¿Y si no recibo mi aguinaldo 2020? Cómo y dónde interponer una queja

CIUDAD DE MÉXICO, diciembre 3 (EL UNIVERSAL).- El aguinaldo es una prestación laboral anual y un derecho irrenunciable de los trabajadores, que no distingue rama ni nivel jerárquico.

De acuerdo con la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet), todos los trabajadores, sin excepción, tienen derecho a esta prestación.

Además, no es necesario haber trabajado el año completo ni estar laborando en la fecha de su pago; es decir, los trabajadores tienen derecho a que se les pague la parte proporcional del aguinaldo, según el tiempo que laboraron en el año.

Esta prestación se encuentra establecida tanto en la Ley Federal del Trabajo como en la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado en México.

¿Cómo se calcula el aguinaldo?

"Para calcular el monto del aguinaldo debe considerarse el salario diario base o aquel que ordinariamente perciben los trabajadores por un día laborado y que se esté devengando al momento en que deba pagarse tal prestación. Por lo que para esta remuneración laboral no se contempla el salario diario integrado, que acumula al salario diario base las diversas prestaciones a que tienen derecho los trabajadores", explica la Profedet.

"Cuando la retribución sea variable, se tomará como salario diario el promedio de las percepciones obtenidas en los treinta días laborados antes del nacimiento del derecho al aguinaldo", detalla.

Además, la Profedet señala que "quienes no hayan cumplido el año de servicio, sin importar que se encuentren laborando o no en la fecha de liquidación del aguinaldo, tendrán derecho a que se les pague la parte proporcional del mismo, conforme al tiempo trabajado".

¿Cuándo se paga el aguinaldo?

El artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo establece que "los trabajadores tendrán derecho a un aguinaldo anual que deberá pagarse antes del día 20 de diciembre, equivalente a quince días de salario, por lo menos".

"Los que no hayan cumplido el año de servicios, independientemente de que se encuentren laborando o no en la fecha de liquidación del aguinaldo, tendrán derecho a que se les pague la parte proporcional del mismo, conforme al tiempo que hubieren trabajado, cualquiera que fuere este", añade.

Mientras que el artículo 42 Bis de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado en México establece que "los trabajadores tendrán derecho a un aguinaldo anual que estará comprendido en el Presupuesto de Egresos, el cual deberá pagarse en un 50% antes del 15 de diciembre y el otro...

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