Acuerdo SO/II-10/02-S, mediante el cual el H. Comité Técnico del Consejo Nacional de Normalización y Certificación de Competencias Laborales aprueba los Estándares de Competencia EC0074, EC0076 y EC0072

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EmisorSecretaría de Educación Pública

ACUERDO SO/II-10/02-S, mediante el cual el H. Comité Técnico del Consejo Nacional de Normalización y Certificación de Competencias Laborales aprueba los Estándares de Competencia EC0074, EC0076 y EC0072. H. COMITE TECNICO DEL CONSEJO NACIONAL DE NORMALIZACION Y CERTIFICACION DE COMPETENCIAS LABORALES.

CONSTANCIA DE ACUERDO

En la Segunda Sesión Ordinaria de 2010, del H. Comité Técnico del Consejo Nacional de Normalización y Certificación de Competencias Laborales, celebrada el veintiuno de mayo de 2010, se aprobó el siguiente:

ACUERDO SO/II-10/02-S

Con fundamento en los artículos 21, 22, 25, 26 y 27 de las Reglas Generales y Criterios para la Integración y Operación del Sistema Nacional de Competencias, publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 27 de noviembre de 2009, el Comité Técnico aprueba los siguientes Estándares de Competencia (EC):

  1. Proveer talento humano a organizaciones.

  2. Prestación de servicios de consultoría para la implementación del sistema de gestión del modelo de equidad de género.

  3. Atención de la lengua materna a población hablante de lengua indígena en programas sociales.

  4. Manejo higiénico de alimentos.

  5. Facilitación de la información en poder del sujeto obligado.

  6. Atención de colisión en cruceros a usuarios de seguros de auto.

  7. Facilitación de sesiones de aprendizaje presenciales

  8. Coordinación de grupos técnicos para el desarrollo del Estándar de Competencia

  9. Evaluación de la competencia de candidatos con base en Estándares de Competencia

  10. Gestión de fondos de aseguramiento agrícola

  11. Atención in situ al visitante durante recorridos turísticos

    Por lo antes expuesto y fundado, se instruye a la Dirección General de la Entidad para que gestione la publicación en el Diario Oficial de la Federación de los 11 nuevos Estándares de Competencia mencionados, mismos que a continuación se describen:

    ESTANDAR DE COMPETENCIA

    1. Datos Generales

      Código: Título:

      EC0074 Coordinación de grupos técnicos de expertos para el desarrollo del Estándar de Competencia

      Propósito del Estándar de Competencia:

      Servir como referente para la evaluación y certificación de las personas que se desempeñan como asesores/conductores/coordinadores de grupos técnicos para la obtención del mapa funcional, estándar de competencia, instrumento de evaluación de competencia y para el desarrollo de la prueba piloto.

      Asimismo, puede ser referente para el desarrollo de programas de capacitación y de formación basados en el Estándar de Competencia (EC).

      Descripción del Estándar de Competencia

      Expresa las funciones que una persona realiza para coordinar metodológicamente a grupos de expertos a fin de obtener los productos requeridos en el proceso de estandarización de una función individual.

      El presente Estándar de Competencia se fundamenta en criterios rectores de legalidad, competitividad, libre acceso, respeto, trabajo digno y responsabilidad social

      Comité de Gestión por Competencia que lo desarrolló:

      Consejo Nacional de Normalización y Certificación de Competencias Laborales.

      Fecha de aprobación por el Comité Técnico del CONOCER: 21/05/2010 Fecha de publicación en el D.O.F.:
      Periodo de revisión/actualización del EC: Tiempo de Vigencia del Certificado de competencia en este EC:
      3 años 3 años

      Ocupaciones relacionadas con este EC de acuerdo al Catálogo Nacional de Ocupaciones (CNO):

      Ocupaciones:

      Capacitador

      Facilitador

      Instructor

      Ocupaciones no contenidas en el Catálogo Nacional de Ocupaciones y reconocidas en el Sector para este EC

      Promotor integral de competencias.

      Clasificación según el Sistema de Clasificación Industrial de América del Norte (SCIAN):

      Sector:

      54 Servicios profesionales, científicos y técnicos

      Subsector:

      541 Servicios profesionales, científicos y técnicos

      Rama:

      5416 Servicios de consultoría administrativa, científica y técnica

      Subrama:

      54169 Otros servicios de consultoría científica y técnica

      Clase:

      541690 Otros servicios de consultoría en científica y técnica

      El presente Estándar de Competencia, una vez publicado en el Diario Oficial de la Federación se integrará en el Registro Nacional de Estándares de Competencia que opera el CONOCER a fin de facilitar su uso y consulta gratuita.

      Empresas e Instituciones participantes en el desarrollo del EC

      · Consejo Nacional de Normalización y Certificación de Competencias Laborales.

      Aspectos relevantes de la evaluación

      Detalles de la práctica · El desarrollo de la evaluación de este EC se puede llevar a cabo en situación real de trabajo o de manera simulada,
      · Para este EC no aplicarán evidencias históricas.
      Apoyos · Grupo Técnico de al menos cinco personas, equipo de cómputo, proyector, rotafolio/pintarrón, presentaciones y formatos en archivos electrónicos, espacio áulico.

      Duración estimada de la evaluación

      24 horas en total. Para el trabajo de campo 16 Hrs. y 8 Hrs. en gabinete en una situación de evaluación simulada.

    2. Perfil del Estándar de Competencia

    3. Elementos que conforman el Estándar de Competencia

      Referencia Código Título

      1 de 4 EO348 Coordinar al grupo técnico de expertos en el sector en el desarrollo del mapa funcional

      CRITERIOS DE EVALUACION

      La persona es competente cuando demuestra los siguientes:

      DESEMPEÑOS

  12. Corrobora la experiencia laboral de los integrantes del Grupo Técnico de Expertos en el Sector:

    · Antes de comenzar el desarrollo del mapa funcional, y;

    · Solicitando a cada uno de los integrantes mencione su experiencia laboral en el sector.

  13. Conduce al grupo técnico de expertos en el sector en la obtención del mapa funcional:

    · Mencionando su definición de acuerdo con el Título Primero de las Reglas Generales y Criterios para la Integración y Operación del Sistema Nacional de Competencias;

    · Mostrando un ejemplo de un mapa funcional;

    · Orientando metodológicamente al grupo en la construcción del mapa funcional de su sector de acuerdo con los principios del análisis funcional, y;

    · Acordando de manera verbal las funciones identificadas por el grupo técnico.

    La persona es competente cuando obtiene el siguiente:

    PRODUCTO

  14. El Mapa Funcional presentado:

    · Contiene el propósito principal relativo al sector/empresa/institución/organización;

    · Abarca la disgregación de por lo menos una función clave hasta la función individual relativas al sector/empresa/institución/organización;

    · Presenta por lo menos dos funciones disgregadas en cada nivel relativas al sector/empresa/

    institución/organización;

    · Está fundamentado de acuerdo con los indicadores de población, empresas y con el Sistema de Clasificación Industrial de América del Norte;

    · Cumple con los principios de expresión del análisis funcional;

    · Cumple con los principios de disgregación del análisis funcional, y;

    · Está en el formato solicitado por el CONOCER.

    ACTITUDES/HABITOS/VALORES

  15. Iniciativa: La manera en que propone al grupo técnico de expertos en el sector posibles soluciones metodológicas con respecto a la identificación de las funciones de cada nivel de disgregación del mapa funcional.

  16. Tolerancia: La manera en que atiende las dudas metodológicas tantas veces lo requieran los integrantes del grupo técnico de expertos en el sector.

    La persona es competente cuando posee el siguiente:

    CONOCIMIENTO NIVEL

  17. Conformación de grupos técnicos Comprensión

    Referencia Código Título

    2 de 4 EO349 Coordinar al grupo técnico de expertos en la función individual en el desarrollo del proyecto del estándar de competencia

    CRITERIOS DE EVALUACION

    La persona es competente cuando demuestra los siguientes:

    DESEMPEÑOS

  18. Corrobora la experiencia laboral de los integrantes del grupo técnico de expertos en la función individual:

    · Antes de comenzar el desarrollo del estándar de competencia, y;

    · Solicitando a cada uno de los integrantes mencione su experiencia laboral en la función individual.

  19. Conduce al grupo técnico de expertos en la función individual en la obtención del elemento de competencia:

    · Mencionando su definición de acuerdo con el título primero de las reglas generales y criterios para la integración y operación del sistema nacional de competencias;

    · Mostrando un ejemplo de los componentes del elemento de competencia;

    · Orientando en la determinación de los componentes obligatorios de acuerdo con la metodología sugerida por el CONOCER;

    · Orientando al grupo en el desarrollo de los componentes opcionales de acuerdo con la metodología sugerida por el CONOCER, y;

    · Solicitando la participación a cada uno de los expertos para el consenso de los componentes del elemento de competencia desarrollado.

  20. Conduce al grupo técnico de expertos en la función individual en la determinación del nivel de competencia:

    · Explicando las características de cada uno de los factores de acuerdo con la metodología sugerida por el CONOCER;

    · Solicitando a cada uno de los integrantes que asigne el peso relativo a cada uno de los factores de acuerdo con la escala de valores establecida en la metodología sugerida por el CONOCER;

    · Mencionando el nivel de competencia resultante y sus características establecidas en la metodología sugerida por el CONOCER, y;

    · Corroborando que las características del nivel de competencia asignado corresponden con la función individual a estandarizar.

  21. Valida con el grupo técnico de expertos en la función individual el proyecto de estándar de competencia:

    · Presentando la información proporcionada en cada uno de los apartados de los datos generales;

    · Mencionando las características del perfil;

    · Corroborando que el contenido desarrollado da como resultado la función individual, y;

    · Orientando en el ajuste del contenido identificado por el grupo técnico de acuerdo con la metodología sugerida por el CONOCER.

    La persona es competente cuando obtiene los siguientes:

    PRODUCTOS

  22. El elemento de competencia desarrollado con el grupo técnico de expertos en la función individual:

    · Contiene los componentes obligatorios y opcionales determinados por el grupo técnico.

  23. Los componentes obligatorios y opcionales desarrollados con...

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