Acuerdo del Consejo General del Instituto Federal Electoral por el que se aprueban diversas disposiciones relativas a la forma y contenido de la Lista Nominal de Electores Residentes en el Extranjero que se utilizará con motivo de la Jornada Electoral del 1 de julio de 2012

Fecha de disposición01 Julio 2012
Fecha de publicación05 Abril 2012
MateriaDerecho Público y Administrativo,Derecho Constitucional
SecciónSEGUNDA. Organismos Autonomos

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Instituto Federal Electoral.- Consejo General.- CG144/2012. ACUERDO DEL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO FEDERAL ELECTORAL POR EL QUE SE APRUEBAN DIVERSAS DISPOSICIONES RELATIVAS A LA FORMA Y CONTENIDO DE LA LISTA NOMINAL DE ELECTORES RESIDENTES EN EL EXTRANJERO QUE SE UTILIZARA CON MOTIVO DE LA JORNADA ELECTORAL DEL 1 DE JULIO DE 2012.

ANTECEDENTES

  1. Con fecha 30 de junio de 2005, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, relativas al ejercicio del voto de los mexicanos residentes en el extranjero. Tal decreto reformó los artículos 1, 9 y 250, párrafo 1, incisos c), d) y e) del código de la materia, al tiempo que se modificó la denominación del Libro Sexto para intitularse "Del Voto de los Mexicanos Residentes en el Extranjero", adicionándose los artículos 273 al 300 al citado ordenamiento legal. Estas adiciones y reformas entraron en vigor el 1 de julio de 2005.

  2. El 14 de enero de 2008, fue publicado en el Diario Oficial de la Federación, el Decreto por el que se expidió el nuevo Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales. Con tal Decreto, el Libro Sexto "Del Voto de los mexicanos residentes en el extranjero" quedó comprendido en los artículos del 313 al 339 del citado ordenamiento legal.

  3. En sesión pública de 25 de agosto de 2010, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, resolvió el recurso de apelación, con número de expediente SUP-RAP-109/2010, por medio del cual confirmó, entre otros, el punto Octavo del Acuerdo CG-224/2010, emitido por el Consejo General del Instituto Federal Electoral el 7 de julio de 2010, el cual señaló que los ciudadanos mexicanos residentes en el extranjero con Credencial "03", podrán solicitar, mediante servicios postales, del 1 de octubre de 2011 al 15 de enero de 2012, al mismo tiempo, su inscripción en el Listado Nominal de Ciudadanos Residentes en el Extranjero y actualizar sus datos en el Padrón Electoral, con el fin de ejercer su derecho al sufragio en la elección federal de 2012, para lo cual la Dirección Ejecutiva del Registro Federal de Electores tomará las medidas necesarias para tal fin.

  4. En sesión ordinaria de fecha 18 de enero de 2011, el Consejo General del Instituto Federal Electoral aprobó, mediante Acuerdo CG05/2011, la creación de la Coordinación del Voto de los Mexicanos Residentes en el Extranjero como Unidad Técnica especializada de carácter temporal, a efecto de garantizar una coordinación adecuada de las responsabilidades y tareas encomendadas por la ley al Instituto para la instrumentación del voto de los mexicanos residentes en el extranjero.

  5. En sesión ordinaria de fecha 18 de enero de 2011, el Consejo General del Instituto Federal Electoral aprobó, mediante Acuerdo CG06/2011, la creación con carácter temporal de la Comisión del Voto de los Mexicanos Residentes en el Extranjero, a efecto de supervisar el desarrollo de los trabajos, actividades y proyectos que, en materia del voto de los mexicanos residentes en el extranjero, se realicen para la elección presidencial de 2012.

  6. Mediante Acuerdo CG57/2011, de fecha 24 de febrero de 2011, se aprobó por el Consejo General del Instituto Federal Electoral, el Plan Estratégico del Voto de los Mexicanos Residentes en el Extranjero 2011-2012, que presentó la Comisión del Voto de los Mexicanos Residentes en el Extranjero.

  7. Mediante Acuerdo 1-255: 26/05/2011, fecha 26 de mayo de 2011, se aprobó por la Comisión Nacional de Vigilancia, la creación del Grupo de Trabajo Temporal denominado "Voto de los Mexicanos Residentes en el Extranjero", para que proporcione elementos técnicooperativos relacionados con el cumplimiento de las acciones previstas en el Libro Sexto del Código Federal de

    Instituciones y Procedimientos Electorales.

  8. En sesión ordinaria celebrada el 25 de julio de 2011, el Consejo General del Instituto Federal Electoral, emitió el Acuerdo CG230/2011 por el que se aprueban los Lineamientos Generales para la Conformación de la Lista Nominal de Electores Residentes en el Extranjero.

  9. En misma sesión de fecha 25 de julio de 2011, el Consejo General del Instituto Federal Electoral, emitió el Acuerdo CG231/2011 por el que se aprueba el formato de la Solicitud de Inscripción a la Lista Nominal de Electores Residentes en el Extranjero, así como el instructivo de apoyo al ciudadano para el llenado y envío de la misma, para el Proceso Electoral Federal 2011 - 2012.

  10. En sesión extraordinaria celebrada el 16 de febrero de 2012, la Comisión Nacional de Vigilancia, aprobó mediante el Acuerdo 2-EXT88: 16/02/2012, recomendar a este Consejo General, diversas disposiciones relativas a la forma y contenido de la Lista Nominal de Electores Residentes en el Extranjero que se utilizará con motivo de la Jornada Electoral del 1 de Julio de 2012.

  11. Con fecha 05 de marzo de 2012, la Comisión Nacional de Vigilancia, celebró sesión extraordinaria, en la que aprobó el Acuerdo 6-EXT90: 05/03/2012, mediante el cual determinó el elemento de seguridad adicional que deberá contener la Lista Nominal de Electores Residentes en el Extranjero que se utilizará con motivo de la Jornada Electoral del 1 de Julio de 2012.

  12. En sesión celebrada el 09 de marzo de 2012, la Comisión del Registro Federal de Electores, aprobó someter a la consideración de este Consejo General el "Proyecto de Acuerdo del Consejo General del Instituto Federal Electoral por el que se aprueban diversas disposiciones relativas a la forma y contenido de la Lista Nominal de Electores Residentes en el Extranjero que se utilizará con motivo de la Jornada Electoral del 1 de Julio de 2012".

    CONSIDERANDO

  13. Que de conformidad con lo señalado en el artículo 41, Base V, párrafo segundo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 104, 105, párrafo 2 y 106, párrafo 1 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, el Instituto Federal Electoral es un organismo público autónomo, de carácter permanente, independiente en sus decisiones y funcionamiento, con personalidad jurídica y patrimonio propios, depositario de la autoridad electoral y responsable del ejercicio de la función estatal de organizar las elecciones federales para renovar a los integrantes de los poderes Legislativo y Ejecutivo de la Unión. Dicha función estatal se rige por los principios de certeza, legalidad, independencia, imparcialidad y objetividad.

  14. Que de acuerdo con lo previsto en el artículo 109 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, el Consejo General, en su calidad de órgano superior de dirección del Instituto Federal Electoral, es el responsable de vigilar el cumplimiento de las disposiciones constitucionales y legales en materia electoral, así como de velar porque los principios de certeza, legalidad, independencia, imparcialidad y objetividad guíen todas las actividades del Instituto.

  15. Que las disposiciones del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales son de orden público y de observancia general en el territorio nacional, tal y como lo establece el artículo 1, párrafo 1 de dicho ordenamiento legal.

  16. Que en los términos del artículo 3, párrafo 2 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, la interpretación de las normas del ordenamiento legal en cita, se hará conforme a los criterios gramatical, sistemático y funcional, atendiendo a lo dispuesto en el último párrafo del artículo 14 de la Constitución.

  17. Que el artículo 41, Base V, párrafo noveno de la Constitución, establece, entre otras cosas que, el Instituto Federal Electoral tendrá a su cargo en forma integral y directa, además de los que determine la ley, las actividades relativas al padrón y lista de electores, así como la preparación de la Jornada Electoral.

  18. Que en los términos del artículo 118, párrafo 1...

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