Niegan ajustar pensiones militares

AutorVíctor Fuentes

MÉXICO.- Las pensiones de los militares retirados no pueden ser calculadas con base en compensaciones adicionales, bonos o sobresueldos, sino únicamente a partir de la paga ordinaria, resolvió la Suprema Corte de Justicia.

Por cuatro votos contra uno, la Primera Sala de la Corte estableció que los militares en retiro no pueden aspirar a que sus jubilaciones -conocidas como "haberes de retiro"- sean calculadas con métodos similares a los de funcionarios civiles, pues su forma de relación con el Estado es distinta.

"Los militares tienen una relación de naturaleza administrativa con la institución en la que prestan sus servicios, lo cual encuentra sustento en el hecho de que las Fuerzas Armadas en nuestro país son garantes de las instituciones legalmente constituidas, defensoras de la soberanía nacional y coadyuvantes en la resolución de problemas de la población civil", argumentó en una tesis aprobada el 9 de agosto.

"De ahí que su control requiera de una rígida disciplina jerárquica de carácter administrativo, mientras los demás servidores públicos tienen una relación laboral".

Raymundo Morales Jacinto, el militar que promovió un amparo sobre el tema, consideró que hay discriminación en su contra porque otros burócratas -en...

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