Nota Aclaratoria al Aviso por el cual se dan a conocer las Reglas de Operación del programa de desarrollo social, “Educación Incluyente para Todas y Todos”, para el ejercicio fiscal 2019, publicadas en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México de fecha 31 de enero de 2019, Tomo III

46 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 5 de agosto de 2019

ALCALDÍA IZTACALCO

RAÚL ARMANDO QUINTERO MARTÍNEZ, Alcalde en Iztacalco, con fundamento en lo establecido en los artículos 122 apartado A, base VI de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 52, 53 apartado A, numerales 1, 2 fracción XI y 12 fracciones VII y IX, apartado B numerales 1 y 3, inciso a) fracciones XXXIV, XXXVI, XXXVII y XXXIX de la Constitución Política de la Ciudad de México; 4, 20 fracciones VI, VIII y XI, 29 fracciones VIII y IX, 35 fracciones I, III y IV y 36 fracciones I y II de la Ley Orgánica de Alcaldías de la Ciudad de México; 11 de la Ley de Procedimiento Administrativo de la Ciudad de México; 11, fracciones I y IX, 32, 33, 39, 40 y 41 de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal; 123 y 124 Ley de Austeridad, Transparencia en Remuneraciones, Prestaciones y Ejercicio de Recursos de la Ciudad de México;50, 51 y 52 del Reglamento de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal, emito el siguiente:

NOTA ACLARATORIA AL AVISO POR EL CUAL SE DAN A CONOCER LAS REGLAS DE OPERACIÓN DEL PROGRAMA DE DESARROLLO SOCIAL "EDUCACIÓN INCLUYENTE PARA TODAS Y TODOS DE LA ALCALDIA DE IZTACALCO" A CARGO DE LA ALCALDIA DE IZTACALCO PARA EL EJERCICIO FISCAL 2019, PUBLICADAS EL 31 DE ENERO DE 2019, TOMO III, EN LA GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO.

En la página 158, párrafos primero y segundo

Dice:

LIC. RAÚL ARMANDO QUINTERO MARTÍNEZ, Alcalde en Iztacalco, con fundamento en los Artículos 21 Apartado C fracción 1 y 2, Apartado D fracción 1 inciso C, Apartado III fracción 1 inciso A, 33 fracción 1, 52 Fracción 3 Inciso X, y 55 fracción 1 segundo párrafo de la Constitución Política de la Ciudad de México; Artículos 1 fracción I y II, 10 fracción IV, 32, 33, 34, 35, 36, 37, 38, 39, 40 y 41 de la Ley de Desarrollo Social de la Ciudad de México; Artículo 24, fracción XX de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México.

AVISO POR EL CUAL SE DAN A CONOCER LAS REGLAS DE OPERACIÓN DEL PROGRAMA DE DESARROLLO SOCIAL "EDUCACIÓN INCLUYENTE PARA TODAS Y TODOS DE LA ALCALDIA DE IZTACALCO" A CARGO DE LA ALCALDIA DE IZTACALCO PARA EL EJERCICIO FISCAL 2019.

Debe decir:

RAÚL ARMANDO QUINTERO MARTÍNEZ, Alcalde en Iztacalco, con fundamento en lo establecido en los artículos 122 apartado A, base VI de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 52, 53 apartado A, numerales 1, 2 fracción XI y 12 fracciones VII y IX, apartado B numerales 1 y 3, inciso a) fracciones XXXIV, XXXVI, XXXVII y XXXIX de la Constitución Política de la Ciudad de México; 4, 20 fracciones VI, VIII y XI, 29 fracciones VIII y IX, 35 fracciones I, III y IV y 36 fracciones I y II de la Ley Orgánica de Alcaldías de la Ciudad de México; 11 de la Ley de Procedimiento Administrativo de la Ciudad de México; 11, fracciones I y IX, 32, 33, 39, 40 y 41 de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal; 123 y 124 Ley de Austeridad, Transparencia en Remuneraciones, Prestaciones y Ejercicio de Recursos de la Ciudad de México;50, 51 y 52 del Reglamento de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal, emito el siguiente:

AVISO POR EL CUAL SE DAN A CONOCER LAS REGLAS DE OPERACIÓN DEL PROGRAMA DE DESARROLLO SOCIAL "EDUCACIÓN INCLUYENTE PARA TODAS Y TODOS" A CARGO DE LA ALCALDÍA DE IZTACALCO PARA EL EJERCICIO FISCAL 2019.

En la página 159, línea 15 y 16

Dice:

Exigibilidad.- El programa establece cuales son los mecanismos y los medios para que las mujeres interesadas exijan sus derechos a participar en el programa.

Debe decir:

Exigibilidad.- El programa establece cuales son los mecanismos y los medios para que los solicitantes exijan sus derechos a participar en el programa.

En la página 160, fracción lll.3, segundo párrafo.

Dice:

Se pretende beneficiar a 2,000 estudiantes; 1000 de sexto de primaria niñas y niños, 1000 de tercer año de secundaria con promedios de 9.5 a 10 y aptitudes académicas sobresalientes, en caso de que el número de solicitantes sea mayor a los beneficios existentes se priorizara a los que vivan en las colonias con alto nivel de violencia, niñas, pertenencia étnica o que estén bajo la tutela de un solo padre o tutor.

Debe decir:

Se pretende beneficiar a 2,000 estudiantes; beneficiando a 1000 niños y niñas con desempeño académico, cultural y/o deportivo sobresaliente, para sexto de primaria y/o niñas y niños en situación de vulnerabilidad de cualquier grado escolar de primaria; a 1000 niños y niñas con desempeño académico, cultural y/o deportivo sobresaliente para tercero de secundaria y/o niñas y niños en situación de vulnerabilidad de cualquier grado escolar de secundaria, en la siguiente proporción 75% o más de los apoyos otorgados serán asignados a niños en condición vulnerable y hasta el 25 % a niños con desempeño cultural, deportivo y académico sobresaliente, y en el caso del genero el porcentaje mínimo para los apoyos asignados a las niñas será como límite mínimo 50%. En caso de que el número de solicitantes sea mayor a los beneficios existentes se priorizara a los que vivan en las colonias con alto nivel de violencia, niñas, pertenencia étnica o que estén bajo la tutela de un solo padre o tutor.

Fracción IV.1. Objetivo General.

Dice:

IV.1. Objetivo General

Promover la permanencia escolar en situaciones de violencia o carencia económica de estudiantes con un alto grado de conocimientos y aprovechamiento escolar, con promedios de 9.5 y 10, incentivando el gusto por el estudio.

Debe decir:

IV.1. Objetivo General

Promover la permanencia escolar en situaciones de violencia o carencia económica de estudiantes en situación de vulnerabilidad o con desempeño académico, cultural y deportivo sobresaliente, incentivando el gusto por el estudio.

Fracción IV.2. Objetivo Específico

Dice:

IV.2. Objetivo Específico

Otorgar un apoyo de tipo económico hasta a 2000 niños y niñas estudiantes de 6° de primaria y 3° de secundaria, de escuelas públicas ubicadas en la Alcaldía de Iztacalco, que vivan en Iztacalco, con un promedio escolar del grado inmediato anterior al que están cursando de 9.5 y 10, impulsando así su inclusión y desarrollo y fomentando su derecho a la educación, promoviendo una vida libre de violencia.

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Debe decir:

IV.2. Objetivo Específico

Otorgar un apoyo de tipo económico hasta a 2000 niños y niñas estudiantes de primaria y de secundaria, de escuelas públicas ubicadas en la Alcaldía de Iztacalco, que vivan en Iztacalco, beneficiando a 1000 niños y niñas con desempeño académico, cultural y deportivo sobresaliente para sexto de primaria y niñas y niños en situación de vulnerabilidad de cualquier grado escolar de primaria; a 1000 niños y niñas con desempeño académico, cultural y deportivo sobresaliente para tercero de secundaria y niñas y niños en situación de vulnerabilidad de cualquier grado escolar de secundaria, quedando asignados los apoyos en la siguiente proporción, minimo75% de los apoyos otorgados serán asignados a niños en condición vulnerable y hasta el 25 % a niños con desempeño cultural, deportivo y académico sobresaliente, y en el caso del genero el porcentaje para los apoyos asignados a las niñas será como límite mínimo 50% y hasta el 60 %., las colonias que serán priorizadas serán Agrícola Oriental, Campamento 2 de octubre, Pantitlán, Ramos Millán, Ramos Millán Bramadero y Zapata Vela, esto por ser las colonias con mayor índice de marginalidad. Fomentando así el derecho a la educación, promoviendo una vida libre de violencia.

Fracción VI. Programación Presupuestal. Columna de Frecuencia

Dice:

VI. Programación Presupuestal

MONTO TOTAL PERSONA FRECUENCIA

$15, 000,000.00 (Quince millones de pesos 00/100 M.N.)

$7,500.00 (Siete mil quinientos pesos 00/100 M.N.)

Hasta 3 ministraciones, de $2,500.00 (dos mil quinientos pesos 00/100 M.N.) cada una

Debe decir:

VI. Programación Presupuestal

MONTO TOTAL PERSONA FRECUENCIA

$15,000,000.00 (Quince millones de pesos 00/100 M.N.)

$7,500.00 (Siete mil quinientos pesos 00/100 M.N.)

Hasta 3 dispersiones de $2,500.00 (dos mil quinientos pesos 00/100 M.N.) cada una

Fracción VII. Requisitos y Procedimientos de Acceso

Dice:

VII. Requisitos y Procedimientos de Acceso

  1. Los interesados entregarán su documentación en la Subdirección de Educación, ubicada en Plaza Benito Juárez planta baja edificio B una vez publicada la convocatoria correspondiente en los horarios y fechas indicados en la misma, los solicitantes serán niños y niñas estudiantes de 6° de primaria y 3° de secundaria de escuelas públicas...

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