAL DEL ESTADO.
LIC. JOSE MANUEL CHUC ClSNEROS,ED.
Publíquese los días 22, 25 y 26 de enero de 2010.

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