Notificación del Juzgado Octavo Penal.

MÉRIDA, YUC., VIERNES 22 DE ENERO DE 2010. DIARIO OFICIAL PÁGINA 87
JUZGADO OCTAVO PENAL DEL PRIMER DEPARTAMENTO JUDICIAL DEL
ESTADO.
C. DENUNCIANTE HILDA SARAI GONZALEZ CASTILLO.
DOMICILIO: I G N O R A D O. OF482/2010
En la causa de penal número 464/2004 que ante este juzgado se sigue en contra de Edilberto Naal
Cauich y Edilberto de Jesús Naal May (O) Edilberto Naal May, como probables responsables del delito d e
ULTRAJES A LA MORAL PUBLICA Y A LAS BUENAS COSTUMBRES, AMENAZAS E INJURIAS
COMETIDOS EN ESTADO DE EBRIEDAD, denunciado y querellado por Hilda Sarai G onzález Castillo; el
ciudadano Juez ha dictado el acuerdo siguiente:-----------------------------------------------------------------------------
JUZGADO OCTAVO PENAL DEL PRIMER DEPARTAMENTO JUDICIAL DEL ESTADO. Mérida, Yucatán
a 05 cinco de enero del año 2010 dos mil diez. ------------------------------------------------------------------------------
VISTOS: Agréguese a los autos de la presente causa penal 464/2004 que se instruye en contra de
EDILBERTO NAAL CAUICH, como probable responsable de los delitos de ULTRAJES A LA MORAL
PUBLICA Y A LAS BUENAS COSTUMBRES Y AMENAZAS COMETIDOS EN ESTADO DE EBRIEDAD;
y en contra de EDILBERTO DE JESÚS NAAL MAY (O) EDILBERTO NAAL MAY, por los delitos de
ULTRAJES A LA MORAL PUBLICA Y A LAS BUENAS COSTUMBRES Y AMENAZAS, denunciados y
querellados por la ciudadana HILDA SARAI GONZALEZ CASTILLO, lo siguiente:--------------------------------
a). El ocurso de fecha 28 veintiocho de abril del año 2009 dos mil nueve, y recibido al día siguiente en la
secretaria de este Juzgado, suscrito por el ciudadano MARB Y YERVEZ SOSA, defensor particular de los
inculpados EDILBERTO NAAL CAUICH y EDILBERTO DE JESÚS NAAL MAY, nombrado juntamente con
la defensor de oficio Adscrita a este Juzgado, con el que informa que su defendido NAA L MAY, no podrá
asistir a las diligencias de careos decretadas para los días 28 veint iocho, 29 veintinueve y 30 treinta de
abril de 2009 dos mil nueve, ya que por motivos laborales se ausentó de esta ciudad.------------------------
b). El oficio número PJE-904/2009, de fecha 29 veintinueve de abril de 2009 dos mil nueve y recibido el
día 30 treinta del citado mes y año, suscrito por el Director de la Policía Judicial del Esta do, por medio del
cual da contestación al oficio 180/2009, en el que se le solicitó la búsqueda, localizac ión y presentación
de la ciudadana HILDA SARAI GOZALEZ CASTILLO, y en cumplimiento anexa el informe signado por la
ciudadana Italia Mayoral Ake, Agente de la Policía Judicial del Estado, en el que aparec e que por mas
diligencias que se realizaron no fue posible localizar a la ciudad ana HILDA SARAI GONZALEZ
CASTILLO. -----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
En mérito de lo anterior se acuerda: Con fundamento en el artículo 189 ciento ochenta y nuev e del
Código de Procedimientos en Materia Penal del Estado en vigor, agréguense a los autos de la causa en la
que se provee, para constancia y efectos legales pertinentes, el escrito y oficio con anexo de referencia. --
Ahora bien y en a tención al escrito signado por el ciudadano MARBY YERVEZ SOSA, defensor
particular de los inculpados EDILBERTO NAAL CAUICH y EDILBERTO DE JESÚS NAAL MAY, en el que
expone los motivos por los cuales no fue posible l a comparecencia del inculpado NAAL MAY, y a las
constancias levantadas por la entonces Secretaria de Acuerdos de este Juzg ado, en la que aparece que
la diligencias de careos fijadas para esos días no se llevar on acabo, por los motivos ahí expuestos, en
consecuencia la Secretaria de Acuerdos del Juez Octavo Penal del Primer Departamento Judicial del
Estado, en funciones del titular por vacaciones, con fundamento en el artículo 30 treinta del Código d e
Procedimientos en Materia Penal del Estado, en vigor, en mir as de una pronta y eficaz administración de
Justicia, en los numerales 182 ciento ochenta y dos y 183 cien to ochenta y tres, del mismo ordenamiento,
dada la contradicción que existe entre sus respectivas declaraci ones, tiene a bien fijar como nueva fecha
y hora para la diligencia de CAREOS que se desahogar á entre la denunciante HILDA SARAI GONZALEZ
CASTILLO, con los inculpados EDILBERTO NAAL CAUICH y EDILBERTO DE JESÚS NAAL MAY,
siendo ésta, el próximo día 26 VEINTISEIS DE ENERO DEL AÑO EN CURSO, A LAS 08:30 OCHO
HORAS CON TREINTA MINUTOS Y 09:00 NUEVE HORAS RESPECTIVAMENTE; de igual forma se fija
el día 27 VEINTISIETE DE ENERO DEL AÑO 2010 DOS MIL DIEZ A LAS 08:30 OCHO HORAS CON
TREINTA MINUTOS Y 09:00 NUEVE HORAS, para el desahogo de la diligencia de c areos entre la testigo
SUSANA GABRIELA GONZALEZ CETINA con los inculpados EDILBERTO NAAL CAUICH y EDILBERTO
DE JESÚS NAAL MAY; por último se fija el día 28 VEINTIOCHO DE ENERO DEL AÑO 2010 DOS MIL
DIEZ, A LAS 08:30 OCHO HORAS CON TREINTA MINUTOS Y 09:00 NUEVE HORAS, para el desahogo
de la diligencia de careos entre el JUAN CARLOS GÓNGORA AKE con los inculpados EDILBERTO
NAAL CAUICH y EDILBERTO DE JESÚS NAAL MAY, mismas que tendrán verificativo en el local que
ocupa este Juzgado, en consecuencia, evaluándose de autos que los nombrados testigos fueron
debidamente notificadas de la obligación que tenían de comparec er ante esta autoridad el 28 veintiocho y
29 veintinueve de abril del año en curso respectiva mente, y apercibidos con el auxilio de la fuerza públ ica
para lograr su comparecencia ante esta autoridad en c aso contrario, con apoyo en la fracción II Seg unda
del numeral 84 ochenta y cuatro del Código Procesal Penal vigente en el Estado , gírese atento oficio al
ciudadano Director de la Policía Judicial del Estado, para que se sirva ordenar lo conduc ente a fin de que

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