Nota aclaratoria al Aviso por el cual se dan a conocer las Reglas de Operación del programa social, “Hogar Digno”, para el ejercicio fiscal 2019, publicado en la Gaceta Oficial De La Ciudad De México, de fecha 03 de mayo de 2019

ALCALDÍA LA MAGDALENA CONTRERAS

PATRICIA JIMENA ORTIZ COUTURIER, ALCALDESA DE LA MAGDALENA CONTRERAS, con fundamento en los artículo 52, numerales 1 y 2, 53 Apartado numeral 1 y 12, fracciones VIII y IX, Apartado B numeral 1 de la Constitución Política de la Ciudad de México; 2 fracción I y II, 9, 15, 16, 21, 29 fracciones VIII y IX, 35 fracción I de la Ley Orgánica de Alcaldías de la Ciudad de México; 11 de la Ley de Procedimiento Administrativo de la Ciudad de México; 124, 128 y 129 Ley de Austeridad, Transparencia en Remuneraciones, Prestaciones y Ejercicio de Recursos de la Ciudad de México, 20, 21 y 48 de la Ley de Planeación del Desarrollo del Distrito Federal; 6, 32, 33, 34 fracción I y 38 de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal; 50 y 51 del Reglamento de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal, y los Lineamientos para la Elaboración de las Reglas de Operación de los Programas Sociales para el Ejercicio 2019, publicados el 31 de octubre de 2018 en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, emito la siguiente:

NOTA ACLARATORIA AL AVISO POR EL CUAL SE DAN A CONOCER LAS REGLAS DE OPERACIÓN DEL PROGRAMA SOCIAL "HOGAR DIGNO", PARA EL EJERCICIO FISCAL 2019, A CARGO DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE BIENESTAR SOCIAL DE LA ALCALDÍA LA MAGDALENA CONTRERAS, PUBLICADOS EN LA GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO, DE FECHA 03 DE MAYO DE 2019.

En la página 51, numeral 4.1.

DICE:

4.1. Apoyar y considerar el gasto de las personas responsables del cuidado permanente de otros individuos (personas vulnerables: niños, niñas, personas que requieran algún cuidado espacial)

DEBE DECIR:

4.1. Apoyar y considerar el gasto de las mujeres al cuidado de menores de edad

En la página 52, numerales 4.5., 5.1., 5.2., 6.1.

DICE:

4.5. Beneficiar a 3,300 personas, con un apoyo económico de $3,000.00 anuales ministrado en tres cuatrimestres

5.1. Beneficiar económicamente a las personas responsables de cuidar de otras personas que requieran la atención permanente.

5.2. Apoyo de transferencia económica en tres ministraciones de $1,000.00 cada una a 3,300 beneficiarias en condiciones de vulnerabilidad social habitantes de la demarcación.

6.1.

Total de

beneficiarios Monto Frecuencia Presupuesto total anual

3,300 $1,000.00 Tres ministraciones $ 9,900,000.00 (Nueve millones novecientos mil pesos 100/00)

DEBE DECIR:

4.5. Beneficiar a 3,300 personas, con un apoyo económico de $3,000.00 anuales ministrado en dos partes

5.1. Beneficiar económicamente a las mujeres al cuidado de menores de edad.

5.2. Apoyo de transferencia económica en dos ministraciones de $1,500.00 cada una a 3,300 beneficiarias en condiciones de vulnerabilidad social habitantes de la demarcación.

6.1.

20 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 3 de octubre de 2019

Total de beneficiarios

Monto unitario por

ministración Frecuencia Presupuesto total anual

3,300 $1,500.00 Dos ministraciones $ 9,900,000.00 (Nueve millones novecientos mil pesos 100/00)

En la página 53, numeral 7.5. "Requisitos", incisos b y e; numeral 7.6. "Documentos", incisos a y b

DICE:

  1. Solicitar ingreso al presente programa mediante formato proporcionado por la Dirección General de Bienestar Social en los tiempos y lugares establecidos en el apartado 7.3 de las presentes reglas de operación.

  2. Responder un cuestionario socioeconómico proporcionado por la Dirección General de Bienestar Social en los tiempos y lugares establecidos en el apartado 7.3 de las presentes reglas de operación

  3. No ser servidor público de ningún nivel de gobierno, principalmente del gobierno de la Alcaldía La Magdalena Contreras

  4. Identificación oficial con fotografía y firma vigentes (credencial del INE o IFE, según su fecha de expedición; licencia de conducir, INAPAM, cédula profesional, pasaporte o cartilla del servicio militar nacional), aunque no necesariamente coincida con el del comprobante de domicilio.

  5. Clave Única de Registro de la Población (CURP) del (la) solicitante.

    DEBE DECIR:

  6. Solicitar ingreso al presente Programa mediante formato proporcionado por la Dirección General de Bienestar Social en los tiempos y lugares establecidos en la convocatoria.

  7. Responder un cuestionario socioeconómico proporcionado por la Dirección General de Bienestar Social en los tiempos y lugares establecidos en la convocatoria.

  8. No ser servidor público de estructura en la Alcaldía La Magdalena Contreras.

  9. Identificación oficial con fotografía y firma vigentes (credencial del INE o IFE, según su fecha de expedición; licencia de conducir, INAPAM, cédula profesional, pasaporte o cartilla del servicio militar nacional), aunque no necesariamente coincida con el del comprobante de domicilio. Si la solicitante es menor de edad, identificación oficial vigente de algún tutor.

    Para el caso de solicitantes migrantes, podrá presentar cualquiera de los siguientes documentos: Identificación del país de origen, Constancia de inscripción al padrón de huéspedes de la Ciudad de México emitida por el SEDEREC, Constancia de solicitud de reconocimiento de la condición de refugiado emitida por la COMAR, Constancia de reconocimiento de la condición de refugiado emitida por la COMAR, Constancia de reconocimiento como beneficiario de protección complementaria emitida por la COMAR, Constancia de identidad emitida por el consulado, Carta de naturalización, Pasaporte, Tarjeta de visitante por razones humanitarias, Tarjeta de residente permanente, Tarjeta de...

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