Nota Aclaratoria a los numerales IV, V Programación Presupuestal de las Reglas de Operación y la Convocatoria respectivamente del Programa de Otorgamiento de Ayudas para la Prestación de Servicios de Tratamiento Integral Contra el Consumo de Sustancias Psicoactivas a Organizaciones de la Sociedad Civil, Organismos Públicos y Privados en la Ciudad de México (PROSUST) 2016, ambas publicadas el 31 de marzo de 2016 en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México

30 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 27 de Mayo de 2016

INSTITUTO PARA LA ATENCIÓN Y PREVENCIÓN DE LAS ADICCIONES EN LA CIUDAD DE MÉXICO (IAPA)

PROFA. MARÍA DEL ROSARIO TAPIA MEDINA, Directora General del Instituto para la Atención y Prevención de las Adicciones en la Ciudad de México, en cumplimiento con las disposiciones que se establecen en los artículos; 97 y 98 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 2°, 3° fracción IV, 70 fracción II y 71 fracciones I, II y X de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal,10, 97 y 101 de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal, 8 fracción IX, 64 fracción III, incisos c), d) y e), 71 fracciones II, VI, XII y XXV de la Ley para la Atención Integral del Consumo de Sustancias Psicoactivas del Distrito Federal; y 18 fracciones VII, X y XXIV del Estatuto Orgánico del Instituto y,

CONSIDERANDO

Que el Comité Dictaminador integrado por Servidores Públicos del Instituto para la Atención y Prevención de las Adicciones en la Ciudad de México del Programa de Otorgamiento de Ayudas para la Prestación de Servicios de Tratamiento Integral contra el Consumo de Sustancias Psicoactivas a Organizaciones de la Sociedad Civil, Organismos Públicos y Privados en la Ciudad de México (PROSUST) 2016, en la reunión celebrada el 13 de mayo de 2016 determinó los siguientes acuerdos:

ACUERDO-02-2016. Se modifica el número de establecimientos beneficiados profesionales o mixtos que ofrecen servicios de atención ambulatoria, con un decremento de 4 a 2 participantes, así como un aumento en el número de usuarios atendidos de 36 a 50. Derivado de la escasa demanda de participación por parte de los Centros de Atención Ambulatoria bajo el modelo profesional o mixto, en la que se estimaba la inscripción al Programa de por lo menos 4 Centros, se acordó apoyar a los dos establecimientos que atendieron la convocatoria y que cubrieron los requisitos, con un aumento al número de becas asignadas por Centro de 36 a 50, así como el monto por ayuda económica de $3,305.55 (Tres mil trescientos cinco pesos 55/100 M.N.) a $3,320.00 (tres mil trecientos veinte pesos 00/100 M.N.) por usuario.

ACUERDO-03-2016. Se modifica el número de establecimientos beneficiados profesionales o mixtos que ofrecen servicios de atención residencial, con un decremento de 12 a 8 participantes. Se ajusta el número de Centros de Atención Residencial bajo el modelo profesional o mixto de 12...

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