Exposición de Motivos

14
de mayo de 2014
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Por tanto, mando se publique, circule, observe y se le de el debido cumplimiento.
Toluca de Lerdo, Méx., a 14 de mayo de 2014.
EL GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO DE MÉXICO
DR, ERUVIEL ÁVILA VILLEGAS
(RÚBRICA).
EL SECRETARIO GENERAL DE GOBIERNO
MTRO. EFRÉN T. ROJAS DÁVILA
(RÚBRICA).
Toluca de Lerdo, México, a 8 de abril de 2014.
CC. DIPUTADOS SECRETARIOS
DE LA H. "LVIII" LEGISLATURA
DEL ESTADO DE MÉXICO
PRESENTES
En ejercicio de las facultades que me confieren los artículos 51, fracción 1 y 77, fracción V de la Constitución Política del Estado Libre y
Soberano de México, me permito someter a la consideración de esa H. Legislatura, por el digno conducto de ustedes, la presente
Iniciativa de Decreto por el que se reforman diversas disposiciones del Código Civil del Estado de México, con sustento en la siguiente:
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
Resulta prioritario para el Ejecutivo, promover las condiciones para el desarrollo integral de la población. elevar la calidad de vida y
fortalecer el estado de derecho, para atender los retos que la configuración social plantea; uno de los reclamos más sentidos de los
mexiquenses, es la implementación de acciones y políticas que garanticen la atención de las necesidades más preponderantes de la niñez.
Modernizar el marco jurídico implica la evaluación constante de los procedimientos del Gobierno del Estado, con el propósito de
consolidar los que contribuyen al cumplimiento de los objetivos institucionales y replantear aquellos que resultan insuficientes, para
atender con eficacia las necesidades de la población.
La misión de la presente administración es ser un gobierno democrático, que al amparo de los más altos valores éticos y el trabajo
corresponsable, impulse decididamente la participación social y ofrezca servicios de calidad en un marco de legalidad y justicia, que
garantice el estado de derecho, la integridad y el patrimonio de las personas, la paz social y la justicia.
La Constitución Politica de los Estados Unidos Mexicanos, sienta las bases fundamentales de la familia, protegiendo su organización y
desarrollo, partiendo del interés superior de la niñez, semilla del pueblo de México y esperanza del futuro exitoso que anhelamos.
El derecho civil es la rama del derecho privado que conforma un sistema jurídico concatenado en torno a la persona, el patrimonio y la
familia; las disposiciones del referido Código, regulan los derechos y obligaciones de orden privado concernientes a las personas y sus
bienes; dicha compilación legal, establece en su Libro Cuarto, lo relativo al Derecho Familiar,
Las disposiciones relativas a la familia, son de orden público e interés social y tienen por objeto proteger su organización y el desarrollo
integral de sus miembros, basados en el respeto a su dignidad, libertad y la equidad de género; cabe destacar que las relaciones jurídicas
familiares constituyen el conjunto de deberes, derechos y obligaciones de las personas integrantes del grupo familiar, derivado de lazos
de matrimonio, concubinato o parentesco.
En términos del Libro Cuarto del Código referido, el parentesco civil nace de la adopción y se equipara al consanguíneo; dicho
dispositivo normativo prevé los requisitos para adoptar, lo que implica que el mayor de veintiún años pueda adoptar a uno o más
menores o incapacitados, cuando acredite tener más de diez años que el adoptado, tener medios para prov
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Jer los alimentos del
adoptado, como hijo, que la adopción sea benéfica para la persona que se pretende adoptar, que el adoptante es la persona idónea para
adoptar, de conformidad con el certificado de idoneidad expedido por el Sistema para el Desarrollo Integral de lar amiba del Estado de
México, con base en los estudios médico, psicológico, socioeconómico y de trabajo social.

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