Exposición de Motivos

18 de agosto de 2014
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Página 15
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TERCERO.
El titular de la Secretaría General de Gobierno a través de la Coordinación General de
Protección Civil, propondrá al titular del Ejecutivo del Estado de México las disposiciones reglamentarias
de esta Ley, en un plazo de sesenta días naturales contados a partir de su entrada en vigor.
CUARTO.
Los municipios del Estado de México, en un plazo de noventa días naturales contados a la
entrada en vigor del presente Decreto, realizarán las adecuaciones administrativas, presupuestales y
reglamentarias para el cumplimiento de la presente Ley.
QUINTO.
Se derogan las disposiciones de igual o menor jerarquía que se opongan a las contenidas en el
presente Decreto.
Dado en el Palacio del Poder Legislativo del Estado de México, en la ciudad de Toluca de Lerdo, capital
del Estado de México, a los quince días del mes de agosto de dos mil catorce.- Presidente.- Dip. Alfonso
Guillermo Bravo Álvarez Malo.- Secretarios.- Dip. Alberto Hernández Meneses.- Dip. María Teresa Garza
Martínez.- Rúbricas.
Por tanto, mando se publique, circule, observe y se le dé el debido cumplimiento.
Toluca de Lerdo, Méx., a 18 de agosto de 2014.
EL GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO DE MÉXICO
DR. ERUVIEL ÁVILA VILLEGAS
(RÚBRICA).
EL SECRETARIO GENERAL DE GOBIERNO
JOSÉ S. MANZUR QUIROGA
(RÚBRICA).
"2014. Año de los Tratados de Teoloyucan"
Toluca de Lerdo, México a 07 de agosto de 2014.
CC. DIPUTADOS SECRETARIOS
DE LA H. "LVIII" LEGISLATURA
DEL ESTADO DE MÉXICO
PRESENTES
En ejercicio de las facultades que me confieren los artículos 51, fracción I y 77, fracción V de la Constitución
Política del Estado Libre y Soberano de México, me permito someter a la consideración de esa H. Legislatura,
por el digno conducto de ustedes, la presente Iniciativa de Decreto por el que se expide la Ley de Eventos
Públicos del Estado de México, con sustento en la siguiente:

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