Acuerdo relativo al cambio de uso de suelo de protección agrícola de temporal y protección ecológica de usos múltiples a habitacional con densidad de 300 habitantes por hectárea, para la fracción primera del predio rústico conocido como Ex Hacienda de la Tinaja, Municipio de Corregidora, Qro., con superficie de 133-00-00.00 hectáreas.

Pág. 13154 PERIÓDICO OFICIAL 9 de diciembre de 2011
GOBIERNO MUNICIPAL
El suscrito Ciudadano Lic. Edgar Gustavo Zepeda Ruiz, Secretario del Ayuntamiento de Corregidora, Qro.,
en uso de las facultades que me confieren los artículos 47 fracción IV de la Ley Orgánica Municipal del Estado
de Querétaro y 27 fracción XII del Reglamento Interior del Ayuntamiento de Corregidora, Qro., hago constar y
C E R T I F I C O
Que en Sesión Ordinaria de Cabildo de fecha 13 (trece) de octubre de 2011 (dos mil once), el H.
Ayuntamiento de Corregidora, Qro., aprobó el Acuerdo relativo al cambio de uso de suelo de protección
agrícola de temporal y protección ecológica de usos múltiples a habitacional con densidad de 300
habitantes por hectárea, para la fracción primera del predio rústico conocido como Ex Hacienda de la
Tinaja, Municipio de Corregidora, Qro., con superficie de 133-00-00.00 hectáreas, el cual se transcribe
textualmente a continuación:
H. Ayuntamiento de Corregidora, Qro.:
Con fundamento en los artículos 115, fracción V de la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos; 35 de la Constitución Política del Estado de Querétaro; 6, 9, fracción II, III, X, XV, y 15 de la
Ley General de Asentamientos Humanos; 1º, 13, 14 fracciones II y III, 16, fracciones I, XII, XIII y XIX, 17,
82, 83, 109, 111, 112, 113, 114, 119, 137, 138, 139, 143, 147, 154, fracción III, 155 del Código Urbano para
el Estado de Querétaro; 30, fracción II incisos d) y f), 38, fracción VIII, 121 y 122 de la Ley Orgánica
Municipal del Estado de Querétaro; 15 fracción XVII y 34, punto 1 fracción VIII del Reglamento Interior
del Ayuntamiento de Corregidora, Qro., corresponde al Ayuntamiento resolver el Acuerdo relativo al
cambio de uso de suelo de protección agrícola de temporal y protección ecológica de usos múltiples a
habitacional con densidad de 300 habitantes por hectárea, para la fracción primera del predio rústico
conocido como Ex Hacienda de la Tinaja, Municipio de Corregidora, Qro., con superficie de 133-00-00.00
hectáreas, y;
C O N S I D E R A N D O
1. Que de conformidad con lo dispuesto por el artículo 115, fracción V de la Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos; 6, 9, fracción II, III, X, XV, y 15 de la Ley General de Asentamientos
Humanos; 35 de la Constitución Política del Estado de Querétaro; y 30, fracción II de la Ley Orgánica
Municipal del Estado de Querétaro, los Municipios, en los términos de las leyes federales y estatales
relativas, estarán facultados para formular, aprobar y administrar la zonificación y planes de desarrollo
urbano municipal; autorizar, controlar y vigilar la utilización del suelo, en el ámbito de su competencia,
en sus jurisdicciones territoriales; así como otorgar licencias y permisos para construcciones.
2. Que de conformidad con lo dispuesto, por el Artículo 17, fracción II del Código Urbano para el Estado
de Querétaro, los Ayuntamientos tienen la facultad de controlar y vigilar la utilización del suelo en sus
jurisdicciones territoriales de acuerdo a los planes y programas de desarrollo urbano Municipal,
declaratorias de uso, destino y reservas territoriales debidamente aprobados, publicados e inscritos en
el Registro Público de la Propiedad que corresponda, así como otras leyes o reglamentos aplicables.
3. Que en fecha 16 de mayo de 2011, se recibió en la Secretaría del Ayuntamiento escrito firmado por el
C. Carlos Mier Salazar, apoderado legal de las C. Floranelia Salazar Ojeda, C. María Alejandra
Figueroa Martínez y el C. Gustavo Figueroa Sandoval, mediante el cual solicita someter a la aprobación
del Ayuntamiento de Corregidora, Qro., el cambio de uso de suelo de protección agrícola de temporal a
habitacional con densidad de H 4.5 con casas dúplex y condominios, respecto del predio ubicado en el
km. 11.2 de la Carretera Corregidora a Coroneo, con una superficie de 153 hectáreas.

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