NOM-013-FITO-1995: Por la que se establece la cuarentena exterior para prevenir la introducción de plagas del arroz.

Número de NOMNOM-013-FITO-1995
Fecha29 Julio 2022
EstatusPROYECTO
EmisorCOMITÉ CONSULTIVO NACIONAL DE NORMALIZACIÓN DE PROTECCIÓN FITOSANITARIA (FITO)
Actividad EconómicaSERVICIOS RELACIONADOS CON LAS ACTIVIDADES AGROPECUARIAS Y FORESTALES
DOF: 29/07/2022
PROYECTO de Modificación a la
Norma Oficial Mexicana NOM-013-
FITO-1995, Por la que se establece la
cuarentena exterior para prevenir la
introducción de plagas del arroz.
Al margen un sello con el Escudo Nacional,
que dice: Estados Unidos Mexicanos.-
AGRICULTURA.- Secretaría de Agricultura y
Desarrollo Rural.
JOSÉ EDUARDO ESPINOSA DE LOS MONTEROS AVIÑA, Director General de Normalización
Agroalimentaria de la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural, con fundamento en lo dispuesto
en los artículos 35, fracciones IV, XXIII y XXIV de la Ley Orgánica de la Administración Pública
Federal; 4 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 1, 2, primer párrafo, 3o., 6o., 7o.,
fracciones XIII y XIV, 19, fracción IV, 23, 24, 25 y 27-A, de la Ley Federal de Sanidad Vegetal; 1 y 54
del Reglamento de la Ley Federal de Sanidad Vegetal; 3, fracciones VIII y IX, 10, fracciones III y IV,
24, 35 y 41, fracción V de la Ley de Infraestructura y Calidad; 2 letra "A", fracción XIII y letra "B",
fracción V, 21 fracción I y 52 del Reglamento Interior de la Secretaría de Agricultura y Desarrollo
Rural; 1, 3, 11, fracción XVIII y 15, fracción XIX del Reglamento Interior del Servicio Nacional de
Sanidad, Inocuidad y Calidad Agroalimentaria, y
CONSIDERANDO
Que es facultad de la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural, prevenir la introducción al país
de plagas que afecten a los vegetales, sus productos o subproductos y agentes causales de
problemas fitosanitarios; así como proponer la modificación o cancelación de normas oficiales
mexicanas cuando lo considere conveniente, siempre que exista una justificación para ello;
Que la presente norma, se publicó el 2 de diciembre de 1996 en el Diario Oficial de la Federación
(DOF), su modificación fue publicada el 21 de abril de 2011, y la aclaración a la modificación fue
publicada el 15 de junio de 2011 en el mismo medio de difusión oficial;
Que el 21 de diciembre de 2012, fue publicado en el DOF el "Aviso de cancelación de la Norma
Oficial Mexicana NOM-006-FITO-1995, Por la que se establecen los requisitos mínimos aplicables a
situaciones generales que deberán cumplir los vegetales, sus productos y subproductos que se
pretendan importar cuando éstos no estén establecidos en una norma oficial específica";
Que en el "Aviso de cancelación de la NOM-006-FITO-1995, Por la que se establecen los
requisitos mínimos aplicables a situaciones generales que deberán cumplir los vegetales, sus
productos y subproductos que se pretendan importar cuando éstos, no estén establecidos en una
norma oficial específica", se consideró que los requisitos y especificaciones fitosanitarias aplicables

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