NOM-035-SCT-2-2022: NORMA Oficial Mexicana NOM-035-SCT-2-2022, Remolques, semirremolques y convertidores-Especificaciones de seguridad y métodos de prueba

Número de NOMNOM-035-SCT-2-2022
Fecha01 Marzo 2022
EstatusDEFINITIVA
EmisorCOMITÉ CONSULTIVO NACIONAL DE NORMALIZACIÓN DE TRANSPORTE TERRESTRE (SCT2)
Actividad EconómicaAUTO TRANSPORTE DE CARGA
DOF: 01/03/2022
NORMA Oficial Mexicana NOM-035-SCT-2-2022, Remolques, semirremolques y convertidores-
Especificaciones de seguridad y métodos de prueba.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.-
COMUNICACIONES.- Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes.
MILARDY DOUGLAS ROGELIO JIMÉNEZ PONS GÓMEZ, Subsecretario de Transporte y Presidente
del Comité Consultivo Nacional de Normalización de Transporte Terrestre, con fundamento en los artículos
36 fracciones I y XII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 1o., 5o. fracciones IV y VI, 39,
60, 70 y 70 Bis de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal; 1o., 3o., fracción Xl, 38 fracción II;
40 fracciones I, III y XVI; 41, 43 y 47 fracciones I, II, III y IV y 51 de la Ley Federal sobre Metrología
y Normalización, conforme al Transitorio Cuarto de la Ley de Infraestructura de la Calidad; 4o. de la Ley
Federal de Procedimiento Administrativo; 28 y 33 del Reglamento de la Ley Federal sobre Metrología y
Normalización, conforme al Transitorio Tercero de la Ley de Infraestructura de la Calidad; 1o., 3o., 4o., 5o.
y 6o. del Reglamento sobre el Peso, Dimensiones y Capacidad de los Vehículos de Autotransporte que
Transitan en los Caminos y Puentes de Jurisdicción Federal; 41 del Reglamento de Autotransporte Federal
y Servicio s Auxiliares; y 6o. fracción XIII del Reglamento Interior de la Secretaría de Comunicaciones y
Transportes, y
Considerando
Que la fracción VI del artículo 5o. de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal, faculta a
la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes (SICT) a expedir las norm as oficiales
mexicanas de vehículos de autotransporte y sus servicios auxiliares;
Que el artículo 6o., fracción XIII del Reglamento Interior de la Secretaría de Comunicaciones y
Transportes faculta al Subsecretario de Transporte a expedir no rmas oficiales mexicanas en el ámbito de
su competencia;
Que es necesario establecer las disposiciones generales para la construcción de
remolques, semirremolques y convertidores, así como sus especificaciones de seguridad y métodos de
prueba, a fin de proporcionar mayor seguridad a los u suarios del camino, así como proteger las vías
generales de comunicación;
Que es de especial interés para esta Secretaría i ncrementar la seguridad vial en las vías generales
de comunicación de jurisdicción federal;
Que para la construcción y reconstrucción de tanques y autotanques, se deberá sujetar a un proceso
de certificación conforme a los lineamientos establecidos en las normas oficiales mexicanas, para
garantizar la seguridad;
Que la adecuada observación y cumplimiento de las disposiciones establecidas e n la presente
Norma, contribuyen a la seguridad en el autotransporte;
Que en cumplimiento del artículo 47 fracción I de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización,
de manera supletoria conforme al Transitorio Cuarto de la Ley de Infraestructura de la Calidad, el 11 de
diciembre de 2020 se publicó el PROYECTO DE NORMA OFICIAL MEXICANA PROY-NOM-035-SCT-2-
2018, REMOLQUES, SEMIRREMOLQUES Y CONVERTIDORES - ESPECIFICACIONES DE SEGURIDAD
Y MÉTODOS DE PRUEBA, en el Diario Oficial de la Federación a efecto de que dentro de los siguientes 60
días naturales los interesados presentaran sus comentarios al Comité Consultivo Nacional de Normalización
de Transporte Terrestre;
Que durante el plazo señalado, los interesados presentaron sus comentarios al Proyecto de Norma,
los cuales fueron estudiados por el Comité Consultivo Nacional de Normalización de Transporte Terrestre
con la intervención de instituciones educativas y de investigación del país, representantes de la industria
nacional, así como la intervención de las autoridades involucradas, integrándose a dicho Proyecto de Norma
las modificaciones que el citado Comité consideró procedentes;
Que la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes, con fundamento en el artículo
47 fracción III de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, de manera supletoria conforme al
Transitorio Cuarto de la Ley de Infraestructura de la Calidad, ordenó la publicación en el Diario Oficial de la
Federación de las respuestas a los comentarios recibidos en el proceso de consulta pública;
Que en efecto, en cumplimiento a lo señalado en el párrafo anterior, el 15 de diciembre de 2021
fueron publicadas en el Diario Oficial de la Federación, las respuestas a los comentarios recibidos al
Proyecto de Norma Oficial Mexicana en cita;
Que, con fecha 30 de septiembre de 2021, el Comité Consultivo Nacional de Normalización de
Transporte Terrestre (CCNN-TT) aprobó la Norma Oficial Mexicana NOM-035-SCT-2-2021,
REMOLQUES, SEMIRREMOLQUES Y CONVERTIDORES - ESPECIFICACIONES DE SEGURIDAD Y
MÉTODOS DE PRUEBA, en su tercera sesión extraordinaria;
Que adicionalmente, el 14 de diciembre de 2021, el mismo Comité Consultivo Nacional de
Normalización de Transporte Terrestre (CCNN-TT) aprobó, en su cuarta sesión ordinaria, actualizar la
nomenclatura de la citada Norma Oficial Mexicana para quedar como NOM-035-SCT-2-2022;
Que el 9 de noviembre de 2021 la Comisión Federal de Mejora Regulatoria
emitió Dictamen Final mediante Oficio No. CONAMER/21/4884 , sobre el Proyecto de Norma Oficial
Mexicana PROY-NOM-035-SCT-2-2018;
Es por todo lo anterior, que tengo a bien expedir la: NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-035-SCT-2-
2022, REMOLQUES, SEMIRREMOLQUES Y CONVERTIDORES - ESPECIFICACIONES DE SEGURIDAD
Y MÉTODOS DE PRUEBA.
Ciudad de México a 1 de fe brero de 2022.- Subsecretario de Transporte y Presidente del
Comité Consultivo Nacional de Normalización de Transporte Terrestre, Milardy Douglas Rogelio Jiménez
Pons Gómez.- Rúbrica.
PREFACIO
En l a e laboración de la presente Norma Oficial Mexicana participaron l as siguientes
dependencias, empresas e instituciones:
SECRETARÍA DE INFRAESTRUCTURA, COMUNICACIONES Y TRANSPORTES
Dirección General de Autotransporte Federal
Instituto Mexicano de Transporte
SECRETARÍA DE ECONOMÍA
Dirección General de Normas
ALIANZA MEXICANA DE ORGANIZACIÓN DE TRANSPORTISTAS
ASOCIACIÓN MEXICANA DE DISTRIBUIDORES DE AUTOMOTORES
ASOCIACIÓN NACIONAL DE TRANSPORTE PRIVADO
ASOCIACIÓN NACIONAL DE LA INDUSTRIA QUÍMICA
ASOCIACIÓN NACIONAL DE PRODUCTORES DE AUTOBUSES, CAMIONES Y TRACTOCAMIONES
CÁMARA NACIONAL DE LA INDUSTRIA DE TRANSFORMACIÓN
CÁMARA NACIONAL DEL AUTOTRANSPORTE DE CARGA
CÁMARA NACIONAL DEL AUTOTRANSPORTE DE PASAJE Y TURISMO
CONFEDERACIÓN NACIONAL DE TRANSPORTISTAS MEXICANOS
ÍNDICE
1. Objetivo y campo de aplicación
2. Referencias
3. Definiciones
4. Especificaciones
5. Métodos de prueba
6. Información de especificaciones técnicas
7. Procedimiento de evaluación de la conformidad
8. Sanciones

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