Municiones Políticas/ Historias de los informes

AutorIsabel Oliver P.

El artículo 69 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece que el presidente de la República asistirá a la apertura de sesiones ordinarias del primer periodo del Congreso y presentará un informe por escrito en el que manifieste el estado general de la administración pública del país.

El primer antecedente del artículo 69 vigente data de los artículos 121 y 123 de la Constitución Política de la Monarquía Española, jurada por las Cortes de Cádiz el 19 de marzo de 1812, que tuvo vigencia temporal en la Nueva España. Establecía la obligación del monarca de asistir a la apertura y clausura de las Cortes y disponía que el rey pronunciara un discurso con propuestas sobre lo que juzgara necesario, que debía ser respondido por el presidente de las Cortes en términos muy generales.

Entre las normas contenidas en el Decreto Constitucional para la Libertad de la América Mexicana, que fue expedido en Apatzingán el 22 de octubre de 1814, se establecían -en el artículo 74- las obligaciones del Supremo Gobierno. Una de ellas consistía en presentar al Congreso, cada seis meses, un informe breve de los ingresos, inversiones y sobre la existencia -o la falta- de caudales públicos.

La Constitución Federal de los Estados Unidos Mexicanos del 4 de octubre de 1824, ordenaba en sus artículos 67 y 68 que el Presidente de la Federación asistiría a la apertura de sesiones del Congreso General, momento en el que debía pronunciar un discurso que reflejara la importancia del acto. Su discurso sería respondido por el presidente del Congreso.

El proyecto de reformas a las leyes constitucionales de 1836, que data de julio de 1840, ordenaba que el Presidente de la República estaría presente en la apertura y clausura de cada periodo de sesiones.

El 1o. de enero de 1825, el presidente Guadalupe Victoria ofrece el primer Informe Presidencial en la apertura de sesiones ordinarias del Congreso General. Los primeros mensajes que rindieron los gobernantes del México independiente, al inaugurar los periodos de sesiones del Congreso, fueron declaraciones de carácter general, en las que sólo excepcionalmente se hacían referencias a problemas particulares del país. Más que Informes de Gobierno, eran proclamas con contenidos casi exclusivamente políticos o militares.

En octubre de 1835 la Constitución de 1824 fue abrogada y sustituida por las Leyes Constitucionales, un sistema centralista que mantuvo la Cámara Alta, pero la convirtió en un organismo...

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