Nota Aclaratoria al Aviso por el cual se dan a conocer las Reglas de Operación del programa, Atención Integral a Personas Integrantes de las Poblaciones Callejeras (PAIPIPC) 2019, publicado en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, el día 18 de enero de 2019, número 13, Tomo I

ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO

DRA. ALMUDENA OCEJO ROJO, SECRETARIA DE INCLUSIÓN Y BIENESTAR SOCIAL, con fundamento en los artículos 1, 2, 3, 9, 11, Apartado A y K, 17 apartado A, , 33 de la Constitución Política de la Ciudad de México; 11 fracción I, 13, 16 fracción IX, 18, 14, 20 fracción III, IV, VI, VII, VIII y IX, y 34 fracciones I, III, IV, V, VI, XV, XVII de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México; 7 fracción IX inciso C) numeral 2 y, 176 del Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México; 10, 32, 33, y 34 de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal; 50, 51, 52 y 63 del Reglamento de la Ley de Desarrollo Social, y 123, 127 y 129 de la Ley de Austeridad, Transparencia en Remuneraciones, Prestaciones y Ejercicio de Recursos de la Ciudad de México, con base en los siguientes:

C O N S I D E R A N D O S

Que el presente, no contienen modificaciones en el alcance o modalidades de dichos programas, cambios en la población objetivo, o cualquier otra acción que implique variaciones en los criterios de selección de beneficiarios, montos o porcentajes de subsidios, apoyos y ayudas, por lo que, en la interpretación a contrario sensu de los artículos 129 de la Ley de Austeridad, Transparencia en Remuneraciones, Prestaciones y Ejercicio de Recursos de la Ciudad de México, así como 4 del Reglamento para Someter a la Aprobación del Comité de Planeación del Desarrollo del Distrito Federal, la Creación y Operación de Programas de Desarrollo Social que Otorguen Subsidios, Apoyos y Ayudas a la Población del Distrito Federal, no requieren la aprobación de dicho Colegiado, ya que no modifican de manera sustancial las Reglas de Operación, de acuerdo con lo previsto en dichos numerales, emito la siguiente:

NOTA ACLARATORIA AL AVISO POR EL CUAL SE DAN A CONOCER LAS REGLAS DE OPERACIÓN DEL PROGRAMA ATENCIÓN INTEGRAL A PERSONAS INTEGRANTES DE LAS POBLACIONES CALLEJERAS (PAIPIPC) 2019, PUBLICADO EN LA GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO, EL DÍA 18 DE ENERO DE 2019, NÚMERO 13, TOMO I.

En la página 171, apartado VII, Requisitos y Procedimientos de Acceso. VII.2 Requisitos de Acceso

Dice:

VII.2. Requisitos de Acceso

  1. Ser una persona integrante de las poblaciones callejeras que habita o pernocta en el espacio público de la Ciudad de México.

  2. Otorgar de manera libre e informada su consentimiento para recibir los servicios sociales que ofrece la DGIAPP y las demás instituciones responsables y corresponsables. En los casos en que por su situación jurídica o de salud no puedan solicitar de forma voluntaria los servicios sociales descritos en las presentes Reglas de Operación, podrán acceder a los mismos bajo el principio pro persona fundamentado en los derechos humanos.

  3. Ser una persona que, por su condición de edad, sexo, estado civil, origen étnico, cultural, social, económico o abandono social o familiar, este en situación de riesgo que la pueda vincular a una vida en calle y por ende vea limitada sus condiciones de desarrollo y bienestar.

    Debe decir:

    VII.2. Requisitos de Acceso

    VII.2.1Para pernocta, aseo, abrigo de invierno y alimentación

  4. Ser una persona integrante de las poblaciones callejeras que habita o pernocta en el espacio público de la Ciudad de México.

  5. Otorgar de manera libre e informada su consentimiento para recibir los servicios sociales que ofrece la DGIAPP y las demás instituciones responsables y corresponsables. En los casos en que por su situación jurídica o de salud no puedan solicitar de forma voluntaria los servicios sociales descritos en las presentes Reglas de Operación, podrán acceder a los mismos bajo el principio pro persona fundamentado en los derechos humanos.

  6. Ser una persona que, por su condición de edad, sexo, estado civil, origen étnico, cultural, social, económico o abandono social o familiar, esté...

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