Nota Aclaratoria al Aviso por el cual se dan a conocer los Lineamientos para Otorgamiento, Ejercicio y Comprobación del Apoyo a Comedores Comunitarios, contenido en las Reglas de Operación del programa “Comedores Comunitarios de la Ciudad de México 2019”, publicado en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, número 217 Bis, el día 8 de noviembre de 2019

ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO SECRETARÍA DE INCLUSIÓN Y BIENESTAR SOCIAL

DOCTORA ALMUDENA OCEJO ROJO, Secretaria de Inclusión y Bienestar Social, con fundamento en los artículos 1, 2, 3, 9 inciso C, y, 17 apartado A de la Constitución Política de la Ciudad de México; 20 fracción II, IV, VI, VIII y IX, y34 fracciones I, II, III, IV, V y VI de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México; 2, 3, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 14, 15, 16 de la Ley de Comedores Sociales de la Ciudad de México; 10 fracción IV, 32, 33, 39 y 40 de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal; 50 y 63 del Reglamento de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal; 9 de la Ley de ingresos de la Ciudad de México para el ejercicio fiscal 2019; 1, 4, 5 y 15 Decreto por el que se expide el Presupuesto de Egresos de la Ciudad de México, para el ejercicio Fiscal 2019; 7 fracción IX, inciso C), numeral 3 y 20 del Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Publica de la Ciudad de México; 123, 127 y 129 de la Ley de Austeridad, Transparencia en Remuneraciones, Prestaciones y Ejercicio de Recursos de la Ciudad de México; conforme al siguiente:

C O N S I D E R A N D O

  1. - Que el presente, no contienen modificaciones en el alcance o modalidades de dichos programas, cambios en la población objetivo, o cualquier otra acción que implique variaciones en los criterios de selección de beneficiarios, montos o porcentajes de subsidios, apoyos y ayudas, por lo que, en la interpretación a contrario sensu de los artículos 128 y 129 de la Ley de Austeridad, Transparencia en Remuneraciones, Prestaciones y Ejercicio de Recursos de la Ciudad de México, 42C de la Ley de Desarrollo Social del Distrito Federal, 4 del Reglamento para Someter a la Aprobación del Comité de Planeación del Desarrollo del Distrito Federal, COPLADE, la Creación y Operación de Programas de Desarrollo Social que Otorguen Subsidios, Apoyos y Ayudas a la Población del Distrito Federal, así como en los Lineamientos para la Elaboración de Acciones Institucionales de Desarrollo Social (Acciones Sociales) 2019 del Consejo de Evaluación del Desarrollo Social de la Ciudad de México, EVALÚA, no requieren la aprobación del COPLADE ni del EVALÚA, ya que no modifican de manera sustancial las Reglas de Operación ni es una acción social de nueva creación de acuerdo con lo previsto en dichos numerales; por lo cual he tenido a bien emitir la...

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