Nota aclaratoria al Aviso por el que se dan a conocer las modificaciones realizadas a los Lineamientos Generales de la acción institucional, “Atención Social Inmediata a Poblaciones Prioritarias (ASIPP)”, para el ejercicio fiscal 2020, publicados en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el 2 de abril de 2020

2 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 7 de abril de 2020

ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO

DRA. ALMUDENA OCEJO ROJO, SECRETARIA DE INCLUSIÓN Y BIENESTAR SOCIAL, con fundamento en los artículos 1, 2, 3, 7 apartado E, y 9 apartado A, B, y C, 17 apartado A de la Constitución Política de la Ciudad de México; 20 fracciones VIII y IX, y 34 fracciones I, III, IV, V y VI de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México; 10 fracciones IV, 32, 39 de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal, 97 y 129 de la Ley de Austeridad, Transparencia en Remuneraciones, Prestaciones y Ejercicio de Recursos de la Ciudad de México; 9 de la Ley de Ingresos de la Ciudad de México para el ejercicio fiscal 2020, el Decreto por el que se expide el Presupuesto de Egresos de la Ciudad de México para el ejercicio fiscal 2020, así como el lineamiento III incisos c), d), f), g), i) y n) de los Lineamientos para la Elaboración de Acciones Sociales 2020, emito la siguiente:

NOTA ACLARATORIA AL AVISO POR EL QUE SE DAN A CONOCER LAS MODIFICACIONES REALIZADAS A LOS LINEAMIENTOS GENERALES DE LA ACCIÓN INSTITUCIONAL (AI) "ATENCIÓN SOCIAL INMEDIATA A POBLACIONES PRIORITARIAS (ASIPP)" PARA EL EJERCICIO FISCAL 2020, PUBLICADAS EN LA GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO EL 2 DE ABRIL DE 2020.

Con fecha 31 de diciembre del 2019, se publicó en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México en la vigésima primera época, número 252 Bis, en las páginas 61 a la 68, el AVISO POR EL QUE SE DAN A CONOCER LOS LINEAMIENTOS GENERALES DE LA ACCIÓN INSTITUCIONAL (AI) "ATENCIÓN SOCIAL INMEDIATA A POBLACIONES PRIORITARIAS (ASIPP)" PARA EL EJERCICIO FISCAL 2020.

El 2 de abril de 2020, se publicó en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, en la vigésima primera época, número 316 Bis, en las páginas 4 a la 15, la Nota Aclaratoria al Aviso por el que se dan a conocer los Lineamientos Generales de la Acción Institucional (AI), "Atención Social Inmediata a Poblaciones Prioritarias (ASIPP)" para el ejercicio fiscal 2020, para lo cual se dan a conocer las siguientes:

MODIFICACIONES

En la página 9, numeral 5.2.3. Facilitadores de servicios sociales.

Dice:

5.2.3. Facilitadores de servicios sociales.

2026

  1. Identificación oficial vigente con fotografía, expedida por una autoridad competente (original y copia).

  2. Clave Única de Registro de Población (CURP).

  3. Comprobante de domicilio no mayor a 3 (tres) meses que acredite ser habitante o ciudadano de la Ciudad de México. En el caso de poblaciones migrantes o personas en situación de calle, no será necesario.

  4. Título y/o cédula profesional.

    2026

    Debe decir:

    5.2.3 Facilitadores de servicios sociales:

    2026

    a. Identificación oficial vigente con fotografía, expedida por una autoridad competente (original y copia).

  5. Clave Única de Registro de Población (CURP).

  6. Comprobante de domicilio no mayor a 3 (tres) meses que acredite ser habitante o ciudadano de la Ciudad de México. En el caso de poblaciones migrantes o personas en situación de calle, no será necesario.

    d. Título y/o cédula profesional en las carreras de medicina general o medicina con especialidad en psiquiatría o comprobante de estudios que certifique la conclusión de las carreras de trabajo social, enfermera/o, asistente social, según corresponda.

  7. Registro Federal de Contribuyentes con homoclave.

    2026

    En la página 9, numeral 5.2.4. Cooperación Interinstitucional.

    Dice:

    5.2.4. Cooperación Interinstitucional.

    De manera general, se trabajará coordinadamente con el sector público de la Ciudad de México para favorecer y ampliar...

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