Notificación del Juzgado Primero Penal.

PÁGINA 76 DIARIO OFICIAL MÉRIDA, YUC., MARTES 1 DE SEPTIEMBRE DE 2009.
médicos que reconocieron a la presunta incapaz ROSA MA RÍA GONZÁLEZ RAMÍREZ, en el que afirman
que dicha persona tiene una incapacidad; ya que padece de enfermedad de Alzheimer; que dicha
incapacidad es total e incurable; y que impide a la persona qu e la padece, gobernarse por sí misma y
administrar libremente sus bienes; hace prueba plena de conformid ad con lo establecido en el artículo 313
del Código Adjetivo de la Materia, por ser tres los peritos facultativ os en medicina y personas de
reconocida competencia en su profesión y conocidos de l a que resuelve, por lo que debe declararse que
ha quedado plenamente comprobado el estado de incapacidad de la ciudadana ROSA MARÍA
GONZÁLEZ RAMÍREZ, por padecer de una incapacidad; ya que padece de enfermedad de Alzheimer; la
cual es total e incurable; y que impide al que la padece, gobernarse por sí mismo y administrar libremente
sus bienes; y que hacen tal declaración como lo previene el artíc ulo 863 del invocado Código Procesal
Civil, para que una vez ejecutoriada esta resolución, sea diferida la Tutela y Curatela en la forma legal
establecida, teniéndose en cuenta el cumplimiento de lo previs to en el numeral 867 del mismo
Ordenamiento. - - - - III.- De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 871 del citado Cuerpo de Leyes, esta
resolución debe ser publicada en el Diario Oficial del Gobierno del Estado, por tres veces, de tres en tres
días.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
Por lo considerado y expuesto, se resuelve: - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
PRIMERO.- Se declara que la ciudadana ROSA MARÍA GONZÁLEZ RAMÍREZ, se encuentra e n estado
de interdicción, por padecer de una incapacidad; ya que padece de enferme dad de Alzheimer; la cual es
total e incurable; y consecuentemente, la incapacita para regir los actos de su vida civ il por sí misma y
administrar libremente sus bienes. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
SEGUNDO.- Se declara que debe proveerse a la ciudadana ROSA MARÍA GONZÁLEZ RAMÍREZ, de
un Tutor y Curador definitivos para que la repres enten durante el tiempo que dure la interdicción y que se
encargue de la guarda de su persona y de sus bienes, debie ndo procederse al nombramiento de Tutor y
Curador en los términos establecidos por la Ley.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
TERCERO.- Publíquese esta sentencia por tres veces, de tres en tres días en el Diario Oficial del
Gobierno del Estado. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
CUARTO.- Notifíquese y cúmplase. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
Con lo que concluyó la presente diligencia, levantándose esta actuación que se firma y autoriza para
constancia. Lo certifico.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
- - SARA LUISA C.A. - - - - - - - - - - - - - - YENNY GÓNGORA B. - - - - - - - - - - - - - - - - - RUBRICAS.”
Y para su debida publicación en el Diario Oficial del Gobierno del Estado, por tres veces de tres en tres
días, como esta mandado en la resolución que antecede expido la pr esente en la Ciudad de Mérida,
Capital del Estado de Yucatán, a veinte de agosto del año dos mil nueve.
EL ACTUARIO
LICENCIADO EN DERECHO
ROBERTO ARIEL RODRIGUEZ VAZQUEZ
Publíquese los días 1, 4 y 9 de septiembre de 2009.
JUZGADO PRIMERO PENAL DEL PRIMER DEPARTAMENTO JUDICIAL DEL ESTADO
DE YUCATAN.
NAYELI ABIGAIL SOLIS
DOMICILIO IGNORADO.-
En el expediente número 160/2009, que en este Juzgado, se instruye en contra de: GERMAN EK CHAN
(O) JERMAN EK CHAN (O) GERMAN GAMADIEL EK CHAN (O) GERMAN GAMALIEL EK CHAN (A) “EL
CHINO”, JOSE EVELIO FUENTES CHAN (O) EVELIO FUENTES CHAN, LUIS CACERES MONTALVO
(O) JOSE EVELIO CACERES MONTALVO (O) JESÚS RAMÍREZ CARRILLO Y JOSE GABRIEL MOLINA
MOO, como probables responsables del delito de PORTACION DE ARMAS E INSTRU MENTOS
PROHIBIDOS COMETIDO EN ESTADO DE EBRIEDAD, denunciado por JULIO CESAR PANTOJA ITZ,
Jefe del Departamento de Asuntos Contenciones de la Dirección Jurídica de la Secretaria de Seguridad
Publica del Estado, e imputado por la Representación Social, se ha dictado un acuerdo del tenor literal
siguiente:---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
JUZGADO PRIMERO PENAL DEL PRIMER DEPARTAMENTO JUDICIAL DEL ESTADO.- Mérida,
Yucatán a 25 veinticinco de agosto del año 2009 dos mil nueve. --------------------------------------------------------
VISTOS: Se tiene por recibido del Director de la Policía Judicial del Estado, su oficio número PJE-
2044/2009, datado y recepcionado en la Secretaría de este Juzgado el 19 diecinu eve de agosto de 2009
dos mil nueve, a las 14:50 catorce horas con cincuenta minutos, mediante el cual remite el informe que le
fuera requerido por esta autoridad, a fin de buscar, localizar y presentar a la ciudadana NAYELI ABIGAIL

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