Nota aclaratoria a las Reglas de Operación de la Acción Institucional de Entrega de Juguetes a Niños y Niñas que Habitan en la Delegación Coyoacán durante el Ejercicio Fiscal 2015 publicadas en la Gaceta Oficial Del Distrito Federal de fecha 7 de enero del 2015

DELEGACIÓN COYOACÁN

RODRIGO MÉNDEZ ARRIAGA, DIRECTOR GENERAL DE DESARROLLO SOCIAL EN EL ÓRGANO POLÍTICO ADMINISTRATIVO EN COYOACÁN, con fundamento en los artículos 2 tercer párrafo, 7 primer párrafo, 10 fracción IV, 37, 39 fracción LVI de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; artículo 11 de la Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal; 1, 96, 97, 101 de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente para el Distrito Federal; 122 fracción V, 122 BIS fracción IV inciso E), 128 fracción VIII del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal. Contando con capacidad legal para subscribir el presente documento de conformidad con el Acuerdo publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal número 1556 de fecha 5 de marzo de 2013, mediante el que se delega en el Titular de la Dirección General de Desarrollo Social la facultad para suscribir los documentos relativos al ejercicio de sus atribuciones, emito la siguiente:

NOTA ACLARATORIA A LAS REGLAS DE OPERACIÓN DE LA ACCION INSTITUCIONAL DE ENTREGA DE JUGUETES A NIÑOS Y NIÑAS QUE HABITAN EN LA DELEGACIÓN COYOACÁN DURANTE EL EJERICICO FISCAL 2015 PUBLICADAS EN LA GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL NÚMERO 4 DE FECHA 7 DE ENERO DEL 2015.

CONSIDERANDO

Que conforme al artículo 4 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, los niños y las niñas tienen derecho a la satisfacción de sus necesidades de alimentación, salud, educación y sano esparcimiento para su desarrollo integral.

Que conforme a la disposición constitucional antes invocada, los órganos de gobierno deberán velar en todo momento por el cumplimiento del interés superior del menor, garantizando de manera plena el ejercicio de sus derechos, debiendo ser este principio el que guíe el diseño, la ejecución, el seguimiento y la evaluación de las políticas públicas dirigidas a la niñez.

Que el sano esparcimiento como derecho de la niñez contribuye a su sano y adecuado desarrollo, y que solo podrá existir un ejercicio pleno de este derecho, siempre y cuando los niños y las niñas cuenten con los elementos necesarios para hacerlo efectivo, como tal es el caso de algún juguete que le permita desarrollar sus capacidades lúdicas.

Que las acciones que al efecto emprende este órgano político administrativo en este rubro son determinadas conforme a lo establecido por el artículo 1, 3 fracción V, 4 fracción I, 5 apartado C) fracción I, apartado D) fracción VI de la Ley de...

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