Proyecto de Modificación a la Norma Oficial Mexicana NOM-015-SSA2-1994, Para la prevención, tratamiento y control de la diabetes
Fecha de disposición | 07 Abril 2000 |
Fecha de publicación | 07 Abril 2000 |
Emisor | SECRETARIA DE SALUD |
Sección | PRIMERA. Poder Ejecutivo |
PROYECTO de Modificación a la Norma Oficial Mexicana NOM-015-SSA2-1994, Para la prevención, tratamiento y control de la diabetes.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Salud.
PROYECTO DE MODIFICACION A LA NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-015-SSA2-1994, PARA LA PREVENCION, TRATAMIENTO Y CONTROL DE LA DIABETES.
ROBERTO TAPIA CONYER, Presidente del Comité Consultivo Nacional de Normalización de Prevención y Control de Enfermedades, con fundamento en los artículos 39 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 3o., fracciones II y XVI, 13 apartado A), fracción I, 158, 159, 160 y 161 de la Ley General de Salud; 3o., fracción XI, 38, fracción II, 40, fracciones III y XI, 46, 47 y 51 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; 28, 30, 33 y 34 del Reglamento de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; 6o., fracción XVII, y 34, fracción VI, del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud, me permito ordenar la publicación en el Diario Oficial de la Federación del Proyecto de Modificación a la Norma Oficial Mexicana NOM-015-SSA2-1994, Para la prevención, tratamiento y control de la diabetes.
CONSIDERANDO
Que con fecha 3 de junio de 1994 se publicó esta Norma Oficial Mexicana en el Diario Oficial de la Federación;
Que, en virtud de considerarlo necesario, se ha planteado su adecuación a fin de realizar algunas modificaciones;
Que en cumplimiento del artículo 51 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, y con la aprobación del Comité Consultivo Nacional de Normalización de Prevención y Control de Enfermedades, se expide el Proyecto de Modificación a la NOM-015-SSA2-1994, Para la prevención, tratamiento y control de la diabetes, como sigue: Proyecto de Modificación a la Norma Oficial Mexicana NOM-015-SSA2-1994, Para la prevención, tratamiento y control de la diabetes.
El presente Proyecto de Modificación a la Norma Oficial Mexicana se publica a efecto de que los interesados dentro de los 60 días naturales, contados a partir de su publicación, presenten sus comentarios ante el Comité Consultivo Nacional de Normalización de Prevención y Control de Enfermedades, sito en Lieja número 7, primer piso, colonia Juárez, código postal 06696, México, D.F., teléfono y fax: (5) 5-53-70-56, correo electrónico: crmatus@df1.telmex.net.mx.
Durante el plazo mencionado, los análisis que sirvieron de base para la elaboración del Proyecto de Modificación de Norma estarán a disposición del público para su consulta en el domicilio del mencionado Comité.
PREFACIO
En la elaboración de esta Norma Oficial Mexicana participaron las unidades administrativas e instituciones siguientes:
SECRETARIA DE SALUD
Secretarías de Salud de los estados de: Aguascalientes, Baja California, Baja California Sur, Campeche, Coahuila, Colima, Chiapas, Chihuahua, Distrito Federal, Durango, Guanajuato, Guerrero, Hidalgo, Jalisco, México, Michoacán, Morelos, Nayarit, Nuevo León, Oaxaca, Puebla, Querétaro, Quintana Roo, San Luis Potosí, Sinaloa, Sonora, Tabasco, Tamaulipas, Tlaxcala, Veracruz, Yucatán y Zacatecas.
Coordinación de Vigilancia Epidemiológica Dirección General de Regulación de los Servicios de Salud Dirección General de Epidemiología Dirección General de Salud Reproductiva Dirección General de Promoción a la Salud Dirección General de Comunicación Social Hospital General de México Instituto Nacional de Cardiología Dr. Ignacio Chávez Instituto Nacional de Diagnóstico y Referencia Epidemiológicos Instituto Nacional de la Nutrición Dr. Salvador Zubirán Secretaría de Salud del Distrito Federal Secretariado del Consejo Nacional de Salud
SECRETARIA DE LA DEFENSA NACIONAL Dirección General de Sanidad Militar
SECRETARIA DE MARINA Dirección General de Sanidad Naval
SECRETARIA DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES Dirección General de Protección y Medicina Preventiva en el Transporte
PETROLEOS MEXICANOS Gerencia de Servicios Médicos
ORGANIZACION PANAMERICANA DE LA SALUD Programa de Enfermedades no Transmisibles y Promoción de la Salud OPS/MEX
INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL Coordinación de Salud Comunitaria Coordinación de Salud Reproductiva Coordinación de Salud en el Trabajo Coordinación de Atención Médica Coordinación de Planeación e Infraestructura Médica Coordinación de Educación Médica Coordinación de Investigación Médica Coordinación de Prestaciones Económicas y Sociales Coordinación General del Programa IMSS-Solidaridad Coordinación de Investigación Médica
INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO
SISTEMA NACIONAL PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LA FAMILIA
FEDERACION MEXICANA DE DIABETES, A.C.
SOCIEDAD MEXICANA DE ENDOCRINOLOGIA
ASOCIACION DE MEDICINA INTERNA DE MEXICO
ASOCIACION MEXICANA DE EDUCADORES EN DIABETES
FACULTAD DE MEDICINA DE LA UNAM
ESCUELA SUPERIOR DE MEDICINA, IPN
CENTRO DE ESTUDIOS EN DIABETES, A.C.
CAMARA DE LA INDUSTRIA FARMACEUTICA (CAPITULO DIABETES )
SOCIEDAD DE NUTRIOLOGIA, A.C.
COLEGIO MEXICANO DE NUTRIOLOGOS, A.C.
FUNDACION MEXICANA PARA LA SALUD
INDICE
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Introducción
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Objetivo y campo de aplicación
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Referencias
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Definiciones
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Símbolos y abreviaturas
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Generalidades
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Clasificación
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Diabetes tipo 2
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Prevención primaria
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Detección
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Diagnóstico
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Tratamiento y control
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Referencia al especialista, o al segundo o tercer niveles de atención
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Otras formas de diabetes
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Vigilancia epidemiológica
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Concordancia con normas internacionales y mexicanas
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Bibliografía
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Observancia de la Norma
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Apéndices normativos
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Apéndice informativo
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Introducción
Alrededor del 8.2% de la población entre 20 y 69 años padece diabetes y, cerca del 30% de los individuos afectados, desconoce que la tiene. Esto significa que en nuestro país existen más de cuatro millones de personas enfermas, de las cuales poco más de un millón no han sido diagnosticadas. Una proporción importante de personas la desarrolla antes de los 45 años de edad, situación que debe ser evitada. Por otra parte, la mortalidad por esta causa ha mostrado un incremento sostenido durante las últimas décadas, hasta llegar a ocupar el tercer lugar dentro de la mortalidad general.
La diabetes es la causa más importante para la amputación de miembros inferiores, de origen no traumático, así como de otras complicaciones como retinopatía e insuficiencia renal. Es también uno de los factores de riesgo más importantes por lo que se refiere a las enfermedades cardiovasculares.
Los costos económicos asociados al tratamiento y sus complicaciones representan una grave carga para los servicios de salud y para los pacientes. A fin de enfrentarse a tan grave problema, esta Norma define las acciones preventivas a realizar por los sectores público, social y privado, así como los procedimientos para su detección, diagnóstico, tratamiento y control. Su aplicación contribuirá a reducir la incidencia que actualmente registra, evitar o retrasar sus complicaciones y disminuir la mortalidad por esta causa.
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Objetivo y campo de aplicación
1.1 Esta Norma Oficial Mexicana tiene por objeto establecer los procedimientos para la prevención, tratamiento y control de la diabetes.
1.2 Esta Norma Oficial Mexicana es de observancia obligatoria en el territorio nacional para los establecimientos y profesionales de la salud de los sectores público, social y privado que presten servicios de atención a la diabetes en el Sistema Nacional de Salud.
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Referencias
Para la correcta aplicación de la presente Norma Oficial Mexicana es necesario consultar las siguientes:
2.1 NOM-017-SSA2-1994, Para la Vigilancia Epidemiológica .
2.2 NOM-168-SSA1-1998, Del Expediente Clínico .
2.3 NOM-174-SSA1-1998, Para el Manejo Integral de la Obesidad .
2.4 NOM-030-SSA1-2000*, Para la Prevención, Tratamiento y control de la hipertensión arterial .
* Proyecto
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Definiciones
Para los efectos de esta Norma se entiende por:
3.1 Alteración del metabolismo de la glucosa, corresponde a la glucosa alterada, en ayuno, o a la intolerancia a la glucosa. Ambas condiciones son procesos metabólicos intermedios entre la ausencia y la presencia de diabetes.
3.2 Angiopatía diabética, a la alteración de los vasos sanguíneos, que aparece como complicación crónica de la diabetes. Existen dos clases: la macroangiopatía (aterosclerosis) y la microangiopatía (alteración de los pequeños vasos).
3.3 Arteriosclerosis, al endurecimiento de las arterias.
3.4 Aterosclerosis, a la variedad de arteriosclerosis, en la que existe infiltración de la íntima con macrófagos cargados de grasa, proliferación de células musculares con fibrosis y reducción de la luz del vaso sanguíneo. Algunas placas pueden llegar a calcificarse. Existe daño endotelial y predisposición para la formación de trombos. Es una de las complicaciones más frecuentes de la diabetes e Hipertensión Arterial Secundaria y causa importante de muerte.
3.5 Ayuno, a la abstinencia de ingesta calórica, durante un lapso de 8 a 12 horas.
3.6 Caso confirmado de diabetes, al individuo que cumple con los criterios diagnósticos de diabetes, señalados en esta Norma.
3.7 Caso de glucosa anormal en ayuno, al individuo con estado metabólico intermedio entre el estado normal y la diabetes; según los criterios diagnósticos señalados en esta Norma.
3.8 Caso de intolerancia a la glucosa, al individuo con estado metabólico intermedio, entre el estado normal y la diabetes, según los criterios diagnósticos señalados en esta Norma.
3.9 Caso en control, al paciente diabético, bajo tratamiento en el Sistema Nacional de Salud, que presenta de manera regular, niveles de glucemia plasmática en ayuno, entre 80 y < 110 mg/dl.
3.10 Caso sospechoso, a la persona que, en el examen de detección, presenta una glucemia capilar en ayuno > 110 mg/dl, o una glucemia capilar casual > 140 mg/dl.
3.11 Caso en tratamiento, al caso de diabetes atendido en el Sistema Nacional de Salud, cuya glucemia se encuentra con o sin control.
3.12 Cetosis, a la acumulación de cuerpos cetónicos, en los tejidos y líquidos corporales.
3.13...
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