Aviso por el que se da a conocer las Reglas de Operación del Programa de Estímulos para el Bachillerato Universal 'Prepa Sí' Ciclo Escolar 2013-2014

FIDEICOMISO EDUCACIÓN GARANTIZADA DEL DISTRITO FEDERAL

LUIS MENESES MURILLO, DIRECTOR GENERAL DEL FIDEICOMISO PÚBLICO DENOMINADO EDUCACIÓN GARANTIZADA DEL DISTRITO FEDERAL, con fundamento en los Artículos , , , 33° y 120 fracción III de la Ley de Educación del Distrito Federal; Artículos 2°, 3° fracción IX, 6°, 43, 44, 47, 53, 54 fracción I, 61, 67, y 71 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; Artículos 32, 33, 34 y 38 de la Ley de Desarrollo Social del Distrito Federal; Artículos 50 y 51 de su Reglamento; Contrato del Fideicomiso No. 2152-6 de fecha 21 de junio de 2007, Convenio Modificatorio al Contrato del Fideicomiso de fecha 21 de diciembre del año 2007; Segundo Convenio Modificatorio al Contrato del Fideicomiso aprobado el 5 de noviembre de 2008; Tercer Convenio Modificatorio al Contrato del Fideicomiso aprobado el 27 de octubre de 2010; Cuarto Convenio Modificatorio al Contrato del Fideicomiso aprobado el 11 de julio de 2011 y en los Acuerdos SO/02/009/2009, tomado en la Segunda Sesión Ordinaria del Comité Técnico, celebrada el 21 de mayo de 2009; SO/02/010/11, tomado en la Segunda Sesión Ordinaria del Comité Técnico celebrada el 26 de mayo de 2011; SO/04/014/11, tomado en la Cuarta Sesión Ordinaria del Comité Técnico celebrada el 15 de diciembre de 2011; SE/04/003/12, tomado en la Cuarta Sesión Extraordinaria del Comité Técnico celebrada el 12 de julio de 2012; SE/01/009/13, tomado en la Primera Sesión Extraordinaria del Comité Técnico celebrada 30 de enero de 2013 y SO/02/015/13, tomado en la Segunda Sesión Ordinaria del Comité Técnico celebrada el 27 de junio de 2013 y demás disposiciones legales aplicables.

CONSIDERANDO

Que conforme a la Ley de Educación, "Todos los habitantes del Distrito Federal tienen el derecho inalienable e imprescriptible a las mismas oportunidades de acceso y permanencia en los servicios educativos en todos los tipos, niveles y modalidades que preste el Gobierno del Distrito Federal, al que corresponde garantizarlo con equidad e igualdad; considerando las diferencias sociales, económicas o de otra índole de los distintos grupos y sectores de la población, en correspondencia con sus particulares necesidades y carencias y sin más limitaciones que la satisfacción de los requerimientos establecidos por las disposiciones legales respectivas".

Que dentro de los ejes rectores del Programa General de Desarrollo del Distrito Federal, está el de proveer en esta Entidad Federativa, con equidad e igualdad el derecho de educación en todos sus niveles y tipos y con ello garantizar que estudiantes que cursan el nivel de educación media superior, consideren a la escuela como un espacio social, donde se transmiten y se generan conocimientos y con ello participen en el proceso de enseñanza aprendizaje con factores que contribuyan a un mejor nivel educativo.

Que la deserción en la educación es un factor que se incrementa día a día en nuestra sociedad y entre las causas que la generan en los alumnos que cursan el nivel de estudios medio superior y superior se encuentra la falta de recursos económicos, provocando con ello que los adolescentes estén excluidos de la educación y el trabajo en una sociedad que se transforma a pasos agigantados.

Que para evitar el rezago educativo en el nivel de estudios superior se ha previsto extender el apoyo económico al primer año de estudios superiores, a través de Universitarios, Prepa Sí, que se otorga mediante el Programa de Estímulos para el Bachillerato Universal, a los estudiantes egresados del Bachillerato que pertenecieron al "Programa" y que se encuentran inscritos en el primer año en escuelas públicas del nivel superior dentro del Distrito Federal para proporcionar los insumos necesarios y garantizar con ello la continuidad escolar.

Que por lo anterior, el Fideicomiso Público denominado "Educación Garantizada del Distrito Federal" establece las Reglas de Operación para el:

AVISO POR EL QUE SE DA A CONOCER LAS REGLAS DE OPERACIÓN DEL PROGRAMA DE ESTÍMULOS PARA EL BACHILLERATO UNIVERSAL "PREPA SÍ" CICLO ESCOLAR 2013- 2014.

I. ENTIDAD RESPONSABLE DEL PROGRAMA.

Fideicomiso Público, denominado "Educación Garantizada del Distrito Federal", a través de la Coordinación Ejecutiva del Programa de Estímulos para el Bachillerato Universal (PREBU).

II. OBJETIVOS Y ALCANCES

a) Objetivo General:

Operar un sistema de estímulos económicos para contribuir a que las y los estudiantes que cursan el bachillerato en instituciones públicas en cualquiera de sus modalidades, ubicadas en el Distrito Federal, no tengan que abandonar sus estudios por falta de recursos económicos, y hacer extensivo el apoyo por un año escolar más a los beneficiarios del programa que hayan egresado del bachillerato y se encuentren inscritos en el primer año en instituciones de educación superior públicas en el Distrito Federal.

b) Objetivos Específicos:

f0b7 Brindar a los residentes del Distrito Federal, la oportunidad de estudiar y concluir satisfactoriamente el bachillerato en cualquiera de sus modalidades...

f0b7 Estimular con un apoyo económico mensual a los alumnos del nivel medio superior, para que no abandonen sus estudios por motivos económicos.

f0b7 Incentivar el desempeño académico de las y los estudiantes, mediante el otorgamiento de un estímulo económico, acorde con su promedio de calificaciones.

f0b7 Estimular con un apoyo económico mensual a los alumnos del primer año del nivel superior que hayan pertenecido al Programa, para que no abandonen sus estudios por motivos económicos.

f0b7 Contribuir a la disminución de la deserción escolar, estableciendo condiciones que permitan una mayor equidad educativa.

f0b7 .

f0b7 Promover entre los estudiantes su participación en actividades en comunidad, para contribuir a su pleno desarrollo y fortalecer su sentido de pertenencia e identidad con su entorno social.

f0b7 . Mejorar la calidad de vida de la población estudiantil. f0b7

c) Alcances

Otorgar hasta 200,000 estímulos mensuales a estudiantes del nivel medio superior y primer año del nivel superior (que hayan sido beneficiarios del Programa) que estudien en escuelas públicas en el Distrito Federal durante el ciclo escolar 2013-2014 y residan dentro de esta Entidad Federativa.

El beneficiario del nivel medio superior podrá permanecer en el Programa por un máximo de tres ciclos escolares (30 depósitos), de conformidad con su año de inscripción en el mismo y únicamente el primer año del nivel superior (10 depósitos).

III. METAS FÍSICAS.

Otorgar hasta 200,000 estímulos mensuales a estudiantes del nivel medio superior y primer año del nivel superior (que hayan sido beneficiarios del Programa) que estudien en escuelas públicas en el Distrito Federal durante el ciclo escolar 2013-2014 y residan dentro de esta Entidad Federativa, además de estímulos en especie y premios.

IV. PROGRAMACIÓN PRESUPUESTAL.

Capítulo 400 0 "Transferencias, asignaciones, subsidios y otras ayudas" $1,2072019000,000.00 destinado a la entrega de:

Hasta 200,000 estímulos económicos de forma mensual, equivalentes a $500, $600 y $700 pesos a cada beneficiario según su promedio de calificaciones, de uno a diez meses dependiendo de la fecha de conclusión del trámite de incorporación al Programa, así como a los beneficiarios del Programa egresados de bachillerato que se encuentren cursando por primera vez el primer año del nivel licenciatura en instituciones de educación superior públicas en el Distrito Federal.

Recursos destinados a la estructura organizacional necesaria para operar, coordinar, supervisar, controlar y evaluar la operación del Programa.

Donaciones, premios y/o ayudas en especie y/o económicas, las cuales se asignarán en función al desempeño académico y participación en actividades en comunidad de las y los beneficiarios, así como la participación en actividades culturales, artísticas, científicas y/o deportivas en cualquiera de sus expresiones y/o manifestaciones. Así mismo se promoverán descuentos en la adquisición de bienes y servicios que contribuyan a la economía de las y los beneficiarios y de sus familiares.

V. REQUISITOS Y PROCEDIMIENTOS DE ACCESO:

V.1. REQUISITOS DE NUEVO INGRESO ALUMNOS DE BACHILLERATO.

A. SISTEMA ESCOLARIZADO Y BACHILLERATO A DISTANCIA.

Llenar los formatos que se encuentran en la página web www.prepasi.df.gob.mx, de acuerdo con la convocatoria 2013-2014 y las presentes Reglas de Operación, para su presentación impresa en los Módulos de Prepa Sí, que serán dados a conocer en la página web antes citada:

f0b7 Solicitud de inscripción (F-1314-02), firmada por el estudiante.

f0b7 Declaratoria bajo protesta o exhorto de decir verdad de no contar con alguna beca escolar (F-1314-03), firmada por la o el estudiante.

f0b7 Carta compromiso actividades en comunidad (no prácticas profesionales) (F-1314-04), firmada por la o el estudiante y por el padre o tutor en caso de que aquél sea menor de edad, en la que exprese su voluntad de participar en actividades en comunidad, preferentemente en la zona donde resida o estudie, durante la vigencia del estímulo económico.

f0b7 Carta informativa sobre el seguro contra accidentes Va Seguro (F-1314-05) firmada por el estudiante y por el padre o tutor en caso de que el estudiante sea menor de edad.

f0b7 "Consentimiento de Seguro: Accidentes Personales Colectivo" que otorga la institución bancaria BANORTE, designando uno o dos beneficiarios (as) y los porcentajes a otorgarse por el seguro en caso de fallecimiento accidental de la o el estudiante, beneficiarios que deberán ser parientes directos y mayores de edad. Dicho documento deberá firmarse por el padre o tutor y por la o el propio estudiante en caso de que éste sea menor de edad.

Documentos complementarios que deberán ser presentados en copia y original para cotejo:

f0b7 Comprobante de...

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