Nota Aclaratoria en alcance de la publicación de fecha 6 de julio de 2016, la modificación a realizarse como Nota Aclaratoria en la publicación al Aviso por el cual se dan a conocer los “Lineamientos de Participación Vecinal en la Operación de las Actividades Institucionales para la Recuperación y Restauración de Chinampas en 5 Proyectos Pilotos ubicados dentro del Polígono de la Zona Patrimonio Mundial, Natural y Cultural de la Humanidad en Xochimilco, Tláhuac y Milpa Alta”
172 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 4 de Agosto de 2016
Autoridad de la Zona Patrimonio Mundial Natural y Cultural de la Humanidad en Xochimilco, Tláhuac y Milpa Alta
Erasto Ensástiga Santiago, Titular de la Autoridad de la Zona Patrimonio Mundial Natural y Cultural de la Humanidad en Xochimilco Tláhuac y Milpa Alta, con fundamento en lo dispuesto por el articulo 122 apartado C base 2 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, artículo 35 fracción XIV de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal, los artículos 1°, párrafo tercero, 18 y noveno transitorio del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal y el artículo 11 de la Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal, artículos 77 y 97 fracción VIII de la Ley de Procedimiento y Gasto Eficiente del Distrito Federal, se expide el siguiente:
Nota Aclaratoria en alcance de la publicación en fecha 6 de julio de 2016, la modificación a realizarse como Nota Aclaratoria en la publicación al Aviso por el cual se dan a conocer los "Lineamientos de Participación Vecinal en la Operación de las Actividades Institucionales para la Recuperación y Restauración de Chinampas en 5 Proyectos Pilotos ubicados dentro del Polígono de la Zona Patrimonio Mundial, Natural y Cultural de la Humanidad en Xochimilco, Tláhuac y Milpa Alta", como a continuación se indica:
Página 7, 5.3 El Acceso es individual
Dice:
La recepción de documentos será de manera individual, los documentos deberán presentarse para el registro de acceso a las Actividades Institucionales para la Preservación de Ecosistemas consistente en la recuperación y restauración de chinampas de la Zona Patrimonio Mundial, Natural y Cultural de la Humanidad en Xochimilco, Tláhuac y Milpa Alta son:
a)Original y copia legible para cotejo de la identificación oficial vigente del solicitante.
b)Original y copia legible para cotejo de comprobante de domicilio con una vigencia de al menos tres meses (de servicios o
constancia de domicilio expedida por autoridad competente).
c)Carta Bajo protesta de decir verdad que se tiene la posesión de la chinampa de manera pacífica y pública.
d)Documento que acredite la propiedad y/o posesión de la chinampa a beneficiar.
e)Las solicitudes deberán ser presentadas en original y copia legible incluyendo el escrito en formato abierto debidamente firmada por solicitante, dirigida al titular de la Autoridad de la Zona...
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