NORMA Oficial Mexicana NOM-051-STPS-1993, Higiene industrial - Medio ambiente laboral - Determinación de sílice libre en aire - Método colorimétrico.

Fecha de disposición06 Enero 1994
Fecha de publicación06 Enero 1994
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

NORMA Oficial Mexicana NOM-051-STPS-1993, Higiene industrial - Medio ambiente laboral - Determinación de sílice libre en aire - Método colorimétrico.

06-01-94

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría del Trabajo y Previsión Social.

NORMA OFICIAL MEXICANA: NOM-051-STPS-1993. HIGIENE INDUSTRIAL - MEDIO AMBIENTE LABORAL - DETERMINACION DE SILICE LIBRE EN AIRE - METODO COLORIMETRICO.

ARSENIO FARELL CUBILLAS, Secretario del Trabajo y Previsión Social, con fundamento en los artículos 16, 40 fracciones I y XI de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 512, 523 fracción I, 524 y 527 último párrafo de la Ley Federal del Trabajo; 3o. fracción XI, 38 fracción II, 40 fracciones I y VII, 41 a 47 y 52 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; 2o., 3o. y 5o. del Reglamento General de Seguridad e Higiene en el Trabajo y 5o. del Reglamento Interior de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, y

CONSIDERANDO

Que con fecha 2 de julio de 1993, en cumplimiento de lo previsto en el artículo 46 fracción I de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, la Secretaría del Trabajo y Previsión Social presentó al Comité Consultivo Nacional de Normalización de Seguridad, Higiene y Medio Ambiente Laboral, el Anteproyecto de la presente Norma Oficial Mexicana;

Que en sesión de fecha 7 de julio de 1993, el expresado Comité consideró correcto el Anteproyecto y acordó que se publicara como Proyecto en el Diario Oficial de la Federación;

Que con fecha 28 de julio de 1993, en cumplimiento del acuerdo del Comité y de lo previsto en el artículo 47 fracción I de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Proyecto de la presente Norma Oficial Mexicana a efecto de que dentro de los siguientes 90 días naturales a dicha publicación, los interesados presentaran sus comentarios al Comité Consultivo Nacional de Normalización de Seguridad, Higiene y Medio Ambiente Laboral;

Que con fecha 26 de octubre de 1993, venció el término de 90 días naturales previstos en el artículo 47 fracción I de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización sin que el expresado Comité haya recibido comentario alguno al Proyecto de la presente Norma Oficial Mexicana;

Que en atención a las anteriores consideraciones y toda vez que con fecha 26 de octubre de 1993, el Comité Consultivo Nacional de Normalización de Seguridad, Higiene y Medio Ambiente Laboral otorgó la aprobación respectiva, se expide la siguiente:

Norma Oficial Mexicana: NOM-051-STPS-1993. Higiene industrial - Medio ambiente laboral - Determinación de sílice libre en aire - Método colorimétrico.

  1. Introducción.

    Sustancia: Sílice libre (cuarzo).

    Medio ambiente: Tejidos biológicos, contaminantes ambientales, polvos.

    Nivel máximo de concentración permisible: El establecido en la NOM-010-STPS (véase apéndice).

    Procedimiento: Digestión ácida, filtración, desarrollo de color, cuantificación espectrofotométrica.

    Rango: 10 mg a 2.5 mg.

    Precisión: Desviación estándar relativa 9.25%.

  2. Objetivo y campo de aplicación.

    Esta Norma Oficial Mexicana establece el procedimiento para la determinación de sílice en aire del medio ambiente laboral, mediante el método espectrofotométrico.

  3. Principio.

    2.1. La muestra se digiere con ácido fosfórico para eliminar los silicatos.

    2.2. El material cristalino remanente se disuelve en ácido fluorhídrico.

    2.3. La sílice es determinada colorimétricamente como sílico molibdato a 420 nm o como azul de molibdeno 820 nm.

  4. Rango y sensibilidad.

    3.1. Como sílico molibdeno, pueden ser cuantificadas cantidades de 0.1 a 2.5 mg.

    3.2. Como azul de molibdeno, pueden ser cuantificadas cantidades desde 5 µm a 140 µg.

    3.3. El intervalo puede ser ampliado variando la cantidad de muestra que usualmente es de 0.5 g.

  5. Interferencias.

    4.1. El ion...

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