Nota Aclaratoria en alcance de la publicación de fecha 6 de julio de 2016, la modificación a realizarse como Nota Aclaratoria en la publicación al Aviso por el cual se dan a conocer los “Lineamientos de Participación Vecinal en la Operación de las Actividades Institucionales para la Recuperación y Restauración de Chinampas en 5 Proyectos Pilotos ubicados dentro del Polígono de la Zona Patrimonio Mundial, Natural y Cultural de la Humanidad en Xochimilco, Tláhuac y Milpa Alta”

172 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 4 de Agosto de 2016

Autoridad de la Zona Patrimonio Mundial Natural y Cultural de la Humanidad en Xochimilco, Tláhuac y Milpa Alta

Erasto Ensástiga Santiago, Titular de la Autoridad de la Zona Patrimonio Mundial Natural y Cultural de la Humanidad en Xochimilco Tláhuac y Milpa Alta, con fundamento en lo dispuesto por el articulo 122 apartado C base 2 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, artículo 35 fracción XIV de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal, los artículos 1°, párrafo tercero, 18 y noveno transitorio del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal y el artículo 11 de la Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal, artículos 77 y 97 fracción VIII de la Ley de Procedimiento y Gasto Eficiente del Distrito Federal, se expide el siguiente:

Nota Aclaratoria en alcance de la publicación en fecha 6 de julio de 2016, la modificación a realizarse como Nota Aclaratoria en la publicación al Aviso por el cual se dan a conocer los "Lineamientos de Participación Vecinal en la Operación de las Actividades Institucionales para la Recuperación y Restauración de Chinampas en 5 Proyectos Pilotos ubicados dentro del Polígono de la Zona Patrimonio Mundial, Natural y Cultural de la Humanidad en Xochimilco, Tláhuac y Milpa Alta", como a continuación se indica:

Página 7, 5.3 El Acceso es individual

Dice:

La recepción de documentos será de manera individual, los documentos deberán presentarse para el registro de acceso a las Actividades Institucionales para la Preservación de Ecosistemas consistente en la recuperación y restauración de chinampas de la Zona Patrimonio Mundial, Natural y Cultural de la Humanidad en Xochimilco, Tláhuac y Milpa Alta son:

a)Original y copia legible para cotejo de la identificación oficial vigente del solicitante.

b)Original y copia legible para cotejo de comprobante de domicilio con una vigencia de al menos tres meses (de servicios o

constancia de domicilio expedida por autoridad competente).

c)Carta Bajo protesta de decir verdad que se tiene la posesión de la chinampa de manera pacífica y pública.

d)Documento que acredite la propiedad y/o posesión de la chinampa a beneficiar.

e)Las solicitudes deberán ser presentadas en original y copia legible incluyendo el escrito en formato abierto debidamente firmada por solicitante, dirigida al titular de la Autoridad de la Zona...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR